Una sentencia del Supremo considera "ingreso indebido" la recaudación que se logra por un error

Hacienda pagará intereses de demora a los autónomos cuando demuestren que olvidaron deducirse un gasto

Una sentencia del Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de los autónomos a cobrar intereses de demora en una regularización cuando se demuestre que olvidaron deducir un gasto.
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Hacienda pagará intereses de demora a los autónomos cuando demuestren que olvidaron deducirse un gasto
Hacienda pagará intereses de demora a los autónomos cuando demuestren que olvidaron deducirse un gasto

Una nueva sentencia del Tribunal Supremo ha reconocido el derecho a los autónomos y empresarios a cobrar intereses de demora cuando la Inspección de Hacienda les abra un requerimiento y, finalmente, se encuentren facturas de gastos que no se incluyeron en la declaración de impuestos correspondiente. 

Así lo resolvió el pasado 1 de septiembre la sala de lo contencioso del Tribunal Supremo. La sentencia, a la que ya tendrá que ceñirse en cualquier caso la Administración, obliga a Hacienda a pagar intereses de demora aún cuando sea ella misma la que detecte que había un error en las declaraciones de impuestos que beneficiaban al contribuyente. 

Según los expertos consultados, es una praxis relativamente habitual de la Administración intentar calificar como ingresos debidos muchos impuestos que pagan de más los autónomos y empresarios al haber cometido algún error o haberse dejado alguna factura sin incluir en una autoliquidación. Con la sentencia del Supremo, que refuerza otra de 2021 en la que ya se planteó esta doctrina, se deja claro que todo gasto que no haya incluido un autónomo como deducible y que después se acredite que sí lo era, aunque el contribuyente no lo haya reclamado, es un ingreso indebido y le corresponde a Hacienda no sólo devolverle ese dinero, sino también entorno a un 3,75% en concepto de intereses de demora.  

El fallo de la sentencia reconoce textualmente que " la cantidad cuya devolución se acuerda como consecuencia de una regularización con origen en unas actuaciones inspectoras en las que se reconoce una deducción no aplicada por el contribuyente, devenga intereses de demora desde la fecha del ingreso, dado que nos encontramos con una devolución de un ingreso indebido".

Los autónomos también tienen derecho a cobrar intereses de demora cuando se detecta que olvidaron deducir un gasto

Habitualmente, las devoluciones de la Administración al contribuyente se pueden hacer por dos motivos. El primero y más habitual es que en IRPF, IVA o cualquier otro impuesto, el autónomo haya adelantado dinero al Tesoro porque, en realidad, esa era su obligación. El ejemplo más claro está en las retenciones que hacen todos los autónomos a lo largo del año. Lo que están haciendo con sus facturas es ir adelantando un dinero. Después, al hacer la RENTA, el resultado puede salir a su favor y cobrarán una determinada cantidad pero sin intereses.

El segundo de los casos es menos frecuente pero también ocurre. Un autónomo, al hacer su liquidación de cualquier impuesto puede olvidarse de incluir un gasto cualquiera y, al no haberlo introducido en la declaración, tiene que pagar más. En este caso, lo más normal es que sea el trabajador por cuenta propia el que rectifique la liquidación y la Administración le devuelva ese dinero con intereses, ya que se trata de un ingreso que no se tenía que haber realizado y Hacienda se habría estado financiando con ese dinero durante un tiempo a costa del contribuyente.

Lo que no quedaba tan claro es qué ocurría si es Hacienda quien, en el marco de una inspección en la que quiere descubrir si hubo algún tipo de irregularidad, de repente, se encuentra con un resultado que es favorable al contribuyente. Según explican los expertos, esto ocurre de vez en cuando. Sin embargo, no es raro que en estos casos, Hacienda intente hacer ver, como ha ocurrido en esta sentencia, que la devolución por un ingreso debido y que no corresponden intereses.

La clave es la distinción entre ingreso debido e indebido 

En la sentencia del 1 de septiembre, en el marco de una regularización, la inspección encontró unas cantidades de una empresa que entendió que eran dividendos. Al ser dividendos, son deducibles en el Impuesto de Sociedades y el negocio solicitó la devolución del impuesto por esos gastos que no incluyó en ese momento. Sin embargo, Hacienda consideró que no correspondían intereses de demora al tratarse de ingresos debidos

La clave aquí "no está en dirimir si procede o no la devolución. Está claro que sí. La cuestión que resuelve el Tribunal Supremo es si una devolución que se efectúa por una regularización de Hacienda se  debe entender como ingreso debido o indebido. El ingreso debido es el que nace de la propia dinámica de un impuesto, es decir, se trata de una devolución a favor del contribuyente que no se ha cometido por error sino porque la ley así lo indica, y no proceden intereses. Es el caso de las devoluciones de renta que efectúa Hacienda en plazo cuando el resultado sale a favor del contribuyente", explicó José María Salcedo, abogado tributario y socio del bufete Ático Jurídico,

Cuestión distinta son los ingresos indebidos. "Estas devoluciones sí tienen intereses porque son fruto de un error que ha cometido el contribuyente -o Hacienda- y que ha desembocado en que la Administración cuente con un dinero que no es suyo por una declaración de impuestos que se ha hecho de forma indebida. Lo que dice el Supremo es que sea quien sea el que descubra este error, se debe calificar igualmente como ingreso indebido y tiene que incluir intereses de demora", añadió Salcedo.

Cuando hay un ingreso indebido, Hacienda tiene que pagar  un 3,75% de intereses en 2022

Los ingresos indebidos, es decir, los que nacen de un error de la Administración incluyen un interés que se fija todos los años en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Este tipo de ingresos pueden nacer cuando se detecta un error en una autoliquidación, pero también cuando Hacienda paga fuera de plazo una devolución de impuestos. Por ejemplo, si este año, en diciembre de 2022, Hacienda no hubiera devuelto todavía la devolución de la RENTA a un autónomo al que le correspondería ese dinero, a partir de ese momento, empezarían a correr los intereses.

Este año, según la ley de los PGE, el interés de demora es de un 3,75% que se tendrá que añadir a cada mes desde que se produjo el ingreso o desde que expiró el plazo que tenía Hacienda para pagar la devolución.