Es una consecuencia directa del incremento del salario mínimo

Vuelven a subir los límites para que la Seguridad Social pueda embargar la pensión de los autónomos en 2024

El Gobierno aprobó la pasada semana el Salario Mínimo Interprofesional de 2024, lo que ha provocado un incremento del importe de la pensión u otros ingresos de los autónomos que se consideran "inembargables".
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Vuelven a subir los límites para que la Seguridad Social pueda embargar la pensión de los autónomos en 2024
Vuelven a subir los límites para que la Seguridad Social pueda embargar la pensión de los autónomos en 2024

El Gobierno volvió a subir la semana pasada, por sexta vez consecutiva, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a 1.134 euros al mes en14 pagas. A partir de ahora, y con efectos retroactivos desde enero, ningún empleado en España podrá percibir menos de ese sueldo por una jornada de 40 horas semanales.

Ahora bien, el suelo salarial no sólo se utiliza para determinar el mínimo que pueden cobrar los trabajadores, sino también para fijar el límite de los ingresos, sueldos y prestaciones embargables por deudas con la Seguridad Social o Hacienda. 

Con la subida del SMI que se produjo este mes, también ha aumentado la cantidad de pensión que es inembargable por la Seguridad Social en caso de que el autónomo -o cualquier otro pensionista- mantuviera deudas con la Tesorería por antiguos impagos. Por ejemplo, por no haber abonado en su momento las cotizaciones obligatorias por sus trabajadores.

Además, el incremento del suelo salarial también aumenta en la misma medida el límite de ingresos de los autónomos que se considera inembargable por otras administraciones. En algunos casos, Hacienda también tendría que respetar estas nuevas cantidades para poder embargar las ayudas o los rendimientos netos que perciba un trabajador por cuenta propia por su negocio.

La nueva subida del SMI ha aumentado la cantidad de ingresos o pensión "inembargable" para los autónomos

Tal y como recoge la propia web de la Seguridad Social, "las pensiones del sistema de la Seguridad Social pueden embargarse, de acuerdo con la escala prevista en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en tanto la cuantía de la prestación supere el importe del SMI  vigente en cada momento".

Por supuesto también son embargables los ingresos de un autónomo o el sueldo de un asalariado. Sin embargo, a diferencia de los rendimientos que reciben los trabajadores por cuenta propia, en los que a veces puede tardar en aplicarse el embargo, en el caso de las prestaciones, es la propia Seguridad Social la que retiene directamente el dinero antes incluso de pagarlo. 

Cuantías inembargables para los autónomos en 2024

A  pesar de ello, no todos los ingresos son embargables. De hecho, el artículo 607 sobre embargos de sueldo y pensiones matiza que se considera “inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el Salario Mínimo Interprofesional”.  Al haber subido el SMI en enero, ningún sueldo o pensión es embargable si no supera los 1.134 euros en 14 pagas en 2024. O lo que es lo mismo, 15.876 euros al año.

En el caso de que la pensión -o cualquier ingreso- del autónomo -ya sea por viudedad, jubilación, favor de familiares...- supere los 1.134 euros marcados hasta la fecha, la ley también fija algunos porcentajes máximos embargables a partir de esa cantidad.

Así, el embargo se hará con arreglo a la escala señalada en el artículo 607 de la LEC: 

  • Si se tienen ingresos superiores al SMI e inferiores al doble del SMI (entre 1.134 y 2.268 euros), serán embargables el 30% de los ingresos que superen el salario mínimo. .
  • Si se tienen ingresos entre dos y tres veces el SMI ( entre 2.268 y 3.402 euros), serán embargables el 50% de los ingresos que superen el salario mínimo.
  • Si se tienen ingresos superiores a tres veces el SMI e inferiores a cuatro veces el SMI ( entre 3.402 euros y  4.536 euros), serán embargables el 60% de los ingresos que superen el salario mínimo.
  • Si se supera la cantidad de cinco veces el  SMI ( más de 5.670 euros), serán embargables el 75% de los ingresos que superen el salario mínimo. 

¿Cómo funcionan los límites al aplicar un embargo sobre los ingresos del negocio?

Sin embargo, según los expertos, el caso de los autónomos que todavía siguen con su negocio tiene ciertas peculiaridades respecto a los límites estipulados por ley para los embargos.

Desde el despacho de abogados Mundo Jurídico explicaron a este diario que "el problema de los ingresos de actividades económicas que se pueden embargar es que no reúnen, de ordinario, los requisitos de continuidad, concentración y periodicidad de los sueldos y salarios del trabajador por cuenta ajena o del funcionario.".

Además, es difícil de determinar el importe que se le puede embargar al autónomo, teniendo en cuenta que parte de sus ingresos van destinados a cubrir gastos y costes fijos de su actividad.

Por eso, hay que tener en cuenta que, en todo momento, la Ley se refiere a rendimiento neto. Esto supone siempre descontar gastos fijos como los seguros, las cotizaciones y demás pagos a los que tiene que hacer frente de manera periódica e ineludible el trabajador por cuenta propia. 

Por tanto -especificaron desde el despacho de abogados-, "cuando a una persona le embarguen cantidades superiores al Salario Mínimo Interprofesional, deberá aportar al Juzgado todos aquellos datos que permitan fijar la parte inembargable de esos ingresos (gastos del seguro de autónomos, arrendamiento, etc.) Porque los ingresos de actividades económicas que se pueden embargar por encima del SMI deben ser cantidades netas".

En cualquier caso, y si se lograra aplicar este límite sobre los ingresos, la cuantía de referencia ya no sería el Salario Mínimo por 14 pagas, sino por 12, ya que los autónomos no tienen pagas extra por su negocio. En este supuesto, la cuantía sería 1.323 euros al mes.