Puede ser el 27 o el 30 de junio

Los autónomos tienen distintos plazos en la RENTA 2023, según sus resultados y métodos de pago

Los autónomos tienen distintos plazos para presentar la RENTA este año en función del resultado de la declaración y del método de pago que escojan. Estas son las fechas límite para cada caso.
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Los autónomos tienen distintos plazos en la RENTA 2023, según sus resultados y métodos de pago
Los autónomos tienen distintos plazos en la RENTA 2023, según sus resultados y métodos de pago

La campaña de la RENTA lleva en marcha más de un mes y los autónomos obligados a declarar tienen todavía un mes y medio más para presentar su IRPF. La fecha límite para declarar este impuesto suele ser el 30 de junio. Sin embargo, los plazos pueden cambiar en función de si el resultado de la declaración es a ingresar o a devolver, y sobre todo del método de pago que se elija para pagar los impuestos.

El calendario tributario que publica la Agencia Tributaria cada año marca distintas fechas límite para presentar la declaración de la RENTA a las que deben atenerse los autónomos. A lo largo de la campaña, los contribuyentes cuentan con distintos plazos para declarare el IRPF que dependen sobre todo de si se presenta de manera telefónica, presencial o a través de Internet.

En la mayoría de los casos, los autónomos sólo pueden presentar su declaración de la RENTA a través de Internet ya que las opciones de presentación con asistencia telefónica o presencial van dirigidas a colectivos con declaraciones de IRPF sencillas de realizar y cuyos datos están ya incluidos en las bases de la Agencia Tributaria.  

Sin embargo, según explicaron fuentes de la AEAT a este diario, los autónomos en estimación directa también tienen distintos plazos para presentar la RENTA que dependerán fundamentalmente de si su declaración ha salido positiva o negativa y, de haber salido a pagar, si están interesados en abonar sus impuestos por domiciliación bancaria.

Fechas límite para presentar la RENTA, dependiendo del resultado y del método elegido para pagar

Según explicaron desde la Agencia Tributaria, por lo general, el plazo límite para presentar la declaración de IRPF si se hace a través de Internet es el día 30 de junio, aunque siempre es recomendable hacerlo antes para evitar posibles errores de última hora. No obstante, cuando la declaración salga a pagar y el autónomo desee que sea Hacienda quien le cobre los impuestos directamente en su cuenta bancaria, el plazo acaba tres días antes. 

Así pues, las fechas límite de presentación del IRPF son las siguientes para cada caso: 

  • Hasta el 27 de junio: Si el resultado sale a ingresar y el autónomo está interesado en realizar el pago por domiciliación bancaria
  • Hasta el 30 de junio: El plazo se extiende hasta el último día del mes si el resultado ha salido a devolver 

Según puntualizaron desde la Agencia Tributaria, si un autónomo decide fraccionar en dos pagos su declaración de IRPF, pero hace la presentación más allá del día 27 de junio no podrá domiciliar el primer pago pero sí el segundo, que se suele cobrar a principios de noviembre.

Otros plazos a tener en cuenta para esta campaña de la RENTA son:

  • 5 de mayo hasta el 30 de junio de 2023: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2022 por teléfono (solicitud de cita desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio

  • 1 a 30 de junio de 2023: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2022 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 25 de mayo hasta el 29 de junio).

Para ser atendido por la Agencia Tributaria tanto por teléfono como presencialmente, se debe concertar previamente cita, por Internet o llamando a los siguientes números de teléfono: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44 .

En qué consiste el fraccionamiento del IRPF anual?

Aquellos contribuyentes cuyo resultado de la autoliquidación sea positivo y, por tanto, deban dinero a Hacienda, pueden afrontar el pago de forma fraccionada, tanto por domiciliación como por otros métodos de pago. En concreto, pueden dividir el pago en dos plazos sin intereses ni recargo alguno, tal y como establece el artículo 97.2 de la Ley de IRPF y el artículo 62.2 de su Reglamento.

  • Primer pago: el primer plazo corresponde al 60% del importe resultante de la declaración. Puede pagarse mediante adeudo en cuenta, tarjeta, en efectivo y a través de otras formas especiales de pago. En caso de que se domicilie -presentando antes del 27 de junio-, la cantidad será cargada en cuenta el último día del plazo de presentación de la declaración, el 30 de junio.  Esta fecha es la misma independientemente de la fecha en la que se presente la autoliquidación.

  • Segundo pago: el segundo plazo corresponde al 40% restante y se paga cuatro meses más tarde,  en noviembre de 2023. Puede pagarse mediante la domiciliación bancaria o realizando un ingreso.

Un autónomo que obtenga un resultado a pagar de 1.000 euros de impuestos en la autoliquidación de la Renta, y quiera fraccionar la deuda, puede seleccionar la domiciliación bancaria como forma de pago. En ese momento dispondrá de dos plazos para abonar el impuesto sin intereses. El 30 de junio de 2023 se cargará en su cuenta el 60% del importe, es decir, 600 euros. Pasados cuatro meses, concretamente el 7 de noviembre de 2023, se cargará el 40% restante, un total de 400 euros.

Se trata del único impuesto estatal que ofrece la posibilidad de fraccionar el pago sin intereses. Cuando se presenta la declaración de la renta a través de la página web y sale un importe positivo, automáticamente se selecciona la opción del pago fraccionado. El contribuyente que desee abonarlo en un solo pago, deberá cambiar la casilla, ya que el fraccionamiento se marca por defecto-

Una de las novedades que están en marcha desde el año pasado es que el pago puede realizarse a través de distintos métodos, no solo a través de domiciliación bancaria. Ahora también puede hacerse mediante transferencia bancaria o acudiendo a una entidad para abonar el importe correspondiente.