Fechas y requisitos para pedir las subvenciones por el carburante

Hacienda anuncia los plazos para que los autónomos del transporte soliciten las nuevas ayudas directas

La Agencia Tributaria publicó en su sede electrónica el plazo y las condiciones que deberán cumplir los autónomos del transporte para acceder a las nuevas ayudas directas por el carburante.
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Hacienda anuncia los plazos para que los autónomos del transporte soliciten las nuevas ayudas directas
Hacienda anuncia los plazos para que los autónomos del transporte soliciten las nuevas ayudas directas

La Agencia Tributaria ya ha publicado en su sede electrónica el enlace en el que los autónomos del transporte por carretera, desde transportistas de mercancías hasta taxistas o VTC's podrán solicitar las nuevas ayudas directas por el aumento del precio del carburante. Estas subvenciones van dirigidas a los trabajadores por cuenta propia que pertenezcan al sector del transporte pero no estén acogidos a la devolución del gasóleo profesional.

El Gobierno amplió en julio en Consejo de Ministros varias ayudas para algunos sectores de autónomos que continúan viéndose afectados por la subida de los costes energéticos. Entre ellos, se encuentran tanto los autónomos del transporte que están acogidos a la devolución del Impuesto de Hidrocarburos -y que cobrarán la subvención junto a este pago- como los trabajadores por cuenta propia del mismo sector que están excluidos de dicha devolución del gasóleo profesional.

El Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania prorrogó hasta diciembre las subvenciones directas a los transportistas de mercancías, taxistas, VTCs o servicios de mudanzas. Ahora, la Agencia Tributaria ya ha publicado las condiciones específicas que deberán cumplir estos profesionales para percibir las ayudas, además del plazo en el que deberán solicitar la subvención en la sede de la AEAT.

Plazos y condiciones para solicitar las nuevas ayudas directas para autónomos del transporte

Según anunció la Agencia Tributaria a través del apartado de la sede electrónica que ha reservado para las ayudas directas a este colectivo, las nuevas subvenciones por el carburante para transportistas podrán solicitarse entre el 18 de septiembre y el 31 de octubre de 2023. Por lo tanto, dentro de tres semanas, el próximo lunes 18, se activará este enlace para que los autónomos formulen su solicitud si cumplen los requisitos.

La Agencia Tributaria adjuntó en este mismo apartado una nota donde también explica las condiciones que deberán cumplir los autónomos del transporte para acceder a las nuevas ayudas por la subida del carburante. Según la Administración, podrán ser beneficiarios de esta ayuda los  autónomos y sociedades con personalidad jurídica legalmente constituidas en España que, en fecha 30 de junio de 2023  cumplan los siguientes requisitos: 

  • Ser titulares de una autorización de transporte de cualquiera de las clases VDE, VT, VTC, VSE, MDLE y MDPE, atendiendo al número y tipología de los vehículos adscritos a la autorización y se encontraran de alta a 30 de junio de 2023 en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte. 
  • Estén de alta y encuadrados en los siguientes códigos CNAE:

 

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Fuente: Agencia Tributaria

 

Cuantía de las ayudas

Las ayudas serán de entre 750 y 1.845 euros por vehículo, dependiendo del tipo de actividad. Los autónomos podrán solicitar próximamente estas subvenciones y desde el momento en que las perciban adquirirán el compromiso de no despedir hasta el próximo 31 de diciembre.

En caso de incumplir este compromiso, los autónomos deberán devolver toda la cantidad que hayan percibido por esta subvención y que aparece en el cuadro a continuación. El importe de la ayuda está fijado en función del epígrafe del negocio y del número de vehículos que tenga en su flota.

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Fuente: Agencia Tributaria

 

Procedimiento para solicitar las nuevas ayudas

Según explican desde la Agencia Tributaria, los beneficiarios deben solicitar la ayuda, por vía electrónica través de la Sede electrónica de la  AEAT, mediante el formulario habilitado al efecto.

Los solicitantes deben adjuntar a su solicitud:

  1. Una declaración responsable en la que se señale expresamente que la empresa solicitante se ha visto afectada económicamente por las consecuencias derivadas de la invasión de Ucrania.

  2. Una declaración por escrito de cualesquiera otras ayudas que en aplicación del Marco Temporal Europeo Ucrania o del Marco Nacional Temporal aprobado por la Comisión Europea, haya recibido.

  3. Una declaración por escrito en la que se identifiquen a las empresas con las que se encuentren vinculados y asociados.

  4. Adicionalmente, los solicitantes deberán presentar, ante la Agencia Tributaria, una declaración responsable en el momento en el que superen la cuantía máxima permitida, en aplicación del Marco Temporal Europeo Ucrania o del Marco Nacional Temporal.

Las declaraciones responsables anteriormente indicadas se presentarán, conjuntamente con la solicitud, mediante un fichero en formato csv, ajustado al modelo que se facilite en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

La solicitud se podrá presentar durante el periodo comprendido entre el 18 de septiembre y el 31 de octubre de 2023.