Deben solicitar expresamente la extensión de doce meses si sus beneficios no superan el SMI

La Seguridad Social ha activado el enlace para que los autónomos puedan ampliar la Tarifa Plana un año más

Los autónomos que se dieron de alta por primera vez en 2023 y se acogieron a la Tarifa Plana deben pedir a la Seguridad Social de manera expresa la ampliación de esta medida un año más si sus beneficios no superan el SMI. Este es el enlace que ha activado la Seguridad Social para solicitar la ayuda.
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La Seguridad Social ha activado el enlace para que los autónomos puedan ampliar la Tarifa Plana un año más
La Seguridad Social ha activado el enlace para que los autónomos puedan ampliar la Tarifa Plana un año más

Los autónomos que se dieron de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en 2023 y están acogidos a la Tarifa Plana estatal pueden solicitar una prórroga de un año más a la Seguridad Social -si cumplen las condiciones- pero deben hacerlo de manera expresa a través de un enlace del ministerio. Desde 2023, esta ayuda en forma de cuota reducida está disponible para los emprendedores durante sólo un año pero se puede ampliar doce meses más siempre y cuando sus rendimientos netos no hayan superado el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que ahora mismo es de 1.260 euros al mes.

Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se estableció el nuevo sistema de cotización para autónomos se conservó la conocida Tarifa Plana para trabajadores por cuenta propia que acaban de iniciar su actividad. Sin embargo, esta medida sufrió algunos cambios: el más importante es que hasta la fecha la bonificación era menor porque iba decreciendo y la cuota en el segundo año era sensiblemente mayor, pero duraba dos años. Desde enero de 2023, se estableció una cuota fija más beneficiosa, de 80 euros al mes, sólo que en este caso puede durar uno o dos años, dependiendo de los ingresos que haya obtenido el nuevo autónomo.

La nueva Tarifa plana estable una cuota reducida para todos los nuevos autónomos durante los primeros doce meses pero sólo los trabajadores por cuenta propia que hayan ingresado menos del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) durante ese tiempo de actividad podrán conservar durante el segundo año la bonificación. Eso sí, según advirtieron desde la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) esta prórroga no es automática, sino que deberá solicitarse "expresamente a la Seguridad Social por el autónomo, junto con una declaración relativa a a los rendimientos netos que se prevean obtener".

Así pueden solicitar los autónomos la prórroga durante un año más de la Tarifa Plana

La Seguridad Social ha habilitado un enlace con el que los autónomos que estén a punto de agotar su primer año de tarifa plana puedan solicitar una extensión y seguir disfrutando de la bonificación un año más, siempre y cuando cumplan con los requisitos.

Desde la entrada en vigor del nuevo artículo 38 ter de la Ley 20/2007 de 11 de julio,  aquellos autónomos que se dieron de alta en enero de 2023 con derecho a la tarifa plana mensual de 80 euros al mes, podrán solicitar una prórroga de esa tarifa plana mensual para los siguientes 12 meses, siempre y cuando su rendimiento neto computable no supere el salario mínimo interprofesional anual, que ahora mismo y a falta de nuevas subidas, es de 15.120 euros anuales.  

Según advirtieron desde ATA, "esta prórroga para los siguientes 12 meses tendrá que solicitarse antes de que finalice el primer periodo de 12 meses de tarifa plana". De lo contrario, se perdería la bonificación.

Para solicitar expresamente la prórroga de la Tarifa Plana, los autónomos deben acceder al siguiente enlace de la Seguridad Social. Al acceder a ese link, serán redirigidos al apartado de la Seguridad Social donde puede realizar el trámite.

Sólo deberán pulsar en el botón "solicitar", y acreditarse a través de uno de los medios disponibles, como puede ser Cl@ve Pin, certificado electrónica o SMS. Al acceder a través de cualquiera de estas opciones, deberán rellenar el formulario y firmar la declaración de previsión de ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

¿Cuándo se debe solicitar la extensión de la Tarifa Plana?

Según explicaron desde ATA, la solicitud de prórroga se debe hacer antes de que se termine el derecho a la Tarifa Plana que, por norma general, es de un año. Sin embargo, algunos colectivos como las personas con discapacidad tienen derecho a dos años, ampliables a tres si sus beneficios están por debajo del SMI.

De este modo, según la Federación, con carácter general "si disfrutaste de la tarifa plana con posterioridad al 1 de enero de 2023, podrás solicitar su prórroga 12 meses más, hasta un máximo de 24 meses". Es decir, habrá que hacer la solicitud antes de cumplir el primer año.

Sin embargo, "si tienes reconocida una discapacidad igual o superior al 33% o la condición de víctima de violencia de género o víctima de terrorismo, podrás solicitar su prórroga durante doce meses más, hasta un máximo de 36 meses". En este caso, el autónomo deberá hacer la solicitud antes de cumplir los dos primeros años de bonificación.

Los autónomos deben ingresar por debajo del SMI vigente en cada momento para conservar la Tarifa Plana

El SMI que está fijado por ley y que determina qué autónomos tienen derecho o no a la Tarifa Plana es de 15.120 euros al año o 1.260 euros al mes. Por lo que los trabajadores por cuenta propia que quieran seguir acogidos a la bonificación deben tener unos rendimientos neto inferiores a esta cantidad.

Ahora bien, en estos días el Gobierno y los agentes sociales están negociando una nueva subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2024. Aunque todavía no hay acuerdo, parece cada vez más probable que se vaya a adoptar la propuesta del Ejecutivo, que consiste en aumentar un 4% este suelo salarial. De ser así, a partir de enero habría un nuevo SMI de 1.310 euros al mes en 12 pagas.

Según los expertos, este nuevo SMI podría afectar a dos tipos de autónomos. El primer caso sería el más evidente: aquellos trabajadores por cuenta propia que se den de alta en 2024. Si así fuera, se tendría en cuenta este salario mínimo para determinar la permanencia de la Tarifa Plana de cara a 2025.

El segundo caso sería el de un autónomo que se dio de alta a mediados de 2023. En este caso, la Ley dice que deberá estar por debajo del SMI vigente en cada uno de los periodos. Si, por ejemplo, se dio de alta en junio, entre junio y diciembre de 2023 tendrá que haber tenido unos beneficios por debajo de 1.260 euros y entre enero y junio de 2024, sus rendimientos no podrán superar los 1.310 euros al mes, que será probablemente el SMI que haya vigente en ese momento.