Guía para cumplimentarlos

¿Quieres montar una empresa?: atento a los modelos 036 y 037

Para montar una empresa en España tienes que rellenar, sí o sí, uno de los modelos de declaración censal de empresarios, profesionales y retenedores. Se trata del 036 o 037. Cumplimentar uno u otro dependerá del tipo negocio y de sus dimensiones.

impuestos-autonomos
¿Quieres montar una empresa?: atento a los modelos 036 y 037

Antes de iniciar tu actividad por cuenta propia, debes decirle a Hacienda que vas a empezar a realizarla. Para ello es necesario darse de alta obligatoriamente en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Una acción que se puede realizar tanto presencial como de forma telemática y que se lleva a cabo a través de la presentación del modelo 036 o 037. Ambos documentos se utilizan para lo mismo: darse el alta en el Censo, comunicar a la Agencia Tributaria las modificaciones fiscales de los mismos y darse de baja en el censo.

La diferencia entre uno y otro es que el modelo 037 está pensado para los trabajadores autónomos, es la declaración censal simplificada y son sólo tres las páginas que hay cumplimentar. Y el modelo 036 por el contrario, está pensado para las empresas (pymes incluidas), es la declaración censal normal y tiene ocho páginas que hay que rellenar

Guía para presentar el modelo 037

Uno de los primeros pasos para ejercer cómo autónomo es presentar el modelo 037. Éste lo pueden presentar las personas, que cómo detalla las instrucciones de la Agencia Tributaria, cumplan con estas características:

  • Residan en España.
  • Tengan NIF.
  • No sean gran empresa.
  • No actúen por medio de representante.
  • Su domicilio fiscal coincida con el de gestión administrativa.
  • No estén incluidos en los regímenes especiales del Impuesto sobre el Valor Añadido, a excepción del Régimen simplificado, Régimen especial de la agricultura ganadería y pesca, o Régimen especial de recargo de equivalencia o Régimen especial del criterio de caja.
  • No figuren inscritos en el Registro de operadores intracomunitarios o en el registro de devolución mensual.
  • No realicen ninguna de las adquisiciones no sujetas previstas en el artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • No realicen ventas a distancia.
  • No sean sujetos pasivos de Impuestos Especiales ni del Impuesto sobre Primas de Seguros.
  • No satisfagan rendimientos de capital mobiliario

Los que cumplan estos requisitos podrán utilizar el documento para darse de alta o baja en el Censo de Empresarios, o para comunicar a la Agencia Tributaria cualquier tipo de cambio o modificación referente a su actividad. Éste se puede presentar tanto presencial en la Administración o Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria como electrónicamente a través del certificado electrónico o el sistema Cl@ve PIN. Y consta de tres páginas

Primera página del modelo 037

En esta primera página nos encontramos primero con las causas de presentación. Siempre que se presente este modelo hay que “consignar la causa que motiva su presentación” -alta, modificación y baja- y rellenar sólo las casillas que han sufrido alguna modificación. También deberán rellenarse en esta primera página los datos referidos a la persona física: NIF, nombre y apellidos, el domicilio fiscal, número de teléfono...

Segunda página del modelo 037

Los impuestos son los protagonistas de esta segunda página. El interesado deberá cumplimentar aspectos referidos al Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y sobre el Impuesto Sobre el Valor Añadido (IVA). Este último está dividido en información de obligaciones (debe indicar si realiza sólo operaciones no sujetas o exentas de IVA que no obligan a presentar autoliquidación periódica); el inicio de la actividad (se comunica cuándo se va a comenzar con el ejercicio de la actividad); los regímenes aplicables (General, Régimen especial recargo de equivalencia; Régimen especial agricultura, ganadería y pesca, Régimen especial simplificado y Régimen especial del criterio de Caja); y deducciones.

Tercera página del modelo 037

En esta tercera página se utiliza para comunicar a la Agencia Tributaria las obligaciones de los retenedores de modelos de retención e ingresos a cuenta (modelos 111 y 115). También para hacerle saber sobre el alta, baja o variación de alguna de las actividades económicas y los datos referido al local dónde se va a llevar a cabo la actividad.

Cuarta página del modelo 037

Esta página sólo se rellena con la información de los sucesores de una persona física cuando se comunique la baja en el censo de empresarios por fallecimiento de dicha persona.

Guía para rellenar el modelo 036

El modelo 036 es que tienen que presentar todos los emprendedores que estén pensando en montar una empresa, ya sea una pyme una gran compañía. Están según las instrucciones de la Agencia Tributaria, obligados:

  • Los empresarios o profesionales que vayan a comenzar una actividad en España.
  • Quienes sean destinatarios de servicios prestados por empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido respecto de los cuales sean sujetos pasivos.
  • Los empresarios o profesionales que presten servicios que no se localicen en el territorio de aplicación del Impuesto cuando el sujeto pasivo sea el destinatario de los mismos.
  • Los no residentes que operen en territorio español mediante establecimiento permanente o satisfagan en dicho territorio rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta, así como las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español. Asimismo, los establecimientos permanentes en territorio español de las personas jurídicas o entidades no residentes deben presentar declaración de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.
  • Los socios, herederos, comuneros, o partícipes de entidades en régimen de atribución de rentas que tengan obligaciones tributarias derivadas de su condición de miembros de tales entidades.
  • Los no establecidos en el territorio de aplicación del IVA que sean sujetos pasivos del mismo, excepto que hubieran resultado exonerados del cumplimiento de obligaciones censales por el Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Tributaria.
  • En cualquier caso, mediante la declaración censal de alta las personas jurídicas y entidades en general y las personas físicas empresarios o profesionales que no dispongan de él, solicitarán el Número de Identificación Fiscal (NIF).

El modelo 036 se puede utilizar tanto para el alta, para hacer saber a la Administración tributaria cuando ha variado alguno de sus datos identificativos o algún otro dato de una declaración anterior, y la baja. Este puede presentarse impreso, o vía online mediante el certificado digital o con el sistema  Cl@ve PIN. Tiene ocho páginas

Primera página del modelo 036

En esta primera página hay que notificar las causas de la presentación: alta, modificación y baja. Y habrá que rellenar sólo las casillas que han sufrido alguna modificación. También deberán rellenarse el lugar, la fecha y la firma de la persona.

Segunda página del modelo 036

En la segunda página tenemos tres opciones: persona físicas; persona jurídica o entienda; o establecimiento permanentes de una persona jurídica o entidad no residente:

  • Persona física: se rellenan los datos relativos al titular de la declaración censal como: la residencia fiscal en España, la nacionalidad, nombre y apellidos, datos de teléfono, direcciones de correo electrónico y establecimiento permanentes.
  • Personas jurídicas y entidades: es la misma información del anterior apartado, pero referida a la empresa. Destaca por ejemplo que hay que especificar la forma jurídica que va a tener la empresa
  • Establecimientos permanentes de una persona jurídica o entidad no residente. Hay que cumplimentar más datos referidos a la empresa

Tercera página del modelo 036

Es la página de los representantes, y en ella hay que indicar la causa de presentación: la notificación del nombramiento de un representante (alta), para comunicar la revocación o renuncia a la representación (baja) o, en otro caso, para comunicar cualquier tipo de modificación (modificación).

Cuarta página del modelo 036

Esta cuarta página sirve para notificar el alta, baja o variación de alguna de las actividades económicas y los datos referido al local dónde se va a llevar a cabo la actividad.

Quinta página del modelo 036

Las grandes empresas o de Administración Pública con un presupuesto anual aprobado superior a 6.000.000 € tienen que indicar con una 'X' en la casilla correspondiente para el cobro del sujeto pasivo. También en esta página se encuentra toda la información referente al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Sexta página del modelo 036

El interesado deberá rellenar los datos según se trate de un contribuyente del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (apartado A) o de un sujeto pasivo del Impuesto sobre Sociedades (apartado B) o del Impuesto sobre la Renta de los No Residentes correspondiente a establecimientos permanentes o a entidades en atribución en el extranjero con presencia en territorio español (apartado C); según establecen las instrucciones de la Agencia Tributaria.

Séptima página del modelo 036

En esta página se rellenan las retenciones e ingresos a cuenta; otros impuestos; y los regímenes especiales de comercio intracomunitario

Octava página del modelo 036

Las personas jurídicas o entidades sujetas al Impuestos sobre Sociedades deberán rellenar este apartado cuando constituyan la empresa o cuando se produzca alguna variación entre los socios.

Novena página del modelo 036

Esta página se rellena cuando haya que comunicar a la Agencia Tributaria que hay un nuevo sucesor al frente del negocio.