También se reduce el mínimo cotizado para los discapacitados que se jubilen

Los autónomos podrán optar a dos fórmulas diferentes para cobrar los incentivos de la jubilación demorada

El Gobierno ha aprobado una nueva opción para cobrar los incentivos en la jubilación demorada que combina las dos vigentes. Además, se reduce el mínimo de años cotizados para cobrar la jubilación anticipada en el caso de los discapacitados. 
El Gobierno aprueba una fórmula que combina los dos incentivos vigentes al retrasar la edad de jubilación.
El Gobierno aprueba una fórmula que combina los dos incentivos vigentes al retrasar la edad de jubilación.
Los autónomos podrán optar a dos fórmulas diferentes para cobrar los incentivos de la jubilación demorada

El Gobierno ha aprobado este martes en el Consejo de Ministros dos importantes novedades relativas a la edad de jubilación.  Por un lado, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha rebajado de 15 a cinco años el período obligatorio de cotización para que los trabajadores por cuenta propia o ajena con una discapacidad superior al 45% puedan pedir la jubilación anticipada.  

En segundo lugar, el Gobierno ha ampliado las opciones para aquellos autónomos que quieran prolongar, de manera voluntaria, su vida laboral, incorporando una fórmula mixta que permite combinar los dos tipos de incentivos vigentes para la llamada jubilación demorada.  

Tal y como explicaron desde el Ejecutivo, ambas novedades se enmarcan “en la modernización del sistema de pensiones según las recomendaciones del Pacto de Toledo", afirmó el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. 

Los autónomos que escojan demorar su edad de jubilación podrán combinar los dos incentivos vigentes 

La medida de la que mayor número de autónomos podría beneficiarse es la incorporación de una fórmula mixta a los dos incentivos vigentes para acceder a la jubilación anticipada. Tal y como recordó José Luis Escrivá, durante el primer trimestre de este año, el 7,8% de las nuevas jubilaciones se acogieron a la prestación demorada.  

Hasta ahora, las dos opciones disponibles eran, por un lado, la percepción de un pago único extraordinario; o, por otro, el incremento de la pensión de jubilación una vez decidida la retirada demorada. A partir de ahora, ambas opciones podrán combinarse en un sistema mixto, según explicaron desde el Gobierno.  

Así, la nueva fórmula funcionará según el número de años de demora:  

  • Si se retrasa la jubilación entre dos y diez años: la prestación de jubilación se incrementará un 2% por cada año de demora, además de un pago único equivalente a la mitad del que el autónomo recibiría si optase por la fórmula del pago único. 
  • Si se retrasa más de once años: el autónomo recibiría un pago único “aplicado a cinco años del periodo demorado” y a un incremento del 2% de pensión por cada año de demora. 

Para ejemplificarlo, el Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones puso como ejemplo el caso de un trabajador “con 35 años de carrera contributiva, con una pensión inicial de 1.500 euros al mes que retrasa dos años el acceso a la jubilación”. A partir de ahora, contará con las siguientes opciones:  

  • Al jubilarse, recibiría un pago extraordinario de 15.414 euros, además de la prestación correspondiente.  
  • Un incremento de la pensión de 120 euros sobre los 1.500 euros mensuales correspondientes. 
  • Con el nuevo sistema, el beneficiario recibiría un pago extraordinario de 7.707 euros mientras su pensión de 1.500 euros se incrementa en 60 euros al mes. 

Los contribuyentes con una discapacidad superior al 45% podrán acceder a la jubilación anticipada con sólo cinco años cotizados 

En paralelo, la segunda novedad aprobada este martes en el Consejo de Ministros es la reducción del plazo exigido para poder solicitar la jubilación anticipada en el caso de los trabajadores por cuenta propia y asalariados con una discapacidad superior al 45%. Pasa de 15 a cinco años.  

Tal y como explicaron desde el Gobierno, “este régimen también valdrá para las personas con más de una patología discapacitante si, en su conjunto, superan el nivel del 45%”. Además, “se facilita la acreditación de la discapacidad”, que a partir de ahora se podrán realizar con una certificación del IMSERSO o las comunidades autónomas; o mediante un informe médico.