Los gestores revelan que muchos autónomos siguen sin haber comunicado sus datos a la Seguridad Social
Miles de autónomos, entre ellos los societarios, tienen hasta el próximo 30 de junio para comunicar sus datos a la Seguridad Social. Se trata de información que la Tesorería ya tenía en su poder, lo que ha propiciado las quejas de los gestores y graduados, que han tenido que asumir “una carga de trabajo excesiva”, denunciaron.
Apenas faltan tres semanas para que venza el plazo para que miles de autónomos, entre ellos los societarios, los económicamente dependientes o los colaboradores, comuniquen sus datos a la Seguridad Social. El 30 de junio expirará la prórroga aprobada por el Gobierno hace unos meses, y todavía son muchos los que no han cumplido con esta obligación.
En un primer momento, el decreto que regula el nuevo sistema de cotización por ingresos reales fijaba el 31 de octubre como límite para comunicar estos datos. Sin embargo, ante las protestas del colectivo y de los gestores y graduados sociales que realizan estos trámites en su nombre, el Gobierno decidió no sancionar a los que no lo hicieran y, posteriormente, aprobar una prórroga definitiva que finalizará el 30 de junio.
Se trata de una cuestión que ha generado polémica en los últimos meses, puesto que los datos que Seguridad Social está exigiendo, en muchos casos, ya obran en su poder. Por ejemplo, sus razones sociales o sus CIF. En este sentido, los graduados sociales y gestores aseguraron que el ministerio que dirige Elma Saiz está delegando en ellos su propio trabajo: la obtención de estos datos para proceder a la regularización de las cuotas de 2023 que se realizará en otoño.
A pesar de que han pasado ocho meses desde el vencimiento del plazo inicial, los gestores reconocieron que, en muchos casos, todavía no se han comunicado los datos. Además, un buen número de trabajadores por cuenta propia consultados por este medio afirmaron no haberlo hecho. Incluso, desconocer esta obligación, a pesar de que sólo quedan tres semanas para alcanzar la fecha límite.
Los gestores denuncian la carga de trabajo que supone comunicar estos datos en plena campaña de la RENTA
A pesar de que muchos de los autónomos obligados ya han comunicado sus datos a la Seguridad Social, todavía faltan otros muchos por hacerlo. Una tarea que suelen delegar en sus gestores, y que está generando a éstos “una carga excesiva de trabajo”, en plena recta final de la campaña de la RENTA.
Por ello, María Dolores Ortega, vocal de la Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (Asefiget), valoró a este diario que “el Gobierno podría haber pensado en nosotros cuando aprobó la prórroga y extenderla un poco más. Al menos, unos diez días, para que pudiéramos hacer el trámite una vez hubiera finalizado la campaña de la RENTA.”
En este sentido, la vocal de Asefiget reconoció que la comunicación de datos, para los asesores y gestores que trabajan en nombre de los autónomos, ha supuesto un trabajo “desorbitado”. Más aún, teniendo en cuenta que “los que intentaron hacerlo en el primer plazo tuvieron muchos problemas: no había asistencia telefónica o por correo electrónico, a pesar de que había muchas incidencias en el sistema. No nos lo pusieron nada fácil”, valoró.
Así, a pesar de que estos problemas se han ido solventando con el paso de los meses, “hemos tenido una carga de trabajo excesiva que no es repercutible al cliente. En ocasiones, incluso, ni siquiera hemos comunicado a los autónomos esta obligación, la hemos asumido nosotros directamente porque tardábamos menos tiempo en hacer el trámite que en tener que explicárselo a todos”, afirmó María Dolores Ortega.
Todo, teniendo en cuenta que, como han venido denunciando los gestores y graduados sociales en los últimos meses, se trata de datos que ya obran en poder de la Administración. “Deberían ellos tener los medios para cruzar o cargar los datos, y no ser nosotros quienes tengamos que hacer este trabajo”, explicó la vocal de Asefiget a este medio.
¿Qué autónomos deben comunicar sus datos a la Seguridad Social antes del 30 de junio?
Apenas falta un mes para que finalice el plazo para que miles de autónomos, como los societarios, los económicamente dependientes (TRADE) o los colaboradores, entre otros, comuniquen a la Seguridad Social ciertos datos sobre su actividad. Tras la prórroga aprobada por el Gobierno a finales de marzo, podrán hacerlo hasta el 30 de junio.
Según se recoge en la orden de la Seguridad Social que estableció la fecha límite para comunicar los datos antes del 30 de junio, los autónomos obligados a hacerlo son los siguientes:
- Autónomos societarios.
- Autónomos al frente de una comunidad de bienes o sociedad civil.
- Trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE).
- Autónomos colaboradores.
- Autónomos profesionales que estén colegiados de forma obligatoria.
- Autónomo principal con colaboradores a su cargo: en este caso, “debe comunicar el nombre, los apellidos y el NIF de estos autónomos colaboradores”, recordó Carlos Piñero, director del área jurídica de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA).
Los datos que comunicar son diferentes dependiendo del tipo de autónomo obligado
Según explicaron a este diario desde la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), dependiendo del tipo de autónomo afectado por esta obligación, Seguridad Social estaría reclamando datos diferentes, todos relacionados con su actividad. Son los siguientes:
- Autónomos societarios: Razón social y CIF de todas las sociedades de las que se forme parte. Además, “si se es consejero, administrador o se prestan otros servicios para la sociedad, se debe comunicar el porcentaje de participación propio y el de los familiares convivientes. En estos casos, también hay que aportar nombre, apellidos y DNI de los convivientes”, explicó Carlos Piñero, director del área jurídica de la federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA).
- Trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE): los autónomos que trabajen mayoritariamente para un solo cliente deben comunicar a la Seguridad Social el CIF de éste.
- Autónomos obligados a estar colegiados: deben indicar el colegio al que pertenecen.
- Sanitarios de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA): en el caso de los sanitarios que “presten servicios para la empresa privada, además de trabajar a jornada completa para el servicio público, tienen que notificar el CIF del pagador”, explicó el director del área jurídica de ATA.
- Trabajadores por cuenta propia con otros autónomos colaboradores a su cargo: deben comunicar el nombre, los apellidos y el NIF de estos autónomos colaboradores.