En septiembre finaliza el plazo para que los autónomos andaluces pidan las ayudas por los costes energéticos
El plazo que dio la Junta de Andalucía para solicitar las ayudas directas a autónomos y pequeñas empresas, que se hayan visto especialmente afectados por el incremento de precios de la energía que provocó la guerra entre Rusia y Ucrania, finaliza este mes.
El 30 de septiembre concluye el plazo que dio la Junta de Andalucía para solicitar las ayudas directas a autónomos y pequeñas empresas, que se hayan visto especialmente afectados por el incremento de precios de la energía que provocó la guerra entre Rusia y Ucrania. Las subvenciones tienen como objetivo contribuir a cubrir los costes adicionales que se reflejaron en las facturas por la subida del gas y de la electricidad desde el 1 de febrero al 31 de diciembre de 2022.
La cuantía total de las ayudas suma 525 millones de euros procedentes del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), con pagos directos de entre 300 euros a dos millones de euros, en función del sobrecoste que haya sufrido el trabajador autónomo o el negocio.
Esta subvención pueden solicitarla los autónomos y aquellas pequeñas empresas que hayan visto subir su factura energética durante 2022 y cuya facturación anual en electricidad con respecto a su cifra de negocios, en el citado ejercicio, haya sido igual o superior a un porcentaje que se ha fijado en función de los diferentes sectores de actividad. La información sobre dicho porcentaje se facilita en este enlace: https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/areas/incentivos-empleo/ayudas-empresas/ayudas-sobrecoste-energetico.html
Cómo se puede solicitar y cómo se calcula la ayuda
La ayuda se puede solicitar a través de un formulario y suscribiendo una declaración responsable de cumplir los requisitos para recibir dicha ayuda. Si la solicitud la realiza un apoderado, éste tendrá que acreditarse también en la solicitud.
El autónomo y el negocio que soliciten las ayudas deben desarrollar su actividad económica en establecimientos ubicados en Andalucía y también deben ser titulares de contratos de gas natural y/o electricidad con empresas comercializadoras que operen en Andalucía. En el caso de que el trabajador autónomo desarrolle el trabajo en su vivienda, sólo podrá beneficiarse si tiene un contador independiente del de la vivienda.
Para calcular el consumo, la comercializadora adherida a este programa ha facilitado ya los ficheros para su consulta. En el cálculo de la ayuda se tendrá en cuenta el denominado “precio de referencia”, que es el coste medio por KWh (kilovatio hora) de 2021 y su comparación con el de 2022. Y la diferencia entre ambos costes se aplicará al consumo que haya habido durante el período que comprende la ayuda.
Tras el estudio de la solicitud y su concesión se procederá al pago íntegro de la ayuda correspondiente antes del 31 de diciembre de 2023. Las solicitudes se revisarán por orden de llegada y se abonarán a aquellos autónomos y negocios, que lo hayan solicitado en plazo y cumpliendo los requisitos, hasta agotar ese crédito disponible de 525 millones de euros.
Para resolver dudas, la Junta de Andalucía ha habilitado el número de teléfono 012, en el que se atiende de lunes a viernes, excepto festivos nacionales y autonómicos, entre las 8:00 y las 20:00 horas, y los sábados de 8:00 a 15:00 horas. Y para consultar el estado de la tramitación del procedimiento hasta la resolución definitiva, se puede acceder a este enlace: https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/servicios/procedimientos/detalle/25422.htm