SE MANTIENE LA FECHA DEL AÑO PASADO

Los autónomos podrán presentar el modelo 347 hasta el 28 de febrero

De los doce meses del año hay uno en que los trabajadores por cuenta propia trabajan literalmente para la Agencia Tributaria: enero. Este año, Hacienda parece que lo ha tenido en cuenta y ha dado marcha atrás en su intención de que el conocido y complicado modelo 347 se presentara en enero. Se mantiene, como el año pasado, la fecha de febrero y el plazo es hasta el día 28 de ese mes.

Los autónomos podrán presentar el modelo 347 hasta el 28 de febrero

Cuando se conoció, en el verano de 2017, que Hacienda tenía sobre la mesa un proyecto de orden ministerial por el que se adelantaba de febrero a enero la presentación del modelo 347 o declaración anual informativa de operaciones con terceros, trabajadores autónomos, pequeños empresarios, asociaciones y fiscalistas se echaron las manos a la cabeza. Otra obligación burocrática más para el mismo periodo, que cada vez es más farragoso, dijeron. La polémica surtió su efecto y en 2018, el 347 podrá presentarse hasta el 28 de febrero.

Empresarios y profesionales están obligados a presentar el modelo 347 de operaciones realizadas el año natural anterior con terceros en el momento en que estas operaciones superen los 3.005,06 euros, lo que prácticamente afecta a todos. La misma orden ministerial también adelantaba a enero la presentación a la Agencia Tributaria de otros modelos, pero el 347 es el obligado para la totalidad de contribuyentes autónomos.

Asociaciones representativas de trabajadores autónomos, como ATA, protestaron públicamente por este posible adelanto temporal. “No entendemos los beneficios que puede tener este cambio pero sí los perjuicios. El adelanto complica la vida a los autónomos porque en enero ya hay muchas obligaciones fiscales que atender”, declaró el pasado septiembre el presidente de ATA, Lorenzo Amor. 

El año anterior, 2016, otra orden ministerial de Hacienda ya adelantó la presentación del modelo 347 de marzo, mes en el que siempre se había cumplido con este trámite, a febrero para el ejercicio de 2017.

Oposición de los expertos

Hasta instituciones como el Consejo General de Economistas, a través de su órgano especializado en fiscalidad REAF-REGAF, presentaron observaciones al proyecto de orden ministerial. El REAF explicaba entonces en un escrito dirigido al Departamento de Gestión de la Agencia Tributaria, con copia al Ministerio, que “se ha detectado una evidente alarma entre los obligados tributarios y sus asesores ante esta reducción de plazos” y que sus alegaciones “van en línea con la constante demanda de una simplificación de las cargas administrativas y de una reducción de las trabas para que el contribuyente pueda cumplir con sus obligaciones tributarias”.

Los economistas señalan que “en el mes de enero se acumulan las autoliquidaciones y declaraciones informativas a presentar” y que “la Administración recibirá una información de menor calidad al ser insuficiente el plazo para elaborarla”.

Sobre el modelo 347, el REAF-REGAF argumenta que éste “obliga a completar datos de las personas declaradas pero, sobre todo, exige agrupar las operaciones por trimestres y recopilar la información sobre pagos en metálico. No se trata, por tanto, de una mera tarea mecánica que se pueda realizar inmediatamente una vez contabilizadas las operaciones del ejercicio”. Además, este modelo exige relacionar a un número muy elevado de personas o entidades.