Ante una posible reforma de la Carta Magna

Expertos piden que la figura del autónomo se incluya en la Constitución

La Constitución, redactada en 1979, no recoge de forma explícita a un colectivo que durante estos 40 años se ha convertido en la tercera fuerza social y económica de España, en el gran motor de generación de empleo.

Constitución_Borges
Expertos piden que la figura del autónomo se incluya en la Constitución

Hace 40 años el paso del blanco y negro al color en los televisores apenas si acababa de estrenarse y era toda una novedad en los hogares españoles. El concurso Un, dos, tres, responda otra vez seguía haciendo furor pese a que ya no lo presentanba Kiko Ledgard. El Renault 5 y el Simca 1200 dejaban atrás al Seiscientos en las carreteras del país, aún muchas sin un buen asfaltado. Y la moda en las calles se abría paso a un concepto más natural y cómodo, alejado de muchos convencionalismos. imperantes hasta la fecha En los transistores se alternaban Manolo Escobar, Pablo Abraira, Camilo Sesto, Joan Manuel Serrat o Miguel Bose… Pero, ¿qué ocurría con los autónomos?

El común de la población les conocía como industriales, comerciantes o viajantes. De hecho, aunque el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) existía desde 1970, hace 40 años entonces, y hasta hace muy pocos tiempo ha sido un colectivo "ovidado", que no tenía entidad propia y que ni las instituciones, ni los poderes públicos, las administraciones o las entidades financieras, tenían en cuenta. No de extrañar, por tanto, que losn autónomos no aparezca de forma explícita en la Constitución. El reconocimiento social que hoy tiene se ha ganado en los últimos 20 años o mismo que algunas conquistas sociales de la mano de las organizaciones de autónomos como ATA y UPTA que nacieron precisamente en los años 90. 

Las cosas han cambiado mucho desde aquel 6 de diciembre de 1978 en el que se ratificó, en referendum, la Carta Magna y con la que tocó techo la transición democrática. El mercado laboral ha cambiado y ha transcendido de la antigua dicotomía entre empresa y asalariado. Ha irrumpido con fuerza el trabajo por cuenta propia que abarca ya cualquier sector y se perfilan nuevas actividades, modelos de autoempleo, que antes ni existían. 

 A día de hoy los autónomos se han organizado en federaciones u uniones (ATA cuenta con más de 300 asociaciones sectoriales integradas), han sido aprobadas más de 60 leyes específicas para ellos, cuentan con un Estatuto del Trabajo Autónomo propio único en Europa, han ido adquiriendo niveles de protección social similares a la de los asalariados, son agentes activos en las mesas de negociación con las administraciones públicas, las empresas y las entidades realizan programas específicos para ellos, y se les reconoce el papel que están jugando en la economía y en la generación de empleo del país. En total, suman más de 3,2 millones de trabajadores que sostienen a su vez otros 4,3 millones de empleos.

“Los autónomos no existían como tal. Todo lo relativo al trabajo autónomo se reguló a posteriori de la Constitución mediante Leyes Orgánicas”, explica Joaquín Vázquez, abogado autónomo. “En estos 40 años han contribuido a hacer el país más fuerte. Se ha demostrado que los autónomos son un motor necesario para el funcionamiento de España y, por tanto, deben ser reconocidos, si se llega al acuerdo de modificar la Constitución, en la Carta Magna porque hoy está claro lo que han ayudado al progreso de nuestro país”, asevera Vázquez.

Casi idéntica opinión comparte otro letrado, Alberto Ara, “la Constitución debería incorporar a los autónomos como una realidad que abarca a más de tres millones de personas y a sus familias, y que además son generadores de empleo”. 

 Ahora bien, ¿dónde debería incorporarse a los autónomos?  Ara considera que “deberían tener su propio articulado. No hemos de olvidar que el autoempleo es un fenómeno que cada vez tiene más fuerza y peso tanto en el mercado laboral como en el plano económico y social”. No obstante reconoce: “el tema es complejo".  

Ramón Rodríguez-Arribas, socio director de Rodríguez-Arribas abogados, discrepa, "aunque la figura del trabajador autónomo o autopatrono no está expresamente recogida en el texto constitucional, puede entenderse comprendida en los preceptos que aluden al derecho al trabajo directa o indirectamente y a la libre empresa, como en los artículos 35, 40, 41 y 42 en cuanto a lo primero, y el artículo 38 en cuanto a lo segundo". Y puntualiza, "incluir en la Constitución la referencia concreta a los autónomos exigiría hacerlo a otros colectivos y no sería fácil evitar el descontento de los que no resultaran citados. Por lo que en caso de tomarse esta decisión bastaría con añadir esa referencia a los preceptos antes señalados".

 A este respecto, Ara responde y deja claro que “los autónomos deben incorporarse a la Carta Magna de forma clara, recogiendo todas y cada una de las particularidades del colectivo a fin de que la interpretación sea más diáfana que en la actualidad”.

Vázquez, abunda también en la idea del “deber de reconocer a los autónomos” y alude a las “peculiaridades propias del colectivo a fin de garantizar sus derechos”. A este respecto, apunta al Artículo 38, referido a la “libertad de empresa” y la el papel de los poderes públicos con garantes y protectores de la misma así como de defensores de la productividad “de acuerdo con las exigencias de la economía en general y, en su caso, de la planificación”. El abogado comenta, “muchos autónomos somos empresarios como tal, y muchos otros, la mayoría, también ya que aunque no ejerzan actividad bajo una fórmula societaria están generando riqueza y empleo, pero tal y como está redactado el texto en la actualidad, puede dar la sensación de que quedamos excluidos”.

La opinión de los protagonistas

Tanto el artículo 7 como el 35 de la actual Carta Magna son dos en los que cabría hacer mención expresa a la figura de los autónomos. El primero define el papel de los sindicatos y las asociaciones empresariales como defensores y promotores de “la promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. El segundo se refiere al “derecho al trabajo y la libre elección de oficio” así como a la regulación del estatuto de los trabajadores.

Lorenzo Amor, presidente de ATA, coincide “plenamente” con las opiniones vertidas por los expertos “el mundo económico y social de hoy nada tiene que ver con el de 1978. Además en los próximos 40 años el trabajo por cuenta propia va a ser protagonista de la economía, la sociedad y el progreso de España. La Constitución debe contemplar ese protagonismo y reconocer la contribución a la economía, la sociedad y el progreso de España de más de tres millones de ciudadanos así como la de quienes los asocian y representan”.

Eduardo Abad, secretario general de UPTA, suscribe punto por punto la opinión de Amor. “Reconocer al colectivo de autónomos en una Ley de la que mana la legislación laboral, económica y social se debe producir más temprano que tarde. El mercado laboral ha cambiado. Los emprendedores y trabajadores por cuenta propia, desde el anonimato y la constancia, van sumando puntos al crecimiento de un país, España, en el que el 98% del tejido empresarial está compuesto por autónomos y pequeñas empresas”.