Se pueden solicitar hasta el 10 de noviembre

La Comunidad de Madrid destina 20 millones en ayudas para empleo y digitalización de autónomos

La Comunidad de Madrid va a destinar 20 millones de euros para ayudas que contribuyan al mantenimiento del empleo y la digitalización de autónomos y microempresas. Se pueden solicitar hasta el 10 de noviembre a través de la sede electrónica del Gobierno regional.

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Las ayudas también llegarán a las microempresas de la Comunidad de Madrid.
La Comunidad de Madrid destina 20 millones en ayudas para empleo y digitalización de autónomos

La Comunidad de Madrid va a destinar 20 millones de euros para ayudas que contribuyan al mantenimiento del empleo y la digitalización de autónomos y microempresas (aquellas con menos de diez asalariados y que no llegan a dos millones de facturación). Se pueden solicitar hasta el 10 de noviembre a través de la sede electrónica del Gobierno regional.

Este nuevo programa subvencionará con 5.000 euros a trabajadores por cuenta propia y negocios que tengan su domicilio fiscal en la región, con empleados que estén dados de alta ininterrumpidamente durante el medio año previo a la fecha de la publicación de la convocatoria. En caso de no cumplir esa condición, podrán recibir estos incentivos con el compromiso de mantener, como mínimo, el mismo número de personas contratadas con el que cuenten en ese momento, durante los seis meses posteriores a la misma.

Además, los autónomos sin empleados a su cargo también podrán beneficiarse, si han estado inscritos en el Régimen Especial de la Seguridad Social para Trabajadores Autónomos (RETA) medio año antes de la convocatoria y se mantienen por el mismo período en dicho régimen desde esa fecha. En todos estos casos, deberán haber realizado alguna actuación orientada a la modernización de estos negocios, como asesoramiento personalizado para encontrar áreas de mejora o formaciones teóricas o prácticas en ese ámbito, así como inversiones en contratación de páginas web y desarrollo de canales digitales de comunicación, publicidad, venta, o instalación de placas solares y otro tipo de sistemas de producción de energía no contaminante y renovable.

La tramitación será posible exclusivamente vía online. Para ello, es necesario disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid, es decir, Identifica, Sistema Clave, certificado electrónico o DNI electrónico. Las notificaciones que envíe la unidad de tramitación de la Comunidad de Madrid se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid, con lo que hay que tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darse de alta se puede acceder mediante el Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, quedará habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde será posible: aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y consultar su estado de tramitación. Hay más información en la Guía de tramitación electrónica, disponible en: https://sede.comunidad.madrid/guia-tramitacion-electronica

Documentación a presentar

Junto a la solicitud, hay que aportar una serie de documentos, como son:

  • Memoria justificativa de la actuación o inversión realizada para la transformación productiva hacia una economía digital y respetuosa con el medio ambiente.
  • Otorgamiento de representación, en aquellos casos en los que se confiera.
  • La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que el autónomo se oponga, en cuyo caso deberá aportar lo siguiente:

- Para todos los solicitantes: certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social y Número de Identificación Fiscal (NIF) y domicilio fiscal.

- Para todas las personas trabajadoras autónomas: Informe de vida laboral.

- Para las personas trabajadoras autónomas y entidades jurídicas que hayan mantenido los puestos de trabajo seis meses antes de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, o los vayan a mantener seis meses después de dicha publicación, además, serán necesarios los códigos de cuenta de cotización de empresa a una determinada fecha.

  • Igualmente, la Comunidad consultará por medios electrónicos los datos de los siguientes documentos, previa autorización. De lo contrario, habrá que aportar:

- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).