Algunas se conceden de oficio y otras previa solicitud

El Gobierno ha empezado a publicar las listas de los autónomos beneficiarios de las ayudas por los costes

El Gobierno ya ha empezado a publicar las listas de beneficiarios de algunas de las líneas de ayudas directas para negocios afectados por las subidas de costes. Los autónomos de estos sectores del sector primario pueden ir consultado el importe que van a recibir.
lista_morosos-612x344 (1)
El Gobierno ha empezado a publicar las listas de los autónomos beneficiarios de las ayudas por los costes
El Gobierno ha empezado a publicar las listas de los autónomos beneficiarios de las ayudas por los costes

El Gobierno ya ha empezado a publicar las listas de los autónomos beneficiarios de las nuevas ayudas que se aprobaron en marzo para paliar la subida de los costes en las materias primas, gas, electricidad e hidrocarburos que están afectando especialmente a algunos sectores. Los ministerios afectados han comenzado por el sector primario.

Como ya avanzó este diario, estas nuevas ayudas directas recogidas en el Real Decreto Ley 6/2022 van dirigidas a varios sectores de actividad, como la industria intensiva en consumo de gas; los productores de leche; los profesionales del transporte y el ferrocarril; la ganadería; la acuicultura o la pesca. Si bien todos estos negocios van a poder acceder -si cumplen los requisitos- a las nuevas subvenciones, el mecanismo de solicitud varía en cada una de estas líneas. 

Mientras que algunas de ellas, como las subvenciones para autónomos vinculados al transporte o negocios de la industria intensiva del gas, ya están abiertas y tienen fijada su fecha límite de solicitud, en otras como las ayudas a ganaderos o armadores de buques pesqueros -negocios que se dedican a la pesca con embarcaciones, fundamentalmente-, las subvenciones se conceden de oficio. De hecho, el Real Decreto Ley-6/2022 exige al Ministerio competente -en este caso Agricultura- que publique las listas de beneficiarios antes de determinadas fechas.  

El Gobierno ya ha publicado la primera lista de beneficiarios de las nuevas ayudas por los costes

En el caso de la línea de ayudas directas para ganaderos, el Gobierno todavía tiene hasta el próximo 27 de abril para hacer pública la relación de autónomos beneficiarios de las subvenciones. Sin embargo, ya se ha publicado la lista con los nombres de los armadores de buques pesqueros que están incluidos en la línea de ayudas para su actividad, junto al importe que recibirá cada uno de ellos. 

El pasado 11 de abril, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación publicó la resolución con la cuantía provisional de las ayudas de Estado a empresas armadoras de buques pesqueros, es decir, aquellos autónomos o empresas que explotan embarcaciones para la pesca.

En esta línea de subvenciones -a diferencia, por ejemplo, de la del transporte-, los autónomos no tienen que tramitar ninguna solicitud, sino que es el propio ministerio el que publica de oficio la relación de armadores que cumplen los requisitos requeridos, así como el número de GT computados y la cuantía provisional de la ayuda a recibir, según la información de la que dispone en sus bases de datos.

En este caso, los autónomos y empresas armadoras de buques pesqueros pueden acceder a la resolución en este enlace y consultar si figuran dentro de la lista de beneficiarios y qué cuantía de ayuda se les ha adjudicado.  

Al acceder a la resolución, el autónomo se encontrará con la lista provisional de beneficiarios en la que figuran, de izquierda a derecha todos los datos de los que dispone el ministerio, como el CIF del trabajador por cuenta propia, el nombre del armador, el nombre del buque, el tamaño (en GT) de la embarcación, la cuantía de la ayuda, y la cuenta bancaria donde se abonará automáticamente la subvención. 

La cuantía total a la que podrán acceder los autónomos y negocios armadores de buques pesqueros se concederá en función de los tramos de capacidad medidos por las toneladas (GT) de cada buque, según la siguiente tabla:

Captura
Importe de la ayuda para armadores de buque en función del peso medido en GT

Es especialmente importante consultar esta lista ya que, por cualquier motivo, podría no figurar el nombre del autónomo -y por tanto no tener derecho a la ayuda-; que aparezca en la relación de beneficiarios pero sin que figure su cuenta bancaria o incluso que el peso del buque sea incorrecto y se haya adjudicado una ayuda por importe inferior al que correspondería. En cualquiera de los supuestos,  los beneficiarios dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, es decir, hasta este miércoles para alegar, aportando la documentación correspondiente, los errores, omisiones u otras circunstancias que estimen convenientes.

Finalizados los plazos establecidos, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación comprobará que los interesados están al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o no han sido inhabilitados por sentencia firme para obtener subvenciones. Se podrá requerir a los autónomos a que subsanen cualquier situación irregular para cobrar en el plazo de diez días. 

La lista de ganaderos beneficiarios de las ayudas se publicará antes del 27 de abril

Dentro del apartado de medidas para apoyar a las actividades críticas del sector primario, el decreto fija distintos subsectores de agricultura, ganadería y pesca que podrán optar a una línea de ayudas directas. Uno de ellos son los productores de leche, tanto de vaca, como de cabras y ovejas.

En este caso, las subvenciones a la producción de leche van de los 10 euros por animal hasta los 210 euros, dependiendo del que se trate. 

Al igual que ha ocurrido con la línea de ayudas para armadores de buques, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación publicará en su sede electrónica asociada (https://sede.mapa.gob.es/portal/site/seMAPA), la relación de titulares de las explotaciones que cumplen los requisitos y la cuantía provisional de la ayuda a recibir, según el número de cabezas de ganado que se tengan computadas sobre ellas. 

Esta lista de beneficiarios se publicará de oficio antes de los 20 días hábiles desde la publicación del Real Decreto-Ley 6/2022. Por lo tanto, entre esta semana y el próximo 27 de abril, los ganaderos ya sabrían si están incluidos y cuánto les corresponde.

Desde que se haya publicado esta lista, los beneficiarios dispondrán de un plazo de 5 días hábiles desde la publicación para rechazar la ayuda u oponerse a la consulta de sus datos. Además, contará con el mismo plazo para alegar, aportando la documentación correspondiente, los errores, omisiones u otras circunstancias que estimen convenientes y que puedan estarles restando dinero de la ayuda.   

Transcurrido este plazo "se procederá de forma inmediata y mediante resolución del Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria a la concesión de las ayudas correspondientes a los beneficiarios, así como a su pago en la cuenta señalada en la solicitud única de la PAC del año 2021

Los autónomos del transporte y la industria intensiva del gas todavía tienen hasta el 30 de abril para solicitar las ayudas

Una de las líneas de ayudas directas más importantes que recoge el Real Decreto-Ley 6/2022 va dirigida a las distintas actividades que componen el sector del transporte, desde los autónomos y empresas de transporte ligero y pesado, hasta taxistas o furgoneteros. 

Para poder beneficiarse de estas subvenciones, cuyo importe total ascenderá a 450 millones de euros, los autónomos deberán formar parte de una de las actividades cuyos CNAEs se recogen a continuación: 

Captura
Cuadro de los CNAEs con derecho a las ayudas directas para el transporte

Como ya avanzó este diario, la Agencia Tributaria publicó a través de su sede electrónica el enlace para que todos los autónomos con negocios vinculados al transporte puedan solicitar ya la nueva línea de ayudas directas del Gobierno para actividades "especialmente afectadas por la subida de los precios y de los carburantes".

En este caso, según recoge el Real Decreto-Ley 6/2022, la solicitud se podrá presentar en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, rellenando el formulario electrónico y en el que necesariamente, deberá figurar la cuenta bancaria en la que desee que se le realice el abono. El plazo de presentación del formulario finalizará el 30 de abril de 2022

En cuanto a los negocios de la industria intensiva del gas, su línea de ayudas también está activa y pueden solicitar ya las subvenciones que les corresponden. En este caso, los autónomos o empresas que quieran acceder a estas ayudas tendrán que pertenecer o haber realizado durante 2021 al menos una de las actividades previstas a continuación:

El proceso de solicitud será el mismo que el de los transportistas, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, sólo que en este caso accediendo al apartado 'solicitud de ayuda directa a la industria gas intensiva'. Y el plazo de solicitud, según apunta el Real Decreto-Ley finalizará también el 30 de abril. 

Las ayudas para los agricultores todavía están pendientes de publicar   

De forma general, el decreto también prevé una dotación de más de 190 millones de euros para los autónomos y negocios del sector agrícola. La norma dice que "el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación pondrá en marcha una línea de ayudas directas" regida por la PAC para "compensar los efectos en los precios y los mercados en determinados sectores agrarios como consecuencia de la invasión rusa de Ucrania".

En cuanto a los plazos y requisitos, sólo se concreta que podrán ser beneficiarios los autónomos y empresas que "sean titulares de explotaciones agrarias de los sectores que se determinen mediante un real decreto, que establecerá asimismo las condiciones de elegibilidad e importes unitarios correspondientes".

Por lo tanto, los autónomos del sector agrícola todavía tendrán que esperar a que Agricultura saque la convocatoria y concrete los requisitos específicos que tendrán que cumplir los beneficiarios. Eso sí, el decreto avanza que "las solicitudes se presentarán ante los órganos competentes de las comunidades autónomas en los plazos que en dicho real decreto se establezcan". Y que "los pagos a los beneficiarios se realizarán por los órganos competentes de las comunidades autónomas antes del 30 de septiembre de 2022".