Condiciones para cobrar la pensión antes de tiempo en los próximos años

Jubilación anticipada de los autónomos: esta es la fecha en la que pueden acceder

Los autónomos pueden retirarse y cobrar la pensión hasta dos años antes de la edad legal. Sin embargo, las condiciones y el momento en el que pueden acceder a la jubilación cambiarán en los próximos años. 
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Jubilación anticipada de los autónomos: esta es la fecha a la que pueden acceder
Jubilación anticipada de los autónomos: esta es la fecha en la que pueden acceder

Desde 2013, los autónomos pueden acceder a la jubilación anticipada, una modalidad que les permite cobrar su pensión y retirarse antes de la edad marcada, a cambio de perder una pequeña parte de su prestación. Cada año, la edad y años cotizados que tienen que tener los trabajadores por cuenta propia para cerrar su negocio y 

La evolución de estas condiciones año a año son importantes para muchos autónomos que ya han cumplido los 60 años y que, por distintos motivos, puede que estén empezando a estudiar si les convendría cerrar o trasmitir su negocio y jubilarse en los próximos años. Hay que tener en cuenta que desde el año pasado también entraron en vigor nuevos coeficientes reductores que se restan de la pensión que cobrará el pensionista pero que en algunos casos pueden llegar a compensar si el trabajador por cuenta propia no genera los suficientes ingresos y, además, tiene que hacer frente todos los meses a algunos pagos fijos como el local o la cuota a la Seguridad Social.

Ahora mismo, los autónomos que quieran dejar su actividad y cobrar el 100% de su pensión deben, o bien tener 65 años cumplidos y haber cotizado un mínimo de 37 años y 9 meses en la fecha de solicitud, o bien tener cumplidos 66 años y 4 meses si no se llega a esos años cotizados. Éstas serían las nuevas condiciones para acceder a la jubilación ordinaria en 2023. Ahora bien, los trabajadores por cuenta propia también pueden asumir un recorte en su pensión y acceder a la jubilación anticipada dos años antes, que variará también dependiendo de los años cotizados

Condiciones para acceder a la jubilación anticipada en 2023 y próximos años

Para jubilarse anticipadamente en 2023, los autónomos tendrán que tener al menos: 

  • Un mínimo de 35 años cotizados.

  • Demostrar que, como mínimo, dos años se cotizaron durante los 15 años anteriores al momento de pedir la jubilación anticipada. 
  • Que el importe de la pensión a percibir resulte superior a la cuantía de la pensión mínima que correspondería al interesado al cumplimiento de los 66 años y 4 meses de edad.

Una vez cumplidos estos requisitos la edad de la jubilación anticipada se establecería este año de esta manera:

  • A los 64 años y 4 meses en caso de contar con menos de 37 años y 9 meses cotizados.
  • 63 años en caso de haber cotizado más de 37 años y 9 meses

Cabe recordar que ésta es, de momento, la única forma que tiene el colectivo de anticipar su jubilación ya que los autónomos sólo pueden jubilarse antes de tiempo de forma voluntaria, al no estar recogida en ninguna normativa la "jubilación forzosa" con la que sí cuentan los asalariados.

Requisitos para jubilarse de forma anticipada en los próximos años

Ahora bien, no hay que olvidar que la jubilación anticipada varía en función de la jubilación ordinaria. Es decir, conforme sube la edad y tiempo de cotización para jubilarse por la modalidad 'normal', también se modifican en la misma proporción las condiciones para retirarse y cobrar la pensión anticipadamente.

Las condiciones para acceder a la jubilación ordinaria en los próximos años, hasta 2027, irán cambiando y serán las siguientes:

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Fuente: Ministerio de Trabajo

Por lo tanto, los requisitos para acceder a la jubilación anticipada entre 2024 y 2027, que dependen de la modalidad ordinaria, serán los siguientes:

  • 2024: Si tienen 38 años o más cotizados, a los 63 años. Si tienen menos de 38 años cotizados, a los 64 años y 6 meses
  • 2025: Si tienen 38 años y tres mes o más cotizados, a los 63 años. Si tienen menos de 38 años y tres meses cotizados, a los 64 años y 8 meses
  • 2026: Serán las mismas condiciones que en 2025
  • 2027: Si tienen 38 años y 6 meses o más cotizados, a los 63 años. Si tienen menos de 38 años y seis meses cotizados, a los 65 años.

¿Cuándo podrán acceder los autónomos a la jubilación anticipada, según la edad que tengan?

Como se puede observar en la tabla anterior, dependiendo de la edad que tenga el autónomo y de los años que vaya a tener cotizados en el momento de la solicitud, el momento en el que podrá acceder a la jubilación anticipada será uno u otro.

  • Si un autónomo tiene ahora mismo 59 años, podría jubilarse en 2027, dentro de cuatro años, siempre y cuanto tenga como mínimo ahora mismo 34 años y seis meses cotizados. Si no, tendría que esperarse dos años más, hasta 2029, para poder cumplir los 65 años y acceder a la jubilación anticipada.
  • En el caso de que el autónomo tenga 60 años en 2023, podría jubilarse en 2026, dentro de tres años si tuviera ahora mismo, al menos, 35 años y tres meses cotizados. Si no tendría que esperar hasta cumplir los 65 años, en 2028 o alcanzar el tiempo mínimo de cotización, si esto sucediera antes.
  • En el caso de que el autónomo tuviera 61 años en 2023, podría jubilarse en 2025, dentro de dos años, si tuviera este año, al menos, 35 años y tres meses cotizados. Si no, tendría que esperar hasta cumplir los 65 años, en 2027.
  • En el caso de que el autónomo tuviera 62 años en 2023, podría jubilarse en 2024, dentro de un año, si tuviera este año, al menos, 35 años cotizados. Si no, tendría que esperar hasta cumplir 64 años y 6 meses a mediados de 2025 o principios de 2026.
  • En el caso de que el autónomo tuviera 63 años en 2023, podría jubilarse este mismo año, siempre que tuviera 37 años y nueves meses cotizados. Si no tendrá que esperar un año y media, hasta finales de 2024, o principios de 2025.

¿Cuánto se les restará a los autónomos por adelantar su jubilación?

No sólo hay que tener en cuenta que que un autónomo sólo puede jubilarse anticipadamente a los 63 años si tiene más de 37 años y 9 meses cotizados o a los 64 y 4 meses si no alcanza este límite, es necesario saber que en los 24 meses anteriores a la edad legal de jubilación (65 años para los primeros y 66 años y 4 meses para los segundos) existen coeficientes reductores que se aplican a la pensión dependiendo del mes que elija el autónomo para retirarse.

 Es decir, debe tener en cuenta que la Administración penaliza el retiro antes de tiempo con la aplicación de una serie de coeficientes reductores que dependen del mes que se elija para jubilarse.

El BOE del pasado  29 de diciembre recoge la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones. Normativa en la que se encuentra la tabla con todos los coeficientes reductores de la pensión para los autónomos que se jubilan anticipadamente . Es la siguiente: 


coeficientes-reductores-autonomos-2022-BOE

Los expertos en jubilación consultados recomiendan analizar bien esta tabla y estudiar cuál es el momento idóneo para que el autónomo se jubile anticipadamente, ya que esperar unos meses puede llegar a ser muy beneficioso.

Por ejemplo, si un autónomo cumple 63 años este enero, tiene cotizados menos de 38 años y 6 meses, y quiere jubilarse anticipadamente, éste va a recibir una penalización del 21% sobre el importe de su pensión, como establece la tabla. Ya que se retirará en el mes 24. Sin embargo, si decide atrasar cinco meses ese retiro y espera hasta mayo (mes 20 antes de la edad legal de jubilación) reducirá hasta en 10 puntos la penalización que va a sufrir. El coeficiente reductor que se le aplicará en este caso, como indica la tabla, será de 11 puntos.

Asimismo, como se comentaba, el coeficiente varía enormemente en función de los años cotizados. Estableciéndose los siguientes cuatro tramos:

  • El primer tramo corresponde a aquellos que tengan 38 años y seis meses cotizados, o menos, en el momento de la solicitud. A estos, se les aplica una reducción máxima del 21% que va reduciéndose hasta el 3,26%.
  • El segundo tramo corresponde a aquellos que tengan una cotización de entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses en el momento de la solicitud. A estos, se les aplica un coeficiente reductor que va de un máximo del 19% en el mes 24, hasta un 3,11% en el mes uno.
  • El tercer tramo corresponde a aquellos autónomos cuya cotización supera los 41 años y seis meses y es inferior a los 44 años y seis meses en el momento de la solicitud. A estos, se les aplica una reducción máxima del 19% que va reduciéndose hasta el 2,96%.
  • El cuarto tramo corresponde a los autónomos que hayan cotizado 44 años y seis meses o más. A éstos, se les aplica un coeficiente reductor que va de un máximo del 13% en el mes 24, hasta un 2,81% en el mes uno.