Algunos la consideran un valor refugio

¿Los Bitcoin son una alternativa de inversión para los autónomos?

Criptomonedas como el Bitcoin se han convertido en una apuesta e incluso en un valor refugio para algunos que han decidido invertir ahí su dinero. ¿Pero es una opción para un autónomo?
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¿Los Bitcoin son una alternativa de inversión para los autónomos?

Aunque muchos ponen de relieve el enorme riesgo que supone salirse de los parámetros normales de inversión también es cierto que, para otros, los productos financieros tradicionales no son una alernativa en un contexto de inestabilidad económica. Éste puede ser el caso del Bitcoin o las criptomonedas, el nuevo valor que se está convirtiendo en un refugio virtual para aquellos que buscan altas rentabilidades y no confían en el dinero corriente. Un negocio en auge que se ha disparado en los últimos meses gracias al apoyo de inversiones institucionales y la apuesta de grandes organizaciones como Paypal, Mastercard y BBVA, las cuales ya permiten a sus clientes operar con este tipo de divisas.  

La criptomoneda es dinero virtual que usa la criptografía como medio de control. Pueden ser operadas e intercambiadas por otra moneda tradicional y sirven para hacer todo tipo de transacciones comerciales, al igual que cualquier otro tipo de divisa. De hecho, en España, están autorizadas como medio de pago legal desde el año 2015.

La acción de invertir en criptomonedas implica una serie de riesgos financieros, al igual que cualquier inversión en bolsa, inmuebles o negocios. Pero, también supone la obtención de una rentabilidad, por lo que muchos grandes inversores han visto en el Bitcoin una nueva forma de inversión con la que aumentar sus recursos exponencialmente. Según la mayoría de los expertos en criptomonedas, éstas van continuar con su senda al alza y, probablemente, cada Bitcoin supere el techo de los 100.000 dólares en el año 2024.

Sin embargo, Antonio Pedraza, presidente de la Comisión Financiera del Consejo General de Economistas, cree que "muchos inversores pueden estar enfrentándose a una estafa piramidal. De todas formas, las criptomonedas, en especial el Bitcoin, ha llegado para quedarse". Pedraza afirmó que existen más de 7.000 tipos de criptomonedas en la actualidad, pero corren el riesgos de enfrentarse a una alta volatilidad de un mercado no regulado. Aún así, afirmó el experto, "operar con Bitcoin es totalmente legal, se puede cobrar y cambiar inmediatamente". 

Según datos de ING, España ya es el tercer país del mundo en número de inversores en estos activos, sólo por detrás de Turquía y Rumanía. En estos momentos, cuatro millones de  españoles participan de este mercado que sigue en auge y que espera seguir creciendo. Muchos de ellos han empezado a invertir en criptomonedas en los últimos meses, debido a la fuerte subida de algunas que han llegado a dispararse más del 1.000%. El Bitcoin, la criptomoneda más conocida, es un claro ejemplo de ello: de los 4.000 dólares a los que cotizaba hace un año, ha pasado a costar 61.000. Otros criptoactivos como ethereum, ripple o dogecoin también experimentaron buenos rendimientos, aunque no son tan notables como los del bitcoin, al cual podíamos definir como el oro de Internet.

A pesar de la popularidad de las criptomonedas, todavía no existe una legislación específica en España, aunque la Unión Europea ya está trabajando en ella. Respecto a su regulación tributaria, tampoco se ha avanzado mucho. Los expertos en la materia aseguran que el mercado de las criptomonedas está en continuo cambio, de ahí que no exista aún una regulación específica por parte de los gobiernos. Asimismo, los expertos consideran que este desconocimiento ha llevado a la Agencia Tributaria a aplicar la "regla general" para estas inversiones. 

¿Resulta rentable para un autónomo admitir Bitcoin como medio de pago?

Son pocos los casos en los que pequeños negocios y autónomos usen criptomonedas de manera exclusiva para cobrar a sus clientes. La rentabilidad de operar o cobrar con criptomonedas cómo el Bitcoin divide a los expertos ante la escasa legislación que existe en Europa. "Su rentabilidad está expuesta a plusvalías y minusvalías" aseguró Antonio Pedraza. Su volatilidad es semejante a la de la bolsa, "incluso más peligrosa", eso hace que el autónomo que mantenga en existencias la criptomoneda cobrada pueda perder parte de su valor. "Lo recomendable es cambiar la criptomoneda por dinero de curso legal en el momento del cobro", sugirió Pedraza. Asimismo, "tener que cobrar en Bitcoin significa tener una logística determinada  y que puede dar más de un quebradero de cabeza al autónomo", afirmó el experto. Gracias al sistema de exchange o monedero de las criptomonedas el autónomo puede transformar el dinero virtual que perciba en la divisa que más le interese. 

Hacienda y las criptomonedas

Quizás las dudas más comunes surgen cuando el autónomo debe pagar sus impuestos. De cara a la campaña de la declaración de la Renta de 2021,  hay que declarar los beneficios derivados de las transmisiones de criptomonedas que se adquieren como inversión, no dentro de una actividad económica, y que tributan en el IRPF como cualquier otra ganancia patrimonial.

Por otro lado, la posesión de criptomonedas, como cualquier otro activo, está sujeta al Impuesto sobre el Patrimonio, debiendo declararse junto con el resto de los bienes. La posesión de monedas virtuales y las rentas derivadas de su transmisión siempre han estado sujetas al Impuesto de Patrimonio y al IRPF como cualquier otro activo y tendrán que declararse siempre, siguiendo el régimen general de los impuestos.

El objetivo de la AEAT para 2021 en relación con los criptoactivos es potenciar la cooperación internacional para obtener mayor información sobre las operaciones con criptomonedas y otros activos virtuales. A partir de 2021 se incrementará la información que Hacienda reciba sobre los criptoactivos, ya que está previsto que la Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, actualmente en tramitación parlamentaria. Esta medida incluye la obligación de quienes proporcionen servicios de salvaguarda de claves criptográficas y de cambio de criptomonedas de informar acerca de los saldos que mantienen los titulares de monedas virtuales, así como de las operaciones sobre monedas virtuales (adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos) en las que intervengan. Además, esta norma incluye la obligación de informar, por quienes operen con monedas virtuales situadas en el extranjero, de las mismas en el modelo 720.