Uno de cada tres autónomos incurre en errores

Cinco fallos que podrías estar cometiendo con las nóminas de tus empleados

La nómina es un documento habitual para cualquier autónomo empleador. Esto no quiere decir que sea sencillo elaborarla. Uno de cada tres autónomos comete errores que pueden acarrear sanciones de hasta 6.250 euros. CEPYME ha elaborado una lista con los cinco fallos más frecuentes de los autónomos al confeccionar las nóminas de sus empleados.

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Cinco fallos que podrías estar cometiendo con las nóminas de tus empleados

Cualquier autónomo con trabajadores a su cargo conoce bien la nómina, un documento imprescindible para cumplir con sus obligaciones de pago a sus empleados. Muchos negocios contratan gestorías, graduados sociales o tienen un profesional que se las elabora. Otros deciden hacerlas ellos mismos. Aunque a priori, parezca fácil, no lo es tanto. Muestra de ello es que uno de cada tres autónomos comete fallos a la hora de realizar las nóminas de sus empleados según datos publicados por la Confederación Española de la Pequeña Y Mediana Empresa (CEPYME).  

Estos errores le pueden salir muy caros al negocio, hasta 6.250 euros. El informe de CEPYME puede ser de gran utilidad para que el autónomo aprenda lo que en ningún caso se debe hacer con un recibo de pago.

Cinco errores frecuentes de los autónomos

  • ​​Mala planificación

Un mes es tiempo de sobra a preparar los recibos que sean necesarios. A pesar de ello, desde CEPYME aseguraron que la mala planificación de los dueños de negocios es uno de los motivos más frecuentes por los que se cometen errores en las nóminas. “La mayoría de las veces se acaban gestionando en los últimos días del mes, lo que deja poco margen de maniobra para reconfirmar dudas y datos de los trabajadores, incluir incentivos nuevos o añadir las horas extras”.  

¿Lo recomendable ? Rellenar las nóminas la mayor antelación posible. Introducir todos los datos y novedades antes de que lleguen los últimos días del mes. Siempre actualizando la información y sin reutilizar nóminas de meses anteriores.  

  • Usar la nómina del mes anterior   

Una nómina es un recibo con fecha de caducidad. Servirse de las antiguas para elaborar las nuevas es uno de los errores más comunes que, por supuesto, puede acarrear infracción. “ Las horas extra, el plus por nocturnidad, las bajas y reducciones de jornada, una gratificación o una comisión por venta”. Ningún mes es igual que otro.   

Para evitar fallos en la actualización de los datos, desde CEPYME se aconseja empezar cada mes de cero. No es sólo un buen consejo para evitar multitud de errores, el propio Estatuto de los Trabajadores exige que la liquidación y el pago del salario se hagan “en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres”.   

  • No introducir los cambios.   

Los pequeños negocios suelen tener problemas para adaptarse a tiempo a las novedades y cambios particulares que afectan a las nóminas de sus trabajadores. Muchas veces por no estar al tanto, otras por no saber aplicarlos. Sea como sea, es un error muy habitual que según a lo que afecte, puede salirle muy caro al autónomo. ¿Para evitarlo? Estar al tanto de cualquier cambio que afecte a los conceptos y condiciones para calcular la nómina.  

  • No hacer bien las retenciones  

No calcular bien las percepciones gravables puede crear discrepancias y generar problemas a largo plazo, aseguraron desde CEPYME. Por tanto, hay que conocer bien las especificidades de las percepciones de la nómina de cada empleado para evitar errores de cálculo y posibles infracciones.   

  • Incluir datos incorrectos

A veces, los errores se encuentran en los datos más básicos del trabajador. Usar plantillas preelaboradas para todos los empleados puede inducir a errores tanto de forma como de contenido. En muchas ocasiones, los fallos más comunes pueden estar en obviar elementos esenciales y exigidos por ley.   

En la misma línea, la web de gestión empresarial SAGE resume en dos los motivos más frecuentes por los que un autónomo comete errores de confección en las nóminas de sus empleados.  

Por un lado, están los errores ligados a un insuficiente conocimiento del desempeño de los empleados. Saber qué complementos le corresponden al trabajador no siempre es tarea fácil. Por otro lado, están aquellos relacionados con el desconocimiento de las circunstancias propias de cada trabajador, “Por ejemplo, los fallos en la recepción del modelo 145 pueden ocasionar que no retengamos adecuadamente”.   

Aunque no todos los errores en las nóminas son sancionables, algunos pueden salirles muy caros a los autónomos. El Estatuto de los Trabajadores establece que los negocios con trabajadores a su cargo están obligados a entregar al empleado un recibo de justificación de pago. De no entregarlo o hacerlo incorrectamente, el negocio puede enfrentarse a las multas previstas por la Ley Sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.  

Sanciones vinculadas a la nómina.   

Como ya se explicó desde este medio, la ley tipifica tres tipos de sanción relacionadas con la nómina. Estas son leves, graves o muy graves.  

  • Errores de forma  

Los fallos de forma son muy habituales entre los pequeños negocios. Pueden deberse a que el autónomo no haya utilizado el modelo de recibo de salarios oficial, que la nómina tenga discrepancias con el contrato o que en ella no aparezcan correctamente algunos datos necesarios. En cualquiera de estos casos, el autónomo se expone a sanciones de entre 60 y 625 euros.  

  • Errores de cantidades  

Cuando un trabajador no percibe la misma cantidad que aparece en su nómina, el autónomo está incurriendo en una infracción administrativa grave. En el recibo de salario debe aparecer la misma cantidad y retenciones que se producen en el pago, de no hacerlo, el autónomo puede enfrentarse a sanciones de entre 626 y 6250 euros.  

  • Errores de demora                                             

No entregar puntualmente la nómina al empleado constituye igualmente una infracción administrativa leve. Al igual que con los errores en la forma de la nómina, acarrea una sanción de entre 60 y 625 euros