Europa ha aprobado una normativa que deberá transponerse a España

Los hosteleros estiman un coste añadido de 15.000 millones si se aplica el nuevo Reglamento de Envases

El sector de la restauración estima que la aplicación del nuevo Reglamento de Envases y Residuos de Envases, aprobado recientemente por la Comisión del Medioambiente del Parlamento Europeo, les supondrá un coste añadido de entre 15.000 y 20.000 millones de euros.
Los hosteleros estiman un coste añadido de 15.000 millones si se aplica el nuevo Reglamento de Envases

La Secretaria General de Marcas de Restauración, Adriana Bonezzi, afirmó a este diario que estima para el sector de la restauración un coste añadido de entre 15.000 y 20.000 millones de euros si se traspone a España el Reglamento de Envases y Residuos de Envases aprobado por la Comisión del Medioambiente del Parlamento Europeo (ENVI). Esta normativa contempla la reducción de residuos de envases de plástico y contenidos mínimos de material reciclado. 

La aprobación se produce después de que diferentes asociaciones de la cadena agroalimentaria y la hostelería mostraran preocupación debido a los cambios que plantea en la gestión de negocio y de residuos. Tanto es así, que varias de estas asociaciones, entre ellas Marcas de Restauración, ACES (Asociación de Cadenas Españolas de Supermercados), ASEDAS (Asociación Española de Distribuidores, Autoservicios y Supermercados) y COAG (Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos) firmaron el pasado octubre un manifiesto en el que solicitan que los objetivos de reutilización y contenido reciclado sean más flexibles, así como limitar al máximo la legislación secundaria para ofrecer suficiente seguridad jurídica con la que acometer las inversiones industriales a largo plazo.

Sin embargo, la aprobación europea de las enmiendas a la propuesta del  reglamento consolida el Real Decreto 1055/2022, que será aplicable a todos los envases y sus residuos en nuestro mercado, independientemente de su origen. Este reglamento viene a desarrollar diferentes objetivos y medidas de cara al uso de envases y la gestión de sus residuos, y se encuentra íntimamente ligado a la Ley 7/2022 (la ley del impuesto al plástico). 

Los hosteleros piden una flexibilización de los objetivos que se marcan para los envases

Según trasladó a este medio Adriana Bonezzi, Secretaria General de Marcas de Restauración, una de las asociaciones firmantes del manifiesto, aclaró que hace más de dos semanas acudieron a un acto en el Parlamento Europeo de la mano de la CEOE, para defender la flexibilización de los objetivos del reglamento y una mayor seguridad jurídica para proceder. 

Bonezzi especificó a este diario que en esa flexibilización contemplan “una dilatación de los tiempos de aplicación”, así como “que desde la UE conozcan bien cómo estas medidas impactan a los negocios”, ya que, si bien los firmantes de la cadena de valor desean la transición ecológica, “abogan por una mayor seguridad jurídica y escucha”, especialmente ahora, que han pasado “solo meses desde la aplicación del impuesto al plástico”. Ahora, aunque el ENVI ha aprobado el reglamento, todavía "esperan conseguir esa flexibilización y seguridad jurídica para los negocios a futuro". 

Según añadió Bonezzi, también calculan “un coste añadido de entre 15.000 y 20.000 millones de euros” para lograr los objetivos de este reglamento en materia de gestión de envases. 

Además, la secretaria general aclaró que “este reglamento influye en la Ley de Desperdicio Alimentario”, ya que permite que los clientes se puedan llevar en un embalaje el resto de la comida. En ese sentido, “los firmantes apelan a la seguridad jurídica y también alimentaria para utilizar materiales reciclados y compostados (como el cartón de un solo uso), frente a permitir la entrada de tuppers domésticos, por los diversos riesgos que ello conlleva”. 

¿Qué regula el Real Decreto 1055/2022 que será aplicable a todos los envases de los restaurantes?

El Real Decreto 1055/2022, que será aplicable a todos los envases y sus residuos en nuestro mercado, independientemente de su origen viene a desarrollar normas de cara al uso de envases y la gestión de sus residuos, y se encuentra íntimamente ligado a la Ley 7/2022 (la ley del impuesto al plástico). En concreto, establece que en nuestro país, los objetivos de recogida separada de botellas de plástico de un solo uso establecidos en la Ley 7/2022, de 8 de abril, deberán cumplirse, “con objeto de destinar los materiales recuperados a su reciclado”.

Así, establece diversos objetivos de prevención, reutilización y reciclado de envases y residuos, una serie de medidas para fomentar su cumplimentación y el régimen responsabilidad ampliada del productor de producto (productor de envases), que incluye especificaciones para los comerciantes y distribuidores de productos envasados domésticos, los poseedores de envases comerciales reutilizables y residuos de envases comerciales, y los poseedores de envases industriales reutilizables y residuos de envases industriales.

Objetivos de prevención para el tratamiento de envases y residuos de envases: 

  • Lograr una reducción del peso de los residuos de envases producidos del 13% en 2025, y del 15% en 2030, respecto a 2010.
  • Conseguir en 2030 una reducción del 20% en el número de botellas para bebidas de plástico de un solo uso.
  • Conseguir que todos los envases puestos en el mercado sean reciclables en 2030, y siempre que sea posible, reutilizables.
  • Pretende también avanzar en el fin de la comercialización de los envases de plástico de un solo uso.

Objetivos sobre la reutilización de envases y sus residuos:

Para los envases de bebida en el sector de la hostelería y la restauración:

  • Para las aguas envasadas, se pondrá en el mercado el 30% en envases reutilizables en 2025, del 40% en 2030 y del 50% en 2035.
  • Para las cervezas, el 80% en envases reutilizables en 2025, del 85% en 2030 y del 90% en 2035.
  • Para las bebidas refrescantes, el 60% en envases reutilizables en 2025, del 70% en 2030 y del 80% en 2035.
  • Para el resto, el 20% en envases reutilizables en 2025, del 25% en 2030 y del 30% en 2035.

Además, la proporción de envases comerciales e industriales reutilizables, respecto al total de envases en peso, deberá ser del 20% en 2030 y del 30% en 2035. 

¿Cuáles son las medidas que prevé la nueva normativa en los comercios?

Alcanzar estos objetivos requiere de una serie de estrategias, con lo que la ley contempla diversas medidas. Entre ellas, implementar en los comercios minoristas estos puntos:

  • Presentar las frutas y verduras frescas sin envases de plástico.
  • Incentivar la venta a granel de determinados productos frescos. Aunque no se aplica a las frutas y hortalizas envasadas bajo variedad protegida o registrada o indicación de calidad diferenciada o de agricultura ecológica o aquellas que puedan presentar un alto nivel de deterioro si se aplica esta medida. 
  • Suministrar envases reutilizables para el consumidor final bajo ciertas condiciones estipuladas en el reglamento. 
  • Informar a los clientes de cuestiones relativas a las obligaciones de gestión de residuos de los envases.

Además, promover estudios y análisis de ciclo de vida, y de análisis de coste económico/beneficio ecológico; priorizar iniciativas de normalización y estandarización de envases y la sustitución de envases de un solo uso por envases reutilizables y reutilizados; y permitir que el consumidor pueda facilitar sus envases reutilizables para ser rellenados en el establecimiento. 

Otras obligaciones que establece el Real Decreto para comerciantes y distribuidores de productos envasados  

Este Real Decreto también recoge obligaciones para los comerciantes o distribuidores de productos envasados, entre ellas:

  • Comercializar productos envasados de productores registrados en el Registro de Productores de Productos.
  • Separar por materiales los residuos de envases tras el consumo de los productos para su entrega a entidades locales o gestores autorizados.
  • Participar en los sistemas de depósito, devolución y retorno que se establezcan para los envases reutilizables y de un solo uso.
  • Cooperar en la recogida separada de determinados residuos de envases.

Y para los poseedores de envases comerciales reutilizables y de residuos de envases comerciales, y de envases y residuos de envases industriales, establece, entre otras:

  • Separar por materiales los residuos de envases industriales no sujetos al sistema de depósito, devolución y retorno, y según proceda: esto es, entregarlos en los puntos de recogida establecidos, según los condiciones del productor o a los gestores autorizados.
  • Devolver a los distribuidores o a los envasadores los envases industriales reutilizables o los residuos de envases industriales sujetos al sistema.
  • Los residuos de envases no se podrán abandonar los residuos de envases en el entorno en ningún caso. 
  • Informar a los usuarios de estos procedimientos