Se podrán devolver estas prestaciones en 60 plazos mensuales

La Seguridad Social dará facilidades a los autónomos para devolver las prestaciones que les reclama

El próximo 1 de julio aumentarán los plazos máximos y bajarán los importes mínimos que los autónomos pueden solicitar a la Seguridad Social cuando fraccionen el reembolso de una prestación que les reclama.

El 1 de julio cambian las condiciones para que los autónomos devuelvan prestaciones indebidas.
El 1 de julio cambian las condiciones para que los autónomos devuelvan prestaciones indebidas.
La Seguridad Social dará facilidades a los autónomos para devolver las prestaciones que les reclama

Hace unos días, el director general de la Tesorería General de la Seguridad Social, Andrés Harto, anunció que el próximo 1 de julio entrará en vigor la modificación del Reglamento General de Seguridad Social que cambia las condiciones que deben cumplir los autónomos para fraccionar el pago cuando tienen que devolver una prestación que les reclama. Por ejemplo, una incapacidad o el cese de actividad.

En concreto, los autónomos podrán devolver estas prestaciones en hasta 60 plazos -cinco años-, con una mensualidad mínima de 100 euros. Es decir, no se podrán acordar cantidades inferiores a esta cifra, “lo que en algunos casos puede suponer un problema cuando hablamos de rentas bajas”, explicaron los graduados sociales.

Así, los autónomos podrán devolver a la Seguridad Social las prestaciones que hayan cobrado indebidamente -tras demostrar que así fue- en un año más del plazo contemplado hasta ahora. Y, según explicó Andrés Harto, el cambio entrará en vigor desde el 1 de julio de este año. A partir de entonces, los trabajadores por cuenta propia podrán solicitar el fraccionamiento de las devoluciones de prestaciones indebidas con las nuevas condiciones.

Se trata de un cambio normativo que podría afectar a miles de autónomos que, según el criterio de sus mutuas o de la propia Seguridad Social, hayan cobrado en algún momento una prestación que no les correspondía. Por ejemplo, el cese de actividad que miles de trabajadores por cuenta propia solicitaron durante la pandemia, pero también otras, como una incapacidad permanente o el Ingreso Mínimo Vital (IMV).

Seguridad Social permitirá pagar en hasta 60 plazos, con un mínimo de 100 euros al mes

El principal cambio que recogerá el Reglamento General de la Seguridad Social es la ampliación del plazo máximo en el que los autónomos pueden devolver las prestaciones indebidamente cobradas. En concreto, pasará de 48 meses a 60. O, lo que es lo mismo, de cuatro a cinco años como máximo.

Respecto a las cuantías de las mensualidades, se recoge la modificación del importe mínimo hasta los 100 euros. Según explicaron los graduados sociales, los autónomos no podrán acordar con la Tesorería el reembolso en cantidades más pequeñas. Incluso, cuando el importe total de la deuda no sea demasiado elevado.

Poniendo el ejemplo de un autónomo que deba devolver a la Seguridad Social el cobro de una prestación de cese de actividad por valor de 3.000 euros, podría solicitar a la Tesorería el fraccionamiento de su pago. Si se le concediera el nuevo mínimo de 100 euros al mes, podría abonar el total de la deuda en 30 mensualidades.

Sin embargo, si esta deuda fuera superior -por ejemplo, 7.000 euros-, se excedería el plazo máximo si se pagara en cuotas de 100 euros. En este caso, el autónomo podría dividir el pago en 60 mensualidades de 116,66 euros, como mínimo.

Si no se abona uno de los plazos, Seguridad Social puede exigir la devolución en un único pago

El cambio en las condiciones que deben cumplir los autónomos al fraccionar la devolución de las prestaciones cobradas indebidamente, que entrará en vigor el próximo 1 de julio, se recogieron en el Boletín Oficial del Estado (BOE) hace unos meses, modificando el artículo 80.4 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.

En él, se recogen otra serie de requisitos para poder solicitar el fraccionamiento. Son los siguientes:

  • Los directores de las administraciones de la Seguridad Social serán competentes para autorizar y establecer los plazos para el pago fraccionado del reintegro de prestaciones indebidamente percibidas, cuando así se solicite por los sujetos responsables de su ingreso.
  • Para ello, los autónomos deben acreditar que “la situación económica y demás circunstancias concurrentes, discrecionalmente apreciadas por el órgano competente para resolver, impiden efectuar el reintegro en el plazo indicado en la reclamación.”
  • En caso de denegación de la solicitud, la resolución dará un nuevo plazo de ingreso de 15 días desde la notificación de la resolución, “salvo que fuere mayor la parte del plazo que reste para el pago fijado en la reclamación de deuda”, que inicialmente se establece en el último día hábil del mes siguiente a la primera notificación.

En caso de que se conceda, es importante recordar que, si no se ingresa uno solo de los plazos acordados entre la Seguridad Social y el autónomo, “se entenderá revocada la autorización por la que se concedían dichos plazos, y se iniciará automáticamente la vía ejecutiva, mediante la emisión de la correspondiente providencia de apremio, por la totalidad del importe que quedara por pagar”, como se recoge en el reglamento.

¿Cómo pueden solicitar los autónomos el fraccionamiento de la devolución de prestaciones indebidas?

En caso de que la Seguridad Social emita una notificación solicitando el reintegro de una prestación por no cumplir con las condiciones, los autónomos que, debido a sus ingresos, acrediten que no pueden devolverla en un solo pago pueden solicitar a la Tesorería el pago fraccionado de las mismas. Desde el 1 de julio, con los plazos recogidos anteriormente.

Para realizar la solicitud, deben acceder a este enlace e identificarse mediante el sistema Cl@ve Permanente, presentar la solicitud y anexar la documentación requerida. “Para realizar este trámite debe disponer de los datos relativos a la deuda que le hayan reclamado (número de reclamación de deuda e importe) por prestaciones indebidamente percibidas”, explicaron desde la Seguridad Social.

Una vez realizado el trámite, el sistema remitirá un acuse de recibo en formato PDF, a partir del cual podrán transcurrir tres meses naturales para que la Seguridad Social resuelva la solicitud, permitiendo -o no- a los autónomos dividir el reembolso de las prestaciones cobradas de forma indebida.