El plazo para unirse a la macrodemanda contra el cártel de fabricantes termina el 31 de octubre

Los autónomos que compraron furgonetas y coches entre 2006 y 2013 pueden reclamar indemnizaciones

Los autónomos que compraron una furgoneta o un coche entre 2006 y 2013 tienen hasta el 31 de octubre para reclamar una indemnización por los sobreprecios que pagaron en aquel momento. FENADISMER ha abierto una macrodemanda contra los fabricantes a la que pueden unirse gratuitamente.
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Los autónomos que compraron furgonetas y coches entre 2006 y 2013 pueden reclamar indemnizaciones
Los autónomos que compraron furgonetas y coches entre 2006 y 2013 pueden reclamar indemnizaciones

Los autónomos del transporte o cualquier otro sector que adquirieron un vehículo entre 2006 y 2013 podrían tener derecho a una indemnización de cientos o incluso miles de euros. Los trabajadores por cuenta propia que se vieron afectados por el cartel de furgonetas, turismos y derivados pueden unirse hasta el 31 de octubre de manera gratuita a una macroreclamación promovida por la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (FENADISMER).

La organización representativa del sector del transporte ha abierto una fase para que todos los autónomos -así como sus familiares y allegados- que compraron alguna de las casi 25 marcas de vehículos involucradas en el cartel de furgonetas y turismos hace más de una década puedan unirse a una reclamación judicial y solicitar una indemnización por el sobrecoste que asumieron en la compra de su vehículo.

Los autónomos que adquirieran entre 2006 y 2013 un vehículo o varios para su flota de casi cualquier marca -Citöen, Ford, Fiat, Alfa Romeo o Renault, entre otras muchas- tienen este mes para unirse a la nueva reclamación judicial que va a plantear FENADISMER en noviembre y solicitar una indemnización por el sobrecoste que pagaron en la compra, que podría ser de casi un 20% del precio al que adquirieron su coche o furgoneta en esos años.

Más de ocho millones de vehículos sufrieron sobrecostes de casi un 20% del precio

Las primeras sentencias del Tribunal Supremo sobre reclamación de indemnizaciones del cártel de furgonetas, turismos y derivados han establecido que los sobrecostes que asumieron los compradores serían de entorno a un 20%. Según estas resoluciones del Alto Tribunal contra 23 marcas de automóviles, el sobrecoste que habrían soportado los compradores sería de un 18% del valor del vehículo más los correspondientes intereses.

Según estima FENADISMER, el número de furgonetas y derivados de turismos afectados por el cártel durante los ocho años de actuación concertada por parte de los fabricantes y concesionarios se situaría entorno a los 500.000 en toda España, a los que habría que sumar los más de 8 millones de turismos también afectados.

Esto significa que habría miles de autónomos y pequeños negocios que entre 2006 y 2013 pudieron adquirir uno o varios vehículos para su actividad y podrían reclamar una indemnización por ese casi 20% de sobrecoste que soportaron en la compra de su coche o furgoneta. 

Según FENADISMER, la incorporación de las empresas, autónomos o particulares afectados al procedimiento de reclamación judicial que promueve la patronal del transporte, a través de sus organizaciones territoriales, es totalmente gratuita y abierta a todos los afectados. La Justicia española y europea amplió los plazos de reclamación, lo que permite a todos los negocios y demás compradores adherirse a la reclamación antes del próximo 31 de octubre como fecha límite.

De hecho, según apuntó la organización, estarían a tiempo de reclamar incluso los autónomos o particulares que no interrumpieron en su momento el plazo de prescripción.

¿Qué autónomos pueden reclamar una indemnización por el cartel de coches y furgonetas?

Según explicaron desde la organización representativa del sector, podrán reclamar los compradores tanto de furgonetas como de coches y derivados de turismos, adquiridos en propiedad o por leasing entre los años 2006 y 2013 de "la práctica totalidad de las marcas que venden vehículos en nuestro país".

El vehículo debe haberse adquirido en un concesionario oficial, ya sea nuevo o Km.0, no siendo necesario que el vehículo siga en activo o bajo la titularidad del reclamante, lo importante es poseer los documentos justificativos de su adquisición y del vehículo.

A continuación, los autónomos pueden consultar las marcas y los períodos afectados por el cartel:

  • CITROEN: de febrero del 2006 a julio de 2013
  • FORD: de febrero de 2006 a julio de 2013
  • FIAT, ALFA ROMEO Y LANCIA: de febrero de 2006 a agosto de 2013
  • RENAULT: de febrero de 2006 a julio de 2013
  • VOLKSWAGEN: de octubre de 2008 a junio de 2013
  • SKODA: de octubre de 2008 a junio de 2013.
  • AUDI: de octubre de 2008 a junio de 2013 .
  • MERCEDES BENZ: de marzo de 2010 a febrero de 2011
  • PEUGEOT: de febrero de 2006 a julio de 2013
  • NISSAN: de junio de 2008 a agosto de 2013
  • SEAT: de febrero de 2006 a enero de 2013
  • BMW: de junio de 2008 a agosto de 2013
  • CHEVROLET: de febrero de 2006 a agosto de 2013
  • CHRYSLER, JEEP y DODGE: de abril de 2008 a agosto de 2013
  • OPEL: de febrero de 2006 a julio de 2013
  • HONDA: de abril del 2009 a agosto de 2013
  • HYUNDAI: de marzo de 2010 a agosto de 2013
  • KIA: de marzo de 2007 a noviembre del 2012
  • MAZDA: de marzo 2010 a febrero de 2012
  • PORSCHE: de junio de 2010 a agosto de 2013
  • TOYOTA Y LEXUS: de febrero de 2006 a agosto de 2013
  • VOLVO: de marzo de 2010 a agosto de 2013.
  • MITSUBISHI: de marzo de 2010 a agosto de 2013