La subvención para nuevos autónomos será compatible con la cuota cero

Los desempleados que emprendan un negocio en Canarias pueden optar a ayudas de hasta 9.000 euros

Los desempleados canarios que se den de alta en el RETA para abrir un negocio como trabajadores por cuenta propia pueden optar a una ayuda autonómica de hasta 9.000 euros. Según ATA, será compatible con la cuota cero.

Podrán solicitarse hasta el próximo 1 de julio de este año.
Los desempleados que emprendan un negocio en Canarias pueden optar a ayudas de hasta 9.000 euros

Canarias subvencionará con hasta 9.000 euros el inicio de la actividad como autónomos de aquellos desempleados que decidan emprender un negocio por cuenta propia. Así se ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), a través de una convocatoria que ya está abierta.

Las ayudas al inicio de la actividad para los nuevos autónomos de Canarias, que serán compatibles con la obtención de la cuota cero (una vez que se hayan publicado sus bases), ya pueden solicitarse a través de la página web del gobierno autonómico. Estas subvenciones, de carácter anticipado y que podrán alcanzar un importe de hasta 9.000 euros, se lanzan en régimen de concurrencia no competitiva, con la finalidad de promocionar el autoempleo. 

Según las bases de la convocatoria, podrán solicitarse, en principio, hasta el próximo 1 de julio de 2024 por las personas desempleadas que se establezcan como autónomas dándose de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) u otros regímenes especiales de trabajadores por cuenta propia. 

Como explicó a este medio Pedro Andueza, presidente de ATA Canarias, “según nos transmitieron en las negociaciones con el gobierno, la ayuda será compatible con la cuota cero, con lo que se trata de importantes incentivos al autoempleo". En el caso de aquellos beneficiarios que también soliciten posteriormente la cuota cero, Andueza recuerda que "deberán cumplir los requisitos de la Tarifa Plana estatal", como sucede en el resto de comunidades autónomas.

Hasta 9.000 euros para los autónomos que inicien su actividad en Canarias

El Boletín Oficial de Canarias (BOC) ya ha publicado los requisitos para aquellas personas que se den de alta en el RETA y puedan acogerse a una ayuda de hasta 9.000 euros de ayuda al inicio de su actividad. 

Este incentivo al emprendimiento, en régimen de concurrencia no competitiva, podrá solicitarse hasta el próximo 1 de julio de este año, "en principio, o hasta agotamiento del crédito", apuntó Andueza, si bien la partida de 12,5 millones de euros con la que cuenta podrá ser ampliada posteriormente, como señala el boletín. 

Como novedad, “según las negociaciones con el gobierno autonómico, estas ayudas de promoción al empleo autónomo serán compatibles este año con la cuota cero”, por lo que sus beneficiarios también podrán acogerse a este incentivo, una vez que se hayan publicado sus bases y que “hayan solicitado y obtenido previamente la Tarifa Plana”, explicó a este medio Pedro Andueza, presidente de ATA Canarias. 

Además, al ser ayudas en concurrencia no competitiva, “aquellos interesados que queden fuera por agotamiento del presupuesto, siempre que cumplan con los requisitos y vuelvan a formalizar la solicitud, podrán solicitarlas de nuevo el próximo año”, aclaró Andueza. 

Los solicitantes deben estar inscritos como demandantes de empleo antes de darse de alta en el RETA

Según explicó Andueza, para acceder a las subvenciones previstas en este programa se establecen como beneficiarios a “las personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo u otros servicios en el Servicio Canario de Empleo” cuando se establezcan como trabajadoras autónomas en Canarias, es decir, que uno de los requisitos fundamentales es figurar como desempleado antes del alta de autónomo

Además, incluye también a aquellos trabajadores por cuenta propia que se den de alta en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar por Cuenta Propia o Autónomos, en el régimen especial que corresponda o en la Mutualidad del colegio profesional, así como “cuando formen parte de una comunidad de bienes o sociedad civil particular, siempre que la ayuda se solicite a título individual”. También aplicará en aquellos casos en los que el demandante de empleo se dé de alta “como trabajador autónomo económicamente dependiente (TRADE)” detalló el presidente canario de la asociación. 

¿Qué requisitos deben cumplir los nuevos autónomos canarios para acceder a las ayudas?

Según el presidente de ATA Canarias, como requerimiento destaca "la necesidad de contar con un plan de viabilidad, el Plan Económico y Financiero o Plan de Empresa de la actividad económica", otro aspecto novedoso dentro de este tipo de ayudas. Así, aquellos trabajadores por cuenta propia que quieran solicitarla, deben tener en cuenta éste y otros requisitos recogidos en las bases. Entre los principales se encuentran:

  • Estar inscrito como demandante de empleo antes del alta de autónomo.
  • Estar dado de alta en el RETA, en el Régimen Especial por cuenta propia que corresponda o Mutualidad del colegio profesional, con anterioridad a la presentación de la solicitud de subvención, teniendo esta la consideración de fecha de inicio de la actividad. Los beneficiarios no podrán “estar en alta en el IAE, ni en el IGIC, ni en la misma, ni en otra actividad económica con anterioridad al alta en la actividad por la que solicita la subvención”. 
  • Solicitar la subvención en el plazo máximo de un año contado a partir de la fecha de alta en el RETA, Régimen Especial por cuenta propia que corresponda o Mutualidad de Colegio profesional. Aquellos que cumplan el año de alta entre el 1 de enero de 2023 y la fecha de publicación de estas bases “podrán presentar las solicitudes de subvención hasta el mismo día en que concluya el plazo de presentación previsto en dicha convocatoria”. Es decir, el 1 de julio de 2024.
  • Para actividades profesionales que obliguen a los autónomos a estar colegiados en el correspondiente colegio profesional “se exigirá este requisito con carácter previo al alta en la actividad”
  • Realizar "una actividad económica o profesional a título lucrativo, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena”. 
  • Realizar la actividad empresarial o profesional en territorio canario.
  • Tener el domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias desde la fecha de inicio de la actividad.
  • En el caso de los solicitantes con grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% y las autónomas con la condición de víctima de violencia de género reconocida, cumpliendo con  los requisitos establecidos, “podrán ser beneficiarias del correspondiente incremento en la subvención” siempre que la documentación acreditativa pertinente en cada caso se encuentre incorporada a su demanda de empleo o al expediente administrativo “con anterioridad a la resolución de la solicitud de subvención”. 
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no estar incurso en ninguna prohibición prevista en el artículo 13 de la Ley 38/2003. 
  • Estar de alta a terceros en el Sistema de Gestión Económica y Financiera del Gobierno de Canarias (SEFLOGIC), a través de la sede electrónica del procedimiento, en la Consejería competente en materia de Hacienda.  
  • Haber acreditado mediante declaración responsable el cumplimiento de obligaciones de reintegro de subvenciones, así como declarar “las subvenciones, ayuda, ingresos o recursos obtenidos o solicitados para la misma finalidad o, en su caso, no haberlo obtenido o solicitado”, y las ayudas de minimis recibidas en los tres ejercicios anteriores.
  • Haber confeccionado un Plan Económico y Financiero o Plan de Empresa de la actividad económica, por la que se solicita la subvención "en los seis meses anteriores o posteriores de su alta como persona trabajadora autónoma". Éste tendrá que ser validado por alguna de las siguientes entidades:
    • Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Santa Cruz de Tenerife.
    • Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Gran Canaria.
    • Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Lanzarote y La Graciosa.
    • Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Fuerteventura.
    • Confederación Canaria de Empresarios (CCE).
    • Confederación Provincial de Empresarios de Santa Cruz de Tenerife (CEOE Tenerife).
    • Fundación Universitaria de Las Palmas (FULP).
    • Fundación General de la Universidad de La Laguna.
    • El Plan Económico y Financiero o Plan de Empresa podrá ser validado por una entidad local canaria  como el Cabildo, Ayuntamiento o Entidad Mercantil dependiente de los mismos, cuando estén suscritas al Convenio de Adhesión a la utilización de la herramienta Plan de Empresa propiedad del SCE.

¿Qué debe incluir el plan de viabilidad exigido para acceder a la ayuda?

Este plan de negocio, que deberá estar validado por las instituciones anteriores, deberá contar con "un análisis de viabilidad de los dos primeros ejercicios, el plan de negocio (una progresión de cuenta de resultados a dos años) y un plan de inversión, que incluye también cómo esta se va a monetizar", aclararon desde ATA Canarias, y podrá estar realizado por un tercero profesional en el ámbito. 

Las cantidades de la subvención varían en función de las circunstancias personales del autónomo

Como detalló Andueza, la convocatoria contempla a varios colectivos, priorizando a desempleados, jóvenes y mujeres. Así, la cuantía de la subvención que se graduará "en función de la dificultad para el acceso al mercado de trabajo de la persona solicitante". Para ello, se valorará su inclusión en alguno de los siguientes colectivos: 

  • Hombres desempleados en general, 5.000 euros.  
  • Hombre de 30 o menos años, 6.500 euros.
  • Hombre con discapacidad, 7.000 euros. .
  • Hombre de 45 o más años, 6.500 euros.  
  • Mujeres desempleadas en general, 7.000 euros. 
  • Mujer de 30 o menos años, 8.500 euros. 
  • Mujer con discapacidad, 9.000 euros. 
  • Mujer de 45 o más años, 8.500 euros.