Nueva regulación los procesos extrajudiciales

La mediación será gratis para los autónomos sin recursos

El proceso de la mediación, en el que las partes en conflicto intentan llegar a un acuerdo que no sea judicial, será gratuito para aquéllos autónomos que no tienen recursos.

acuerdo ante terceros
La mediación será gratis para los autónomos sin recursos

El Gobierno ha decidido apostar por los procesos extrajudiciales de conflictos como y ha aprobado un anteproyecto de ley llamado de Impulso de la Mediación. Según el propio preámbulo del texto, este modelo no ha obtenido hasta ahora los resultados deseados, por lo que el Gobierno ha decidido darle un empuje y plantea que la mediación extrajudicial para los conflictos entre empresas sea una prestación incluida en el derecho a la asistencia jurídica gratuita. Esto significa que si la parte que acude a un mediador acredita “insuficiencia de recursos para litigar” no deberá abonar los costes del proceso.

La mediación, hay que recordar, es un proceso en el que un tercero -el mediador- intenta que las partes en conflicto negocien entre ellas y lleguen a un acuerdo. Si se llega a una solución, hay que cumplirla obligatoriamente.

El cambio introducido en el anteproyecto de ley supone un paso muy importante para colectivos como los trabajadores autónomos que, en muchas ocasiones, se ven abocados a resolver conflictos de impagos en los tribunales. La mediación ahorra a las partes el proceso judicial, que tiene unos costes más elevados en dinero y en tiempo.

Causas "obligatorias"

El anteproyecto de ley establece la obligación de intentar llegar a un acuerdo mediante mediación en los casos civiles más comunes como pequeñas reclamaciones de cantidad, además de otros como las herencias o los asuntos de familia.

La mediación seguirá siendo voluntaria pero están obligados a intentarla en algunos casos: responsabilidad en caso de neglicencia profesional; división judicial  de patrimonios; conflictos entre socios y/o con los órganos de administración de las sociedades mercantiles; reclamaciones en materia de responsabilidad extracontractual que no traigan causa de un hecho de la circulación; propiedad horizontal y comunidad de bienes; contratos de distribución, agencia, franquicia, suministro de bienes y servicios siempre que hayan sido objeto de negociación individual; reclamaciones de cantidad inferiores a 2.000 euros entre personas físicas cuando no traigan causa de un acto de consumo; defectos constructivos derivados de un acto de obra; protección de los derechos al honor, intimidad o la propia imagen; o procesos arrendaticios que hayan de ventilarse por los cauces del juicio ordinario. Además, hay casos más personales como las medidas que se adopten con ocasión de la declaración de la nulidad del matrimonio, separación, divorcio o relativas a la guarda y custodia de los hijos menores o alimentos reclamados por un  progenitor contra el otro en nombre de los hijos menores o alimentos entre parientes.

La obligación de acudir a la mediación se llama “mitigada” porque se establece la necesidad de solucionar el conflicto mediante la figura de un mediador antes de que determinadas demandas lleguen a los tribunales o también durante el mismo proceso judicial si el juez lo considera oportuno.

Neglicencia y contratos

El presidente del Colegio de Gestores Administrativos de Madrid (ICOGAM), Fernando de Santiago, considera que, para los autónomos, la obligación de acudir a un mediador en los casos de neglicencia profesional y en los de contratos de distribución, agencia, franquicia, etc, son los más interesantes, así como el de las reclamaciones de cantidad inferiores a 2.000 euros. “Los autónomos y las pymes no suelen tener integrados gabinetes de asesoría jurídica”, afirma el presidente del ICOGAM, por lo que estas medidas suponen un gran ahorro en tiempo y costes económicos. “La mayor celeridad y simpleza del trámite permite al autónomo concentrarse en la gestión de su proyecto en lugar de pasar más tiempo del necesario pendiente de un proceso judicial que normalmente se dilata en el tiempo”, añade Fernando de Santiago.