El 2,5% de las comprobaciones de la Inspección se hacen presencialmente

Hacienda avisa de que seguirá realizando visitas sorpresa a los autónomos este año en algunos casos

La Agencia Tributaria publicó la semana pasada su nuevo plan de control tributario donde reconoce que continuará realizando visitas de manera presencial en los negocios, algunas de ellas sin previo aviso. 
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Hacienda avisa de que seguirá realizando visitas sorpresa a los autónomos este año en algunos casos
Hacienda avisa de que seguirá realizando visitas sorpresa a los autónomos este año en algunos casos

La Agencia Tributaria seguirá llevando a cabo este año distintas visitas a negocios de todos los tamaños y sectores. El Plan de Control Tributario publicado la semana pasada marca las directrices que seguirá la Inspección en 2024 y pone el foco sobre las actividades que se vigilarán a través de las diferentes comprobaciones que suelen llevar a cabo los funcionarios. Una parte de ellas se realizarán a través de las conocidas visitas presenciales y, en algunos casos, sin previo aviso.

Tal y como avanzó este diario, este año, se prestará especial atención a algunos sectores regentados por autónomos y pequeñas empresas que trabajan con el consumidor final, como pueden ser negocios del comercio u hostelería, pero especialmente comercio al por mayor. Por ejemplo los asentadores, en los que hubo operaciones importantes de comprobación, o también actividades ligadas a la  construcción o las reformas.

También se comprobará a aquellos negocios que no admitan pagos bancarios, presenten signos externos de riqueza incoherentes o "declaren una evolución irregular o anómala del importe de sus existencias. que sea inconsecuente con su actividad declarada e indicio de la posible existencia de ventas ocultas", según consta en el plan de control. Tal y como explicaron distintos expertos a este diario, la importancia de las visitas de la Inspección radica en que, si no es de manera presencial, es difícil demostrar algunas irregularidades entre lo que el negocio dice haber ingresado y lo que los funcionarios comprueban que ha vendido.

Habitualmente, Hacienda tiene dos maneras de verificar si un negocio está cumpliendo con sus obligaciones tributarias. Una es mediante un requerimiento que se puede centrar en solicitar documentación que justifique parte o la totalidad de los ingresos e impuestos declarados por el contribuyente. La otra opción, según los expertos, se da en los casos "más flagrantes" y consiste en hacer una visita in situ en el negocio, en la que la inspección podrá recabar de primera mano los indicios necesarios para demostrar el presunto fraude fiscal.

Hacienda seguirá visitando presencialmente los negocios en 2024, en algunos casos por sorpresa

Cada año, se estima que se realizan más de dos millones de comprobaciones para detectar posibles irregularidades en declaraciones de impuestos u ocultación de ventas por parte de los negocios. De todas ellas, según asegura la Agencia Tributaria en su plan de control, entorno a un 2,5%  corresponden a las denominadas "visitas por personación". Es decir, cuando el inspector se presenta presencialmente en el negocio. 

Según explica Hacienda a través del Plan de control, "dicha forma de trabajo, en la que se encuadra aproximadamente un 2,5 por ciento de las comprobaciones generales de la Inspección de los Tributos, produce efectos muy favorables, no solo en relación con las importantes cuantías liquidadas y las deudas descubiertas, sino también en la sensible mejora de comportamiento de los empresarios a los que afectaban esas actuaciones".

En este sentido, reconoce la Agencia Tributaria durante 2024 se va a "perseverar en la solicitud de autorizaciones a las autoridades administrativas competentes y, en casos concretos, incluso a las autoridades judiciales, siempre asegurando que la necesidad, finalidad y proporcionalidad queden documentadas en el contexto de una actuación de la Inspección de los Tributos no iniciada".

Estas solicitudes a las que se refiere Hacienda son necesarias para llevar a cabo cualquier Inspección sorpresa. De hecho, durante los últimos años este tipo de registros han generado conflictividad en los tribunales al entenderse que vulneraban distintos derechos constitucionales como la inviolabilidad del domicilio. A pesar de ello, Hacienda sigue a día de hoy pudiendo hacer estas visitas siempre y cuando cumpla algunos criterios.

Tres criterios para que la Inspección de Hacienda pueda realizar un registro sorpresa a los autónomos 

Las visitas sorpresa vienen reguladas en el artículo 113 de la Ley General Tributaria (LGT), bajo el nombre "autorización judicial para la entrada en el domicilio de los obligados tributarios", y dice que, "cuando en los procedimientos de aplicación de los tributos sea necesario entrar en el domicilio constitucionalmente protegido de un obligado tributario o efectuar registros en el mismo, la Administración tributaria deberá obtener el consentimiento de aquél o la oportuna autorización judicial ".

Según explicó José María Salcedo, Socio Director del bufete Salcedo Tax Litigation, para justificar estos registros, el caso que presenta la inspección tiene que cumplir un triple criterio: " idoneidad, necesidad y proporcionalidad. Es decir, la inspección tiene que demostrar que la visita sorpresa es la manera idónea, necesaria y proporcional para recabar los documentos que demuestren una posible infracción. No hay casos concretos, pero la clave suele estar en que no haya otra manera de descubrir esa infracción.  Se asume que se va a violentar un derecho fundamental como es tener que dejar a la inspección entrar en tu domicilio por lo que es una decisión siempre revisable por la justicia ya que lo que está en juego un derecho fundamental", apuntó José María Salcedo.

Para ser legal, el registro sorpresa tiene que ser la única alternativa posible

Con la adaptación de los registros sorpresa a los criterios del Supremo en la ley antifraude de 2021, Hacienda puede seguir haciendo este tipo de actuaciones siempre y cuando se informe del inicio del procedimiento al contribuyente y previamente el juez conozca y autorice la visita. Ahora bien, "aunque haya autorización previa, esta decisión es siempre revisable porque no hay una lista de casos en los que se puede o no hacer un registro, depende siempre de la situación concreta y se tiene que justificar que no hay otra forma de averiguar si el contribuyente está cometiendo una infracción tributaria. Cuando se lleva a cabo este registro es para sorprender y evitar destrucción de documentos que no se pueden obtener de otra manera", explicó José María Salcedo, de Ático Jurídico.

En todo caso, la sorpresa en estas visitas seguirá estando ahí, ya que bastaría "con informar al contribuyente del inicio de la inspección en el mismo momento en que se produzca el registro. Estos registros, en realidad, no son necesarios en el 99% de los casos en los que hay una comprobación tributaria a un autónomo, ya que en la inmensa mayoría basta con enviar una carta certificada del inicio de la inspección, en la que se solicita documentación de los impuestos a investigar, y se incluye un modelo de representación para que el asesor envíe la información requerida a la Agencia Tributaria", comentó, por su lado, José María Mollinedo, secretario general del Sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha). 

Según los técnicos de Hacienda, con esto sería suficiente en la inmensa mayoría de los casos, en los que el fraude de los autónomos aflora tan sólo solicitando determinadas facturas para verificar si se han cumplido las obligaciones fiscales. Si no, "también bastaría con la visita acordada para comprobar in situ si la producción y venta que declara este negocio se ajusta a lo que declara. Cuando se recurre al elemento sorpresivo es porque hay un fraude suficientemente flagrante, en el que además existe riesgo de que se destruyan los indicios que están en la sede del negocio". 

¿Cuándo la Inspección de Hacienda suele usar la visita sorpresa?

Esto, según explica el secretario general de Gestha, ocurre casi siempre cuando hay tramas organizadas para defraudar, "normalmente en los casos de facturas falsas. Por ejemplo, ha ocurrido con empresas de transporte que daban de alta a falsos autónomos y defraudaban a través de falsas facturas que les hacían. O, negocios que tenían licencias de taxi pero, en realidad, ese taxi no lo dedicaban a la actividad de transporte de personas como deberían, sino que lo tenían para uso de los socios de la empresa y facturaban por servicios que no hacían y luego se deducían. También ha sido frecuente en sectores como el de la construcción".

La clave de este fraude suele residir en la colaboración entre varios negocios.  El origen está en las "tramas o acuerdos con empresas para que otra sociedad les emita una factura, por ejemplo, por un importe superior al que realmente se ha pagado. Esto ocurría antes, con relativa frecuencia, con los autónomos en módulos. Éstos recibían una parte de los impuestos que no tienen que abonar a la Agencia Tributaria porque están en módulos -y abonan siempre el mismo importe-, y la otra empresa podía deducirse los impuestos en sociedades, por ejemplo, de un servicio que no había solicitado o por el que había pagado un valor mucho menor", apuntó José María Mollinedo, secretario general del sindicato de técnicos de Hacienda. 

Para que se produzcan este tipo de visitas, "suele ser necesario que exista una estructura más o menos organizada, y un fraude que de verdad merezca la pena para llevar a cabo estas actuaciones tan excepcionales de entrada a un domicilio, que no son necesarias para descubrir la inmensa mayoría del fraude de los autónomos que están en los planes de comprobación. Se necesitan en casos muy puntuales para entrar sorpresivamente y acceder a registros contables, escrituras y demás documentos que, de otro modo, no se podrían obtener", comentó Mollineo.