Cómo solicitar el certificado de estar al corriente de pago a la Seguridad Social

Si eres autónomo y necesitas acreditar que no tienes deudas con la Seguridad Social, deberás solicitar el certificado de estar al corriente de pago en la Seguridad Social.

Cómo solicitar el certificado de estar al corriente de pago a la Seguridad Social
Cómo solicitar el certificado de estar al corriente de pago a la Seguridad Social
Cómo solicitar el certificado de estar al corriente de pago a la Seguridad Social

Para acreditar la ausencia de deudas con la Seguridad Social, un trabajador autónomo puede recurrir al certificado de estar al corriente de pago. Un documento que se puede obtener de manera telemática y que te permitirá demostrar que no debes dinero a la Seguridad Social

A continuación te dejamos todos los detalles sobre el certificado de estar al corriente de pago a la Seguridad Social para autónomos y cómo solicitarlo en caso de que seas autónomo.

  1. ¿Qué es el certificado de estar al corriente de pago?
  2. ¿Para qué sirve el certificado de corriente de pago?
  3. ¿Quién puede solicitar este certificado?
  4. ¿Cómo solicitar el certificado de estar al corriente de pago?

¿Qué es el certificado de estar al corriente de pago?

Al hablar del certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social, lo hacemos de un documento legal que certifica que estás al corriente de pago con esta institución. O lo que es lo mismo, que una determinada empresa o persona física no tiene ninguna deuda con la Seguridad Social. 

En este sentido cabe destacar que, si bien en el caso de los trabajadores por cuenta ajena la empresa debe hacerse cargo de los pagos, en el caso de los trabajadores autónomos son ellos los que deben encargarse de cumplir  con las cuotas de la Seguridad Social, en función de la modalidad que hayan escogido.

¿Para qué sirve el certificado de corriente de pago?

Como ya hemos dicho el certificado de corriente de pago es necesario para acreditar que se está al día de las obligaciones con la Seguridad Social. Por ello, será uno de los primeros documentos que debas aportar a la hora de realizar los siguientes trámites: 

  • Poder acreditar la solvencia económica ante entidades bancarias o proveedores. De hecho, es habitual que muchas empresas se lo soliciten a los autónomos con los que van a mantener alguna relación laboral, para evitar posibles impagos de facturas.
  • Solicitar reducciones o bonificaciones en las cuotas como autónomo, de acuerdo al artículo 31 del Estatuto del Trabajador Autónomo.
  • Acceder a ciertas subvenciones estatales.
  • Solicitar aplazamiento de pago de las deudas.
  • Optar por concursos o contratos públicos.
  • Solicitar la prestación por paternidad y la pensión de jubilación.

¿Quién puede solicitar este certificado?

Pueden solicitar el certificado de estar al corriente con la Seguridad Social todas aquellas personas que estén obligados a pagar cotizaciones, ya sea trabajadores por cuenta propia o cuenta ajena.

También lo pueden solicitar los trabajadores por cuenta ajena que quieran comprobar si su empleador cumple con las obligaciones

¿Cómo solicitar el certificado de estar al corriente de pago?

La forma de solicitar este documento es a través de la sede electrónica de la Seguridad Social. Se puede realizar a través del sistema Cl@ve, vía SMS, con certificado electrónico o DNIe. En cualquiera de los casos lo podrás conseguir en el acto.

En sede electrónica se debe completar un formulario en el que se asigna un número de referencia para comprobar el estado del trámite en el momento que lo desee el solicitante. Completado cada campo del formulario, se pueden revisar los datos personales para confirmar que estén correctos y entonces escoger el tipo de certificado y visualizar los detalles de la deuda, el período de la misma y la cuantía.

De esta forma el sistema otorga un documento PDF en el que figuran todos los datos o, en su defecto, en el que se constate la ausencia de saldos pendientes de pago. El certificado de estar al corriente de pago tiene una validez de 12 meses, que se inician desde la fecha en que se emite.