IGIC (IVA en Canarias): qué es y cómo se calcula

Si un autónomo o empresa mantiene actividades comerciales en Canarias un impuesto que grava el consumo de productos y servicios en el territorio de canario. 
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IGIC (IVA en Canarias): qué es y cómo se calcula
IGIC (IVA en Canarias): qué es y cómo se calcula

Los autónomos y empresas que operen en las Islas Canarias deben tener claro cómo funciona el Impuesto General Indirecto Canario, reconocido por sus siglas IGIC

El IGIC es el equivalente canario al IVA, un impuesto que grava el consumo y que afecta directamente a la actividad de profesionales y organizaciones, al tener que liquidarse mediante modelos tributarios

  1. ¿Qué es el IGIC?
  2. ¿Qué diferencia hay entre el IGIC y el IVA ?
  3. Tipos de IGIC en Canarias
  4. Cómo calcular el IGIC en las facturas
  5. ¿Qué autónomos deben presentar el IGIC?
  6. ¿Cómo se declara el IGIC canario?

¿Qué es el IGIC?

El Impuesto General Indirecto Canario también conocido por sus siglas como IGIC, es un impuesto que grava el consumo de productos y/o servicios en el territorio de las Islas Canarias.

El alcance de este impuesto se extiende en todo archipiélago canario, incluido su espacio aéreo y hasta 12 millas náuticas a su alrededor.

El IGIC es un equivalente al IVA de la Península y las Baleares, pero con tipos impositivos bastante inferiores.

Este impuesto se compone por 6 tipos de IGIC frente a los 3 tipos de IVA que existen y, al igual que este, varía en función del sector y grado de necesidad de los bienes o servicios en cuestión.

¿Qué diferencia hay entre el IGIC y el IVA ?

La principal diferencia entre el IGIC y el IVA es el tipo impositivo, mucho más bajo en las Islas Canarias

Para transacciones comerciales o prestación de servicios a dicho territorio, toda aquella persona física o entidad que realice ventas a las Islas Canarias no debe incluir el IVA, ya que no aplica en este territorio, al considerarse este tipo de actividad como de exportación.

Para cuando la transacción se realiza al inverso y los bienes se adquieren desde Canarias, los compradores deberán abonar el IGIC que corresponda una vez se recojan los productos en la aduana.

Si bien el IGIC tiene un valor mucho más bajo que el IVA, la importación de productos a Canarias genera un incremento considerable del precio de los mismos, ya que, además del pago del IGIC, hay que considerar la logística y procesos necesarios para su adquisición.

Tipos de IGIC en Canarias

Hay diversos tipos impositivos del IGIC en Canarias. A continuación destacamos cada uno de estos tipos y las diferencias y similitudes con el IVA.

De hecho, es importante tener claro cuáles son esas diferencias entre ambos impuestos para no generar confusión cuando se trate de operaciones dentro del territorio canario.

  • Tipo de IGIC general. Comparado con el IVA, fijado en un 21%, el IGIC general de Canarias es de un 7%. Este tipo se aplica a la entrega de productos y servicios que no se recogen en el resto de tipos.
  • Tipo reducido (3%). Mientras en el IVA es del 10%, el IGIC de tipo reducido llega al 3%. Se aplica en el territorio de las Islas Canarias al transporte, la producción, distribución de energía eléctrica, gas, vapor y agua caliente. Además de aparatos y complementos para subsanar deficiencias físicas; entrega e importación de productos derivados de los combustibles sólidos, etc.
  • Tipo cero (0%). El IGIC tiene un tipo impositivo aplicado a servicios o bienes de primera necesidad o esenciales, como medicamentos, alimentos, entregas de agua, libros, transporte aéreo de viajeros, etc.
  • Tipo incrementado (9,5%). Este tipo de gravamen incrementado se aplica a las operaciones comerciales de importación de bienes, como motos de agua, vehículos, embarcaciones, y otra prestación de ciertos servicios.
  • Tipos especiales (20%). Referido directamente al tabaco
  • Tipo especial incrementado (15%). Este tipo se aplica a las bebidas alcohólicas y los artículos de joyería, perfumería, y otros de considerados dentro del uso no esencial y también a vehículos con potencia superior a 11 CV, excepto autobuses, taxis y similares.

Cómo calcular el IGIC en las facturas

Para liquidar el IGIC Canario hay que presentar cada trimestre el modelo 420, o el 421 en caso de acogerse al régimen simplificado, en el que se indican tanto el IGIC repercutido como el soportado.

Para conocer cuánto debe pagar el autónomo, hay que obtener el resultado de dicha diferencia, aunque si el soportado es mayor que el repercutido, se deberá solicitar una compensación, en lugar de abonarlo.

La liquidación es bastante sencilla, sólo hay que restar a todo el IGIC repercutido durante el último trimestre, el monto de todo el IGIC soportado que se haya acumulado durante el mismo periodo.

Es decir que: Liquidación IGIC es igual a IGIC repercutido menos IGIC soportado. 

Ejemplo de cantidades:

IGIC repercutido
5.000€
IGIC soportado
500€
Liquidación IGIC

4.500€

 

¿Qué autónomos deben presentar el IGIC?

Las empresas y autónomos que tengan domicilio fiscal en las Islas Canarias deben liquidar y presentar el IGIC, independientemente de si facturaron o no por su actividad comercial. La única excepción es que el autónomo o empresa esté incluido en el Régimen Especial Canario del Pequeño Empresario, REPEP.

Este es un requisito fundamental establecido por la Agencia Tributaria sobre los trabajadores por cuenta propia Canarios, al igual que sucede con el IVA en la Península.

¿Cómo se declara el IGIC canario?

Para declarar el IGIC hay que presentar los modelos 420, 421 y 425. Los autónomos y empresarios residentes en las Islas Canarias deben declarar el IGIC de sus operaciones a través de estos formularios para cumplir con sus obligaciones.

El modelo 420 es utilizado para la declaración trimestral (421 en caso de haberse acogido al Régimen Reducido). Mientras que para las presentaciones anuales, tanto autónomos y empresarios deben presentar una declaración recapitulativa anual bajo la forma del modelo 425.