Otorga mayor liquidez a los autónomos

¿Por qué no funciona el IVA de caja?

El IVA de caja se implementó para tratar de solventar los problemas de liquidez de los autónomos que normalmente tardan en cobrar sus facturas. Sin embargo, las grandes empresas, cuyos proveedores son muchas veces autónomos, rechazan este sistema. Tan sólo un 1% de los pequeños negocios puede utilizar este procedimiento.

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¿Por qué no funciona el IVA de caja?

Sólo un 1% de autónomos y pequeños negocios se encuentra acogido al registro especial del IVA de Caja (RECC). Si bien se trata de un sistema que busca solventar los problemas de liquidez que genera en los trabajadores por cuenta propia el tener que adelantar el IVA de las facturas no cobradas, esta medida no ha cumplido las expectativas que tenía cuando se implantó. En síntesis, la diferencia del sistema de devengo y el de caja es que, en el primero, el autónomo debe abonarle trimestralmente a Hacienda el impuesto de cada factura que emita pese a no haber cobrado su importe. Es decir, adelanta el IVA al Fisco de las facturas no cobradas. Con el criterio de caja, el autónomo no ingresa el impuesto hasta no haber cobrado la factura, algo que obviamente es mucho más beneficioso y otorga mayor liquidez a los negocios.

Desde hace tiempo, las asociaciones de trabajadores autónomos venían demandado al Gobierno modificar el régimen especial del IVA para que pasara del sistema de devengo al de caja. El Partido Popular impulsó este cambio mediante algunas regulaciones normativas en el 2014 pero no fueron suficientes y el Gobierno actual aseguró que valoraría aquellos cambios para implantar verdaderamente el sistema de IVA de caja para los autónomos aunque, a día de hoy, siguen sin vislumbrarse modificaciones en esta regulación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

“Prácticamente ningún autónomo ni pequeño negocio hace uso de esta modalidad para regular el IVA ya que no les sale rentable. Lo que parecía la panacea para el colectivo, ha resultado ser una medida contraproducente y complicada para el mismo”, explicó Luis del Amo, secretario técnico del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF).

Este sistema presenta muchos problemas para los trabajadores por cuenta propia. Entre ellos, el más importante es que, si un trabajador por cuenta propia se acoge al régimen del IVA de caja, sus clientes también deben acogerse. Por tanto “el fracaso de la medida se debe a que la aplicación del criterio de caja no afecta únicamente a los autónomos que se hayan acogido a él voluntariamente, sino también a sus clientes o a cualquier sujeto pasivo que sea destinatario de sus operaciones”, señaló del Amo.

Las grandes empresas rechazan el IVA de caja

Las grandes empresas y los clientes con un importante poder adquisitivo “no aceptan hacer contratos bajo el IVA de caja, porque rompe con su sistema de financiación”, señaló del Amo. Éste es, sin duda, el mayor de los motivos por los que esta medida no ha dado las soluciones esperadas entre el colectivo de trabajadores por cuenta propia.

Para las empresas, hacer negocios con un autónomo o pyme que esté acogido a este régimen de regulación especial de IVA, supone “demasiadas complejidades” en sus trámites y en su financiación. La entidad no podrá deducirse el impuesto de las facturas hasta que no hayan realizado el pago o hasta el 31 de diciembre del año inmediatamente posterior al de la factura. Por ello, “en la inmensa mayoría de los casos, las empresas rechazan esta medida y el autónomo acaba perdiendo esa operación”, explicó el secretario técnico de REAF.

“Los pequeños negocios que tengan clientes grandes, deben saber que éstos no van a estar de acuerdo en asumir el IVA de caja debido a las contraindicaciones que les genera. Preferirán trabajar con otro negocio que regule el devengo del IVA de forma convencional”, advirtió Luis del Amo.

Esta circunstancia genera un aumento de la competitividad en el colectivo de trabajadores por cuenta propia. De tal manera que aquellos que se acojan al criterio de caja, saldrán perjudicados frente a los que continúen con el devengo normal del IVA, ya que muchas empresas preferirán contratar a proveedores que no estén acogidos a ese régimen especial y poder deducirse así el IVA soportado desde el primer momento.

De hecho, en el momento en que algunos trabajadores pusieron en marcha esta medida para sus negocios, algunas multinacionales y grandes empresas enviaron cartas a autónomos y pymes que trabajan para ellos instándoles a que no  se acogieran a este régimen especial del IVA.

“Las empresas se muestran reticentes a utilizar un sistema alternativo como la caja. Supone complicaciones para las entidades, lo que se traduce en que casi ninguna utiliza este sistema ni les gusta que un pequeño negocio les involucre en él", aseguró del Amo.

El IVA de caja complica la burocracia

Por otro lado, implementar le régimen del IVA de caja en un negocio también supone alguna que otra complicación en la burocracia. "La aplicación de este sistema resta eficiencia al autónomo o pequeño negocio, ya que es necesario implantar un nuevo criterio fiscal y contable mucho más complejo y difícil de gestionar", explicó el secretario general de REAF.

Las declaraciones de IVA pasan a realizarse en función del cobro  y pago de las facturas. Por ello, en los libros registros, -tanto de facturas emitidas como de facturas recibidas-, se deben añadir nuevos campos que incorporen la fecha y medio de cobro. Lo requiere automáticamente la necesidad de adaptar los programas contables para contemplar dichas peculiaridades, de tal manera que la Administración tenga acceso a todas las fechas y movimientos al realizar la comprobación

"Con el régimen convencional todo iba en consonancia con la factura, sin embargo, con el IVA de caja hay que pasar a un segundo escalón. que es ver cuando se cobra y cuando se paga. Para el gestor y la Administración conlleva más tiempo de comprobación, puesto que ya no son solo las facturas, sino ver cuando se produce todo", señaló del Amo.

Además, en la emisión de las facturas, se debe realizar la especial mención al RECC para que el destinatario pueda identificar, sin problema alguno, que dicha operación está realizada bajo el régimen especial.

Requisitos para acogerse al IVA de caja

Esta modalidad del IVA de caja requiere el cumplimiento de ciertos requisitos para poder implementarse en un negocio. Primeramente, y como requisito fundamental, sólo lo pueden aplicar o acogerse al régimen contribuyentes con volumen de operaciones que no superen los dos millones de euros. Además, en una factura, un mismo cliente no podrá superar los 100.000 euros. Para el cálculo de la facturación anual se establecen estas indicaciones:

  • Si se han iniciado actividades empresariales o profesionales en el año natural anterior, el importe del volumen de operaciones deberá elevarse al año.
  • Si no se hubieran iniciado la realización de actividades empresariales o profesionales en el año natural anterior, se podrá aplicar este régimen especial en el año natural en curso.

Por otra parte, al ser una regulación destinada en exclusiva a trabajadores autónomos y pequeñas y medianas empresas, ciertos sectores quedan fuera de esta medida. "Aquellos que se registren por módulos no pueden aplicarlo, porque ingresan unas cantidades fijas. Tampoco los autónomos del régimen especial de agricultura ganadería y pesca, ni los que se dedican a la exportación", concluyó el secretario técnico de la REAF.