Los golpes, grietas y hasta la suciedad pueden ser motivo de multa

Los autónomos también pueden ser sancionados por un mal mantenimiento del parabrisas de su vehículo

Los autónomos que conducen pueden ser sancionados por tener el parabrisas del vehículo en mal estado. Estos son algunos motivos por los que se les podría imponer una multa e incluso inmovilizar el coche, la furgoneta o el camión.
Foto: Carglass.
Los autónomos también pueden ser sancionados por un mal mantenimiento del parabrisas de su vehículo

Según la Dirección General de Tráfico, las infracciones más comunes que cometen los conductores españoles son el exceso de velocidad, el consumo de alcohol y drogas, no llevar puesto el cinturón y el uso del teléfono móvil. Sin embargo, los usuarios de la vía pueden ser sancionados por otros muchos motivos distintos y en algunos casos muy desconocidos. 

Una de las razones por las que un autónomo —o cualquier otro conductor— puede ser multado es por un mal mantenimiento del parabrisas del vehículo. Por ello, si se detecta cualquier grieta o golpe, es importante contactar cuanto antes con profesionales especializados en la reparación de parabrisas para evitar sanciones y no acabar con el vehículo inmovilizado. 

El vehículo es una parte fundamental de la actividad de miles de autónomos. No solo de los transportistas, taxistas, repartidores o comerciales, sino también de muchos otros trabajadores por cuenta propia que necesitan el coche o furgoneta para ir a comprar, a visitar a sus clientes y atender otras muchas obligaciones del negocio.

Es habitual que los autónomos y, sobre todo los que utilizan a diario el vehículo, se encuentren en algún momento con una multa de tráfico. Aunque estas sanciones se pueden imponer en cualquier momento, los trabajadores por cuenta propia a veces están más expuestos a ser sancionados mientras trabajan. 

Las prisas o el estrés del día a día pueden llevarles a cometer muchas infracciones como exceder el límite de velocidad permitida, usar el móvil mientras conducen para responder una llamada importante, o dejar el coche mal aparcado. 

¿Qué multas puede recibir un autónomo a causa de un mal mantenimiento del parabrisas del vehículo?

El artículo 19 del Reglamento General de Circulación, bajo el título “visibilidad del vehículo”, indica que “la superficie acristalada del vehículo deberá permitir, en todo caso, la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por la que circule, sin interferencias de láminas o adhesivos”.

Aunque en la mayor parte del texto legal se hace referencia a cuestiones como la utilización de láminas adhesivas o cortinillas contra el sol y a la disposición de los distintivos previstos en la legislación— como la pegatina de la ITV—, cualquier aspecto que dificulte la correcta visibilidad de la carretera puede ser motivo de infracción.

Este precepto indica que todas las infracciones relacionadas con no mantener una correcta visibilidad de la carretera serán sancionadas con arreglo a lo dispuesto en el artículo 67.2 del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

Según dicho precepto, tener el parabrisas del vehículo con algún elemento, rotura o incluso suciedad que impida la correcta visibilidad de toda la carretera, se considera infracción grave. Por lo general, estas infracciones graves conllevan una multa de hasta 200 euros. Lo habitual es que, en el caso del mantenimiento del parabrisas, la sanción sea sólo económica y no conlleve la pérdida de puntos. 

Algunas de los motivos que pueden conllevar a una sanción relacionada con el parabrisas son: 

  • Circular con el parabrisas dañado o con roturas que dificultan una correcta visibilidad. Es importante que en cuanto se detecten estas grietas, por pequeñas que sean, se contacte de inmediato con una empresa especializada en reparar los parabrisas. Una de las más recomendables, según distintos comparadores, sería Carglass.

  • Si una capa de suciedad o hielo cubre el parabrisas y condicionan la visibilidad.
  • Incluir láminas, adhesivos, cortinillas u otros elementos no autorizados que afecten a la visibilidad. La DGT solo permite llevar la pegatina de la ITV (en la esquina superior derecha) y el distintivo ambiental (esquina inferior derecha).
  • Llevar instalado un soporte para dispositivos móviles adherido al parabrisas que condicione la visibilidad de la carretera.

También se podría inmovilizar el vehículo a causa del parabrisas

Además, tampoco hay que olvidar que el artículo 104 de la Ley de Seguridad Vial permite a los agentes de tráfico inmovilizar cualquier vehículo si este presenta “deficiencias que constituyan un riesgo especialmente grave para la seguridad vial”. Una de ellas podría ser tener el parabrisas en mal estado.