Es una obligación para los que recibieron devoluciones del gasóleo profesional

Transportistas y taxistas deben informar a Hacienda antes del 1 de abril de los kilómetros realizados en 2023

Los transportistas, conductores de autobús o taxistas que hayan cobrado la devolución del Impuesto de Hidrocarburos el año pasado por utilizar gasóleo profesional deben presentar a Hacienda, antes del 1 de abril, una relación de sus kilómetros recorridos durante el año pasado.

Transportistas o taxistas deben informar a Hacienda de los kilómetros que hicieron en 2023 antes del 1 de abril.
Transportistas o taxistas deben informar a Hacienda de los kilómetros que hicieron en 2023 antes del 1 de abril.
Transportistas y taxistas deben informar a Hacienda antes del 1 de abril de los kilómetros realizados en 2023

Los autónomos que se acogieran el año pasado a la devolución del gasóleo profesional, como los taxistas, transportistas con camiones de gran tonelaje o algunos dedicados al transporte de pasajeros por carretera, tienen hasta el próximo 1 de abril para presentar a Hacienda la relación de kilómetros que realizaron durante 2023.

Las fuentes de la Agencia Tributaria consultadas por este diario explicaron que se trata de una información que Hacienda utiliza para cotejar que las devoluciones efectuadas mensualmente por el gasóleo profesional que pagan los autónomos se corresponden realmente con los kilómetros realizados por éstos en el ejercicio de su actividad, y que no se estén produciendo fraudes como el que en las últimas semanas han denunciado los negocios dedicados al surtido de gasolina.

Así, los trabajadores por cuenta propia que figuren como inscritos en el registro del impuesto de Hidrocarburos -así como sus vehículos- deberán acreditar que durante el año pasado realizaron los kilómetros correspondientes a la cantidad de combustible sobre la que reclamaron la devolución a Hacienda, que asciende a 49 euros por cada 1.000 litros de combustible.

Las asociaciones de profesionales del transporte explicaron que, para ello, basta con aportar a Hacienda, dentro de los plazos establecidos, la lectura del cuentakilómetros que tenía el vehículo el 1 de enero de 2023, así como la que presentaba el 31 de diciembre del año pasado. De lo contrario, el autónomo podría perder la subvención y tener que devolver las cantidades percibidas durante el año pasado.

Los autónomos deben informar a Hacienda de los kilómetros que hicieron el año pasado en las carreteras

Desde la Agencia Tributaria recordaron que tienen derecho a reclamar la devolución del Impuesto de Hidrocarburos -por tanto, los que están obligados a informar del kilometraje antes del 1 de abril- los autónomos que utilicen gasóleo profesional y cumplan las siguientes condiciones:

  • Vehículos de motor o conjuntos de vehículos acoplados destinados exclusivamente al transporte de mercancías por carretera, por cuenta ajena o por cuenta propia, y con peso máximo autorizado igual o superior a 7,5 toneladas.
  • Vehículos de motor destinados al transporte de pasajeros, regular u ocasional, incluidos en las categorías M2 -con más de ocho asientos además del asiento del conductor, y que no excedan el peso máximo de cinco toneladas- o M3, con más de ocho asientos además del asiento del conductor, y que tengan un peso máximo mayor a las cinco toneladas.
  • Taxis destinados al servicio público de viajeros bajo licencia municipal y provistos de aparato taxímetro.

En estos casos, los autónomos pueden reclamar la devolución del impuesto que adelantan al comprar el gasóleo profesional con el que surten a sus vehículos. Desde la Agencia Tributaria explicaron a este diario que este abono “se va haciendo a lo largo del mes siguiente al de cada consumo”.

La relación de kilómetros realizados en 2023 debe presentarse por medios electrónicos

Así, “todos los beneficiarios con derecho a devolución deberán presentar una declaración anual en la que comunicarán, por cada uno de los vehículos de su titularidad que hayan estado inscritos en el censo de beneficiarios en el año anterior, el número de kilómetros recorridos desde 1 de enero y a 31 de diciembre del año al que se refiere la declaración”, explicaron desde la Agencia Tributaria.

Además, en caso de que los camiones, taxis o autobuses hayan pertenecido a diferentes dueños a lo largo del año pasado, “esta relación deberá referirse exclusivamente al período de tiempo efectivo de titularidad de los mismos”, aclararon desde la Agencia Tributaria.

Para realizar este trámite, los trabajadores por cuenta propia deben enviar el formulario, en el que se indique la cifra que el cuentakilómetros del vehículo presentaba el 1 de enero del año pasado y la que mostraba el 31 de diciembre de 2023 a través de la sede electrónica de la AEAT, en el apartado correspondiente. Puede consultarse en el siguiente enlace.

Para ello, los autónomos del transporte de mercancías, viajeros y taxistas pueden identificarse mediante el sistema Cl@ve, DNI o certificado electrónico. Además de rellenando el formulario de la Agencia Tributaria, también podrán informar a Hacienda de los kilómetros realizados el año pasado importando un fichero, que debe incluir la siguiente información:

  • El código ISO del país en el que esté matriculado el vehículo.
  • Matrícula: “El vehículo debe estar o haber estado censado en gasóleo profesional en algún periodo del ejercicio de la declaración”, explicaron.
  • Kilómetros iniciales del vehículo el 1 de enero de 2023.
  • Kilómetros finales del camión, taxi o autobús a 31 de diciembre del 2023.

La devolución asciende a 49 euros por cada 1.000 litros de gasóleo profesional

Así, desde Hacienda explicaron que “la base de la devolución estará constituida por el volumen de gasóleo adquirido por el autónomo y utilizado como carburante en los vehículos anteriormente indicados, expresado en miles de litros.”

Desde el día 1 de enero de 2019, el tipo de la devolución asciende a 49 euros por cada 1.000 litros, aunque con algunos límites. “La cuantía máxima de la devolución a percibir no excederá de la que correspondería a 50.000 litros de gasóleo por vehículo y año, salvo que se trate de taxis, en cuyo caso la cuantía máxima de la devolución no excederá de la que correspondería a 5.000 litros por taxi y año”, aclararon.

Por tanto, los transportistas y autónomos que tengan autobuses podrán recuperar, como máximo, 2.450 euros anuales del Impuesto de Hidrocarburos por utilizar gasóleo profesional. Mientras que los taxistas sólo recuperarían 245 euros anuales, incluso cuando hayan utilizado más combustible para desarrollar su actividad.