La convocatoria dispone de 690.000 euros

Aragón lanza una nueva línea de ayudas de hasta 100.000 euros para los negocios dedicados a la cultura

Aragón convoca una línea de ayudas por un total de 690.000 euros para la aceleración del sector cultural en Aragón
Ayudas para autónomos del arte en Aragón
Ayudas para autónomos del arte en Aragón
Aragón lanza una nueva línea de ayudas de hasta 100.000 euros para los negocios dedicados a la cultura

El Boletín Oficial de Aragón (BOA) ha publicado este lunes una orden por la cual se convocan ayudas para la aceleración del sector creativo y cultural, por importe de 687.771,49 euros, con cargo a los fondos europeos Next Generation EU del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La finalidad de estas ayudas, convocadas en régimen de concurrencia competitiva, es acelerar el crecimiento del tejido empresarial y profesional de las Industrias Creativas y Culturales (ICC), impulsar la transformación a la cultura digital, favorecer las interconexiones entre dichas industrias y mejorar su acceso a la financiación, han indicado desde el Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

Los proyectos presentados deberán destinarse a las siguientes funciones de "aceleradora cultural": Actividades formativas y de creación; mentoría a empresas del sector ICC; apoyo general a través de servicios de oficina técnica; investigación y promoción del sector ICC; y capacidad de desarrollo y comercialización. Podrán ser beneficiarios de esta línea los profesionales autónomos, microempresas y pymes cuyos proyectos estén vinculados con la industria creativa y cultural de Aragón.

Hasta 100.000 euros por negocio o autónomo del sector cultural 

La cuantía individualizada de la subvención podrá ser de hasta 100.000 euros; y se admitirán los gastos subvencionables realizados y pagados entre el 1 de enero de 2022 y 30 de septiembre de 2023. El plazo de solicitud es de diez días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la orden de convocatoria en el BOA.

Las solicitudes se dirigirán al Departamento de Educación, Cultura y Deporte, presentándose electrónicamente a través del Registro Electrónico de Aragón conforme el modelo específico que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el siguiente enlace: 'https://www.aragon.es/tramites'. A continuación detallamos los requisitos de la convocatoria: 

  • Podrán ser beneficiarios de las subvenciones establecidas en estas bases y señaladas en el artículo segundo, los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y las PYMES y microempresas, cuyos proyectos estén vinculados con la industria creativa y cultural de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Los proyectos presentados deben estar vinculados con la industria creativa y cultural de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Se deberá tener residencia fiscal permanente en territorio español.
  • Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma y de las obligaciones con la Seguridad Social, así como la ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón
  • No pueden ser beneficiarios aquellos que se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición recogidas en la Ley de Subvenciones u otras previstas en el resto de ordenamientos jurídicos estatales o autonómicos, que supongan la imposibilidad de ser beneficiario de una subvención.
  • No podrán ser beneficiarios quienes hayan sido sancionados por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme, por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por razón de género.
  • No podrán ser beneficiarios quienes hayan sido sancionadas por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de las personas LGTBI.
  • No podrán ser beneficiarios quienes no cumplan los requisitos exigidos en materia medioambiental en relación con el tratamiento de residuos.
  • No podrán ser beneficiarios quienes hayan sido sancionados por la autoridad laboral , por resolución administrativa firme, con sanciones accesorias de exclusión al acceso de ayudas y beneficios derivados de la aplicación de programas de empleo.