El Ejecutivo ha extendido medidas y ha aprobado alguna nueva

Requisitos que deberán cumplir los autónomos para acceder a cada una de las nuevas ayudas del Gobierno

El Gobierno aprobó este sábado un decreto de medidas para intentar paliar el incremento de los costes. Algunas están dirigidas a los autónomos de determinados sectores. Éstos son los requisitos que deberán cumplir para acceder a ellas.
ayudas autónomos verano
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez
Requisitos que deberán cumplir los autónomos para acceder a cada una de las nuevas ayudas del Gobierno

El Gobierno dio luz verde el pasado sábado en Consejo de Ministros extraordinario al Real Decreto-ley 11/2022, con el que aprueba una batería de medidas para intentar paliar el incremento de costes que están sufriendo los hogares, los trabajadores y los autónomos. Algunas de estas ayudas son nuevas y otras ya estaban vigentes pero se han prorrogado hasta final de año.  

La nueva norma, que ya ha salido publicada en el Boletín Oficial del Estado, desarrolla todo un paquete de medidas urgentes para dar respuesta al incremento de costes que viene padeciendo desde hace meses la sociedad y que se ha agravado desde el inicio la guerra en Ucrania. Según el Gobierno, se trata de un completo paquete de ayudas directas, reducciones y bonificaciones "que busca proteger a los sectores más vulnerables así como paliar los efectos de la guerra y las tensiones inflacionistas en los ciudadanos y las empresas del país".  

Sin embargo, la principal organización representativa de los autónomos, la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), echó en falta un paquete de medidas más centrado en el colectivo, ya que la mayoría de las ayudas van dirigidas a sectores muy específicos y, el resto, como la rebaja del IVA de la luz, dejan fuera a muchos trabajadores por cuenta propia. "La luz, el carburante lo estamos pagando más caro todos. Por tanto, cuando se pongan medidas hay que pensar en medidas que sean generalizadas", denunció el presidente de ATA, Lorenzo Amor, durante su intervención en la inauguración del décimo curso de verano que organiza ATA en la Universidad Rey Juan Carlos

A esto se añade que, junto a las medidas aprobadas que pueden beneficiar a algunos autónomos, también se ha extendido la prohibición de despedir, que supuestamente iba a acabar este 30 de junio. Una vez más,  los trabajadores por cuenta propia tendrán que decidir si seguir arrastrando la mala situación que encadenan desde principios de la pandemia y no cobrar ninguna ayuda, o hacerlo y comprometerse a no despedir por causas objetiva. Esto teniendo en cuenta que dentro de unos meses podrían no tener capacidad para seguir pagando los salarios y cotizaciones de sus empleados. 

No obstante, algunas de estas medidas pretenden dirigirse a las empresas y a los autónomos de determinados sectores, como puede ser la prórroga durante tres meses más de los aplazamientos de las cuotas a la Seguridad Social o una nueva línea de ayudas directas para los negocios de la industria de gas intensiva. Otras van dirigidas al conjunto de la ciudadanía -incluidos los autónomos-, como el nuevo cheque de 200 euros para hogares vulnerables, la ampliación de la bonificación al carburante o la extensión del bono social eléctrico. Pese a que ATA ha denunciado que los requisitos para acceder a ellas dejan fuera a la mayoría de los trabajadores por cuenta propia.   

Nuevas ayudas del Gobierno: ¿Qué autónomos pueden acceder y cuáles son los requisitos?

El paquete de ayudas aprobado por el Gobierno aborda distintas medidas, algunas específicas para determinados sectores de autónomos y otras generales para todos los hogares y a las que sólo podrá acceder una pequeña parte del colectivo. En todas ellas hay que cumplir una serie de requisitos y, en la mayoría, los negocios tendrán que asumir la contrapartida de no poder despedir mientras se beneficien de estas medidas.

Condiciones de las principales medidas que afectan a los autónomos 

  • Ampliación de la bonificación de 20 céntimos en el carburante

El paquete de medidas del Gobierno también extiende la bonificación al carburante que ha estado vigente hasta la fecha. El Ejecutivo ha decidido ampliar hasta el próximo 31 de diciembre la reducción en 20 céntimos para todos los consumidores que van a tener que soportar las gasolineras anticipando el dinero que luego les será devuelto.  Sin embargo, las organizaciones echan en falta medidas específicas para los profesionales del transportes. Son necesarias ayudas que " sirvan realmente para ahorrar costes de carburante. Ahora mismo ,un transportista llega a pagar más de 1.000 euros para hacer una ruta", explicó el presidente de ATA, Lorenzo Amor.

  • Ampliación de la rebaja del IVA de la luz 

El Real Decreto también incluye la ampliación hasta final de año de la rebaja de un 10% a un 5% en el IVA de la luz .  Se trata de una reducción que bajaría de forma sustancia la factura eléctrica de los negocios. Sin embargo, una vez más, el Ejecutivo ha optado por extender el requisito de que los beneficiarios no puedan tener más de 10KW de potencia contratada para beneficiarse de esta medida.

En la práctica, esta condición, dejaría excluidos a la inmensa mayoría de los autónomos ya que difícilmente un bar, una peluquería o un taller van a poder tener tan poca potencia contratada.

  •  Incremento del Ingreso Mínimo Vital y de las pensiones no contributivas

La norma también incluye un incremento extraordinario hasta el 31 de diciembre de la cuantía del Ingreso Mínimo Vital. El Instituto Nacional de la Seguridad Social reconocerá un aumento en la prestación vigente sobre las mensualidades de abril a diciembre de 2022, ambas incluidas.

Este incremento consistirá en la aplicación de un porcentaje del 15% al importe mensual que tenga establecido cada beneficiario individual o unidad de convivencia en esos meses. Para acceder a todos los meses de incremento, el beneficiario tendría que tener reconocida ya la prestación, Si no, se aplicaría a partir del momento en el que se reconozca, siempre que sea antes del 31 de diciembre de 2022.

También se incrementará en la misma medida, un 15%, las pensiones de invalidez y jubilación que no sean contributivas -es decir. de personas que perciban la prestación sin cumplir el periodo mínimo de cotización-.

  • Nuevo cheque de 200 euros para autónomos vulnerables 

El Gobierno aprobó en el nuevo paquete de medidas un cheque de 200 euros para determinados colectivos vulnerables. La nueva ayuda directa no va dirigida específicamente para autónomos, pero sí los incluye expresamente en la lista de beneficiarios que podrían acceder a esta subvención, siempre y cuando cumplan unos determinados requisitos.

El artículo 31 introduce esta línea directa de ayudas , que va dirigida "a personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, que sean asalariados, autónomos o desempleados". En él, se especifica que podrán ser beneficiarios quienes realicen una actividad por cuenta propia -es decir, los autónomos- o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente. También podrán acceder los desempleados inscritos en la oficina de empleo.

Todos ellos deberán haber percibido en 2021 unos ingresos inferiores a 14.000 euros anuales y, además, tener un patrimonio inferior a 43.196,40 euros anuales. El cómputo de ingresos y de patrimonio se efectuará de manera conjunta, considerando todas las personas que residan con el beneficiario en un mismo domicilio a fecha 1 de enero de 2022.

Además, los beneficiarios deben tener residencia legal y efectiva en España en la fecha de entrada en vigor del  real decreto-ley y no pueden estar percibiendo algunas prestaciones como el Ingreso Mínimo Vital.

Si bien es cierto que cualquier autónomo, técnicamente, podría acceder a estas ayudas, el presidente de ATA, Lorenzo Amor, recordó que va a ser muy complicado que los trabajadores por cuenta propia logren cobrar finalmente esta línea. Al ser tan reducido el patrimonio que pueden tener a su nombre -menos de 44.000 euros. quedarían excluidos aquellos que tengan, por ejemplo, "una casa en propiedad".

  • Aplazamientos de las cuotas a la Seguridad Social para determinados sectores

El Real Decreto Ley 11/2022 amplía tres meses más los aplazamientos especiales de las cuotas de la Seguridad Social para ciertos sectores de autónomos y pequeños negocios. Esta medida, tal y como recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE), tiene como objetivo reforzar la liquidez de los autónomos más afectados por la crisis energética, pero también de otros trabajadores por cuenta propia como los agricultores afectados por la sequía y los autónomos que sufrieron las consecuencias de la erupción del volcán en La Palma. 

El principal requisito para acogerse a estos nuevos aplazamientos de las cuotas a la Seguridad Social será estar de alta en el RETA y formar parte de uno de esos tres grupos de beneficiarios, es decir, autónomos agrarios; transportistas; negocios vinculados con la acuicultura o la pesca y trabajadores por cuenta propia que se vieron afectados por la erupción del volcán. 

En el caso de los beneficiarios afectados por el volcán de La Palma,  podrán solicitar un aplazamiento de sus cotizaciones con un interés reducido del 0,5% en las cuotas de los meses de junio a agosto de 2022, en el caso de  que sean empresas, y entre los meses de julio a septiembre de 2022, en el caso de que fueran trabajadores autónomos.

Los transportistas y negocios vinculados al transporte -como taxis-  podrán aplazar sus cuotas con un 0,5% de interés entre los meses de agosto a octubre de 2022, en el caso de empresas, y entre los meses de septiembre a noviembre de 2022, en el caso de que sean trabajadores por cuenta propia.  

Por su lado, los negocios dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar podrán aplazar sus cuotas entre los meses de julio a septiembre de 2022, independientemente de que sean personas físicas o jurídicas.

En cuanto a los agricultores afectados por la sequía podrán solicitar un aplazamiento con las mismas condiciones pero entre los meses de julio a septiembre de 2022, en el caso de empresas incluidas en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios y entre los meses de agosto a octubre de 2022, si son autónomos.

  • Nueva línea de ayudas para autónomos de la industria intensiva en consumo de gas

El Real Decreto aprueba una nueva línea de ayudas directas específicamente dirigida a los autónomos y empresas de la industria intensiva en consumo de gas, correspondientes a 2022. Los beneficiarios de estas subvenciones tendrán que ser empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica o autónomos, que tengan domicilio fiscal en territorio español y que hayan realizado durante 2021 al menos una de las actividades que se detallan en el cuadro a continuación:

Captura
Lista de CNAEs de la Industria intensiva en consumo de gas que podrán acceder a las ayudas. Fuente: BOE

Los autónomos o empresas de estos sectores tendrán que presentar la solicitud entre el día 15 hasta el 31 de agosto en la plataforma que activará para ello la Agencia Tributaria. En cuanto al importe de las ayudas para cada beneficiario, consistirá en una cantidad, dependiendo de su CNAE, multiplicada por su número de empleados que consten dados de alta en la Seguridad Social a fecha 15 de junio de 2022, con una cuantía bruta máxima de 400.000 euros. La cantidad por empleado en cada CNAE será 2.600 euros. 

  • Ampliación del cese de actividad y ERTE para autónomos afectados por el Volcán de La Palma

El Real Decreto-Ley, además de introducir medidas para paliar el aumento de costes, incluye también una prórroga de las ayudas para autónomos afectados por el volcán de La Palma. Por un lado, se extenderán automáticamente los ERTE extraordinarios y las exoneraciones de las que se estuvieran beneficiando hasta ahora los negocios que sufrieron las consecuencias de la erupción.

Además, a partir de 1 de julio de 2022, los autónomos que vinieran percibiendo el 30 de junio de 2022 las prestaciones por cese de actividad como consecuencia directa de la erupción volcánica podrán seguir beneficiándose de esta ayuda (670 euros) hasta el 31 de diciembre. 

Los requisitos para seguir cobrando esta prestación seguirán siendo:

  • Haber visto completamente suspendida su actividad
  • Estar afiliados y en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) el 19 de septiembre de 2021
  • Hallarse al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social. No obstante, si en la fecha de la suspensión de la actividad no se cumpliera este requisito, el órgano gestor invitará al pago al trabajador autónomo para que en el plazo improrrogable de treinta días naturales ingrese las cuotas debidas.  

Los autónomos que vieron afectado su negocio pero no suspendieron su actividad por completo, podrán también cobrar una prestación hasta el próximo 31 de diciembre pero cumpliendo los siguientes requisito

  • Estar dado de alta y al corriente en el pago de las cotizaciones en el RETA el 19 de septiembre de 2021. No obstante, si en la fecha de la presentación de la solicitud no se cumpliera el requisito de estar al corriente en el pago de las cotizaciones, el órgano gestor invitará al pago al trabajador autónomo para que en el plazo improrrogable de treinta días naturales ingrese las cuotas debidas.
  • Tener rendimientos netos computables fiscalmente procedentes de la actividad por cuenta propia en el primer y segundo trimestre de 2022 inferiores al 75% del SMI 
  • Acreditar en el primer y segundo trimestre del 2022 un total de ingresos computables fiscalmente de la actividad por cuenta propia con una reducción al menos en un 50% respecto a los que tuvo el primer y segundo trimestre del 2019.

Cambios en el método de cálculo de las ayudas directas para autónomos de la pesca y acuicultura

El Real Decreto no sólo incluye nuevas medidas y prorroga otras, sino que también modifica el método de cálculo para las ayudas directas que se aprobaron el pasado abril para autónomos de la agricultura o la pesca. Según explica el texto, la UE ha solicitado modificar "la metodología de cálculo del importe de la ayuda por diferencia entre la media histórica y el valor actual de los costes elegibles para el periodo de referencia. 

Con la entrada en vigor de la norma, en el caso de los autónomos al frente de buques pesqueros, el importe de ayuda  se calculará finalmente de la siguiente manera:

  • Cebo, sal y hielo: 8% del coste real presentado mediante las facturas de compra.
  • Envases y embalajes: 15% del coste real presentado mediante las facturas de compra. 
  • Aprovisionamientos: 8% del coste real presentado mediante las facturas de compra de los conceptos de alimentación, bebidas no alcohólicas, ropa de trabajo y gas  
  • Aparejos: 11% del coste real presentado mediante las facturas de conservación y reparación. 
  • Lubricantes: 27% del coste real presentado mediante las facturas de compra.
  • Transporte: La diferencia entre el valor en euros de los costes de transporte asumidos en dicho período de referencia del 2022 y el valor medio en euros de los costes de transporte asumidos en el periodo de referencia durante 2019, 2020 y 2021
  • Combustible: La diferencia entre el valor en euros de los costes de combustible asumidos en el período de referencia del 2022 y el valor medio en euros de los costes de combustible asumidos en el periodo de referencia durante 2019, 2020 y 2021, con un máximo a percibir resultante de multiplicar los litros consumidos del 24 de febrero al 30 de junio de 2022 por 0,2 €/litro. 

Para los autónomos y empresas al frente de negocios de la acuicultura, el importe de las ayudas se calculará de la siguiente manera:

  • Pienso y alimentación animal: 22% del coste real presentado mediante las facturas de compra. 
  • Oxígeno: 14% del coste real presentado mediante las facturas de compra. 
  • Transporte: La diferencia entre el valor en euros de los costes de transporte asumidos en dicho período de referencia del 2022 y el valor medio en euros de los costes de transporte asumidos en el periodo de referencia durante 2019, 2020 y 2021.