Por causa del Real Decreto 8/2020 que, según los expertos, contenía errores

Las mutuas avisan que 261.872 autónomos están en riesgo de tener que devolver las ayudas de la pandemia

La patronal de las mutuas AMAT ha enviado una carta a la Seguridad Social en la que informa que 261.872 autónomos están en riesgo de tener que devolver las ayudas extraordinarias por cese de actividad que percibieron al principio de la pandemia. Pronto se solicitará a estos autónomos que justifiquen su derecho a las prestaciones o que devuelvan el dinero.
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Las mutuas avisan que 261.872 autónomos están en riesgo de tener que devolver las ayudas de la pandemia
Las mutuas avisan que 261.872 autónomos están en riesgo de tener que devolver las ayudas de la pandemia

Más de 261.872 autónomos están en riesgo de tener que devolver cientos o incluso miles de euros de las prestaciones extraordinarias por cese de actividad que percibieron al principio de la pandemia, hace ya más de tres años.  Esto supone más del 17% de todos los beneficiarios. Así consta en una carta a la que pudo tener acceso este diario en exclusiva de la Asociación de Mutuas de Accidente de Trabajo (AMAT) enviada a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS) en la que le advierte de esta grave circunstancia .

En la misiva, la asociación pregunta al órgano de la Seguridad Social cuando deben de iniciar el procedimiento de revisión, dado que es la Seguridad Social la que lo decide. A partir de ese momento, este proceso se hará en un plazo máximo de 90 días.

En la carta, AMAT manifiesta la "enorme preocupación" de todas las mutuas porque, ateniéndose a la norma aprobada por el Gobierno, se tendrían que revisar los expedientes de estos beneficiarios de las prestaciones extraordinarias de Cese de Actividad habida cuenta de las normas que estableció el Gobierno en el Real Decreto-ley 8/2020, para que los autónomos cobraran estas ayuda en tiempo de pandemia, es decir, las que percibieron los trabajadores por cuenta propia durante tres meses al principio de la pandemia, de marzo a junio de 2020.

Esto significa que, según AMAT, 261.872 autónomos están ahora mismo en riesgo de tener que devolver, como mínimo, 660 euros más la exoneración de su cuota por cada uno de los tres meses que percibieran la prestación por cierre o caída de ingresos, todo motivado por las reglas que estableció el Real Decreto. La revisión y posible devolución se debería a que estos trabajadores habrían incumplido las condiciones de estas ayudas, como pueden ser no haber acreditado el cierre o estar por encima del porcentaje de caída de facturación requerido en la norma, entre otras.

En algunos casos viene por la incompatibilidad de la prestación que se inició en marzo de 2020 con otras pensiones como la de viudedad. El Gobierno reconoció que este último requerimiento era un error parece que, aún con todo, piensa reclamar las ayudas a los autónomos que percibían en ese momento otras prestaciones que nada tienen que ver con el cese de actividad ni la situación extraordinaria que se estaba viviendo en aquel entonces. También hubo otros fallos del Real Decreto que podrían estar generando muchas de estas revisiones como por ejemplo la exigencia de acreditar la caída de un 75% de los ingresos para autónomos como arquitectos o diseñadores que trabajan por proyectos en determinadas épocas del año y no pueden justificar muchas veces tal caída. O los autónomos en módulos, cuya facturación declarada no tenía por qué corresponderse a sus ingresos reales. Las casuísticas y la inseguridad jurídica en aquellos momentos eran muy grandes.

Las organizaciones de autónomos, aún hoy, siguen pidiendo que se rectifiquen y modifiquen las causas por las que se está haciendo este procedimiento "masivo" de revisión. "Una vez más se están exigiendo responsabilidades a los autónomos sin tener en cuenta la absoluta vulnerabilidad y excepcionalidad en la que se encontraban en ese momento. Más de tres años después, se ha seguido solicitando que se flexibilice y se tengan en cuenta en este Real Decreto 8/2020, que tantos errores tenía, la excepcionalidad de la situación de la pandemia. Se debería modificar retroactivamente para que los autónomos no tengan que devolver dinero por estas ayudas", explicó uno de los abogados laboralistas que más han seguido este tema. .

En todo caso, según explica AMAT en la carta, a finales de marzo de 2024, con carácter general, termina el plazo para ejercitar la acción para exigir la devolución del importe de las prestaciones indebidamente percibidas, el abono de diferencias o la documentación de las prestaciones que no estaban bien justificadas. Por ello, la asociación  de mutuas urge a la Seguridad Social para que determine el momento en el que quiere que estas entidades inicien el proceso de revisión y reclamación. Ya que la potestad es de la Seguridad Sociaql. A partir de ahí, habrá dos posibilidades para los autónomos: que justifiquen, si pueden, que tenían derecho a esta ayuda o que devuelvan cientos, o incluso miles de euro percibidos hace más de tres años.

Fuentes de la Seguridad Social explican que esos datos son una primera estimación de AMAT que incluye muchos casos que son simples faltas de documentación o datos erróneos, que pueden subsanarse. Hay que recordar que esta ayuda llegó a 1,5 millones de autónomos en el momento más álgido de la pandemia

Causas y tipología de autónomos que están en riesgo de tener que devolver las ayudas por cese de actividad

Este proceso de revisión y reclamación constará de varias fases que se iniciarán dependiendo de los motivos por los que se están revisando las ayudas, y el tiempo que las mutuas esperan que se vayan a alargar cada una de las justificaciones. Como aparece en la tabla incluida en la carta a la que tuvo acceso este diario, habría seis motivos por los que se estarían revisando a los autónomos: falta de documentación a incluir; no estar al corriente de pago en las cotizaciones; beneficiario de prestaciones incompatibles; falta de acreditación en la suspensión de la actividad; no cumplir con el 75% de caída de facturación y otros motivos.

Captura
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Como era de esperar, la principal causa por la que se va a revisar a los autónomos es no haber cumplido con el 75% de caída de facturación en los seis meses anteriores. Desde las organizaciones no sólo avisaron que este porcentaje era muy elevado, sino que además era muy difícil de justificar en algunos casos, como el de autónomos que prestan servicios de manera puntual en algunas épocas del año o los propios autónomos en módulos, cuyas declaraciones no tienen que ver con sus ingresos reales. 57.099 trabajadores por cuenta propia están en riesgo de devolver las ayudas por este motivo.

Resulta llamativo que la segunda causa más frecuente por la que se están revisando estas ayudas no tiene que ver como tal con el derecho a esta ayuda, que se basa en la facturación o en el cierre, sino con la obligación de estar al corriente de pago en las cotizaciones sociales. Se va a revisar a un total de 52.059 autónomos por este motivo. 

La falta de documentación a incluir, que afecta a 49.526 autónomos quizás sea el motivo más fácil de subsanar y por el que muchos autónomos es posible que no vayan a tener que devolver las ayudas. En este caso, sería necesario aportar las justificaciones que reclame la multa.

El siguiente motivo por el que se deberían devolver las ayudas es el de incompatibilidad con otras prestaciones. Esta causa fue puesta en tela de juicio en abril y se modificó más adelante, ya que, como denunció ATA, no tenía sentido impedir a perceptores de pensiones como la de viudedad acceder a una prestación por cese de actividad a raíz de la pandemia

Por último, habría 25.355 autónomos en riesgo de devolver las ayudas a causa de no haber justificado correctamente el cierre de su negocio y 39.942 por "otros motivos" que no se especifican.

¿Qué fases y plazos habrá para revisar las ayudas por cese de actividad?

Según explicó AMAT, se ha alcanzado un acuerdo entre las juntas directivas de esta asociaciones para que este proceso se lleve a cabo de forma estructurada, en tres fases, desde el momento en el que la Seguridad Social permita hacer la revisión.

En la fase 1 las Mutuas llevarán a cabo las etapas del Proceso de Revisión y Reclamación, exclusivamente para los expedientes relacionados con las Causas 1º, 2º y 3º -falta de documentación, otros motivos y no estar al corriente de pago-,  "dado que previsiblemente serán las que menor número de expedientes con Resolución Anulatoria o Modificatoria generen", según AMAT.  Esto se debe a que los autónomos que no estén al corriente de pago difícilmente podrán aportar alguna justificación y tendrán que devolver las ayudas, y los que estén pendientes de aportar documentación sólo deberán aportarla.

Cuando la Seguridad Social marque el inicio de las revisiones, las Mutuas comunicarán la Apertura a Trámite, para que los autónomos beneficiarios aporten la documentación correspondiente. Los beneficiarios deberán aportar dicha información en el plazo de 15 días desde esa fecha.

En la fase 2, cuando ya se haya cerrado la etapa de comunicación y recepción o no de documentaciones o alegaciones, se iniciarán las comunicaciones para ejercer la acción de devolución de las prestaciones indebidas o el abono de diferencias, que en algunos casos serán desfavorables para los beneficiarios.

En la fase 3, las Mutuas ejecutarán las etapas del Proceso de Revisión y Reclamación, para los expedientes relacionados con las Causas 4º, 5º y 6º -beneficiarios de prestaciones incompatibles, falta de acreditación de cierre o no cumplir la caída del 75%-. Transcurridos 70 días naturales desde el momento en el que Seguridad Social haya dado el visto bueno al inicio de la revisión, las Mutuas comunicarán la Apertura a Trámite, para que los Autónomos beneficiarios aporten la documentación correspondiente. Los beneficiarios deberán aportar dicha información en el plazo de 85 días desde ese momento.

A  partir de los 130 días transcurridos desde el momento en el que la Seguridad Social dio inicio a las revisiones, las Mutuas comunicarán las Resoluciones Definitivas a los autónomos afectados y, en su caso, ejercerán la acción para exigir la devolución de las prestaciones indebidas o el abono de diferencias.