Ahora es posible abandonar el sistema temporalmente

¿Cómo se puede pasar del régimen de módulos al de estimación directa?

El Gobierno aprobó en el último consejo de ministros una medida para permitir que los autónomos que tributen por módulos abandonen el sistema temporalmente para pagar no pagar impuestos de más. Los que así lo deseen podrán dejar el régimen antes del 20 de mayo y volver si quieren en 2021. Éste es el procedimiento.

¿Cómo se puede pasar del régimen de módulos al de estimación directa?

El Gobierno  aprobó en el último consejo de ministros un paquete con 30 medidas económicas para encarar la nueva fase de desescalada en la que se va a embarcar España en los próximos días. Entre ellas, destacaba un conjunto de medidas fiscales dirigidas a "alinear los impuestos con la situación económica real a la que se enfrentan las empresas y, especialmente, los autónomos y pymes", tal y como anunció la vicepresidenta de asuntos económicos Nadia Calviño en su comparecencia ante los medios.  

Este conjunto de medidas en materia tributaria trajo varias novedades para los autónomos y especialmente importantes para aquellos que tributan por el sistema de módulos. A éstos se les permitirá pasar a estimación directa, si así lo desearan, para evitar que sigan pagando los mismos impuestos que antes, a pesar de haber sufrido pérdidas, o incluso tener su actividad suspendida. 

Esta medida afecta a los 400.000 autónomos que tributan por este sistema que, de lo contrario, tendrían que tributar en función de una cantidad fija estipulada en relación a parámetros como los metros cuadrados de su local y no a los ingresos que tienen que, en estos momento, son muy reducido o nulos. Por eso y desde la semana pasada, los autónomos en módulos podrán optar a dos posibilidades: o bien quedarse en el sistema de estimación objetiva y que no se los cobre los impuestos de los días que estuvieron sin actividad por el Estado de Alarma, o bien renunciar al sistema durante el año 2020 y poder volver a tributar por este sistema en 2021. .

Según la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), “es una buena medida que puedan salir de este sistema temporalmente porque  les está penalizando ya que no tienen actividad y el sistema de tributación por estimación objetiva marca una cantidad fija en IVA e IRPF, independientemente de si tienes ingresos o no los tienes”, aseguró Lorenzo Amor, presidente de ATA.

A todos los autónomos a los que les interese acogerse a esta medida, podrán hacerlo siguiendo unos sencillos pasos en sus declaraciones de impuestos cuyo plazo se ha alargado hasta el próximo 20 de mayo.

Procedimiento para renunciar al sistema de módulos

Según los asesores fiscales de Consulting Empresarial Ríos Rosas, los contribuyentes del IRPF que desarrollen actividades económicas basadas en el cálculo del método de estimación objetiva, para la presentación del primer pago del trimestre de este año, podrán renunciar al sistema y volver al método de estimación objetiva en el ejercicio 2021, siempre y cuando:

  • Cumplan los requisitos para su aplicación
  • Revoquen la renuncia al método de estimación objetiva en diciembre de 2020
  • Presenten en plazo la declaración según el método de estimación objetiva en el primer trimestre de 2021

Así lo prevé el artículo 33 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, donde se regula la renuncia al método de estimación objetiva. En concreto, el apartado 1 de esta norma dispone que "también se entenderá efectuada la renuncia al método de estimación objetiva cuando se presente en el plazo reglamentario la declaración correspondiente al pago fraccionado del primer trimestre del año natural en que deba surtir efectos en la forma dispuesta para el método de estimación directa”.

Es decir, se entenderá que el autónomo renuncia al sistema de módulos si el próximo 20 de mayo presenta el modelo de pago fraccionado del IRPF en estimación directa (modelo 130), y no el modelo 131 por el que tributan los autónomos en estimación objetiva. De esta forma, renuncia de forma expresa y automática a tributar por módulos.

En cualquier caso, este traspaso es temporal y el autónomo podrá volver al sistema de estimación objetiva en 2021. Simplemente habrá que revocar la renuncia al sistema de estimación objetiva en el mes de diciembre. Sin embargo, si por el motivo que sea, le interesa continuar en el sistema de estimación directa, se podrá seguir en él sin problema. Eso sí," hay que ser conscientes de que la presentación de este nuevo modelo lleva aparejado una gestión diferente a la que podríamos no estar acostumbrados, ya que cambia hasta la forma de presentar el IVA" explicaron desde la consultoría.

Además de esto, y antes de tomar una decisión, el autónomo debe tener en cuenta que el Real decreto aprobado por el Gobierno prevé una segunda opción, diferente a la renuncia, que podría interesarle en el caso de que conserve ciertos niveles de facturación. 

En el Real Decreto del 15/2020, se aprobaron dos medidas para favorecer que los autónomos declaren sobre los ingresos realmente obtenidos. Una es la renuncia al sistema y otra es la posibilidad de permanecer y que se tengan en cuenta en el cálculo de IVA tan sólo los días trabajados y no se computen los días del Estado de Alarma.

Si bien siempre se ha podido pasar de un sistema a otro, hasta ahora, cuando se producía el cambio de módulos a estimación directa, los contribuyentes tenían que permanecer en él tres años antes de volver al régimen previo.

Diferencias entre módulos y estimación directa

Desde la gestoría Infoautónomos, recordaron que la tributación por este régimen objetivo está condicionada por el volumen de rendimiento netos en el año anterior que no debe superar los 250.000 euros para el conjunto de actividades económicas, agrícolas, ganaderas y forestales, con independencia de la obligación de expedir factura. Además, las operaciones en las que exista obligación de expedir factura cuando el destinatario sea empresario o profesional, no podrán superar 125.000 euros.

Pero, ¿cuál es la diferencia del sistema de módulos respecto al sistema de estimación directa? Generalmente radica en que los llamados datos-base del ejercicio en el modelo 131 de pagos anticipados marcarán el resultado de la declaración. Estos datos-base atienden a aspectos como por ejemplo, cuántos metros de local tienes, cuánta electricidad contratada, personal asalariado, número de vehículos…y en base a esa información vertida se calculará tu rendimiento.

Además, existe un porcentaje aplicable para acordar la cantidad del pago fraccionado según los trabajadores que tengas a tu cargo. Con carácter general se aplica el 4%, si no tienes a ningún asalariado aplica el 2% y si tienes a uno el 3%. De todo ello se deduce que mediante el sistema de módulos, el trabajador autónomo no declara en función de sus ingresos reales sino de unos estándares establecidos, con independencia de si ha ganado más o menos. Y es precisamente en esto último donde está el quid de la cuestión. La medida del Gobierno que permite renunciar a los módulos y tributar por estimación directa supone un ajuste de la fiscalidad del autónomo en módulos a la actual coyuntura económica.