Un año de respiro para pagar el IVA a plazos

Autónomos y pymes podrán seguir aplazando deudas de hasta 30.000 euros con Hacienda a lo largo de 2017
Un año de respiro para pagar el IVA a plazos

Un año de respiro. Eso es lo que han conseguido los autónomos frente a Hacienda. Tras el endurecimiento para aplazar el pago de deudas fiscales que se recoge en el Decreto Ley de medidas tributarias, ya publicado en el BOE, los trabajadores por cuenta propia y micropymes podrán seguir como hasta antes de la publicación del texto pero sólo doce meses más, o lo que es lo mismo casi todo el ejercicio de 2017.

En concreto, la prórroga afecta a las deudas tributarias de hasta 30.000 euros sin necesidad de presentar un aval (bancario, garantía hipotecaria o seguro de caución) a Hacienda. Esto es especialmente importante en el caso del IVA. Una de las medidas contenidas en el Decreto-Ley es la siguiente: “se elimina la posibilidad de aplazamiento o fraccionamiento de los tributos repercutidos, dado que el efectivo pago de dichos tributos por el obligado a soportarlos implica la entrada de liquidez en el sujeto que repercute. Por tanto, solo serán aplazables en el caso de que se justifique debidamente que las cuotas repercutidas no han sido efectivamente pagadas”.

Lo que Hacienda está diciendo es que si ha realizado cualquier operación económica o transacción, con el IVA correspondiente, el que lo ha recibido no puede aplazar el ingreso de este impuesto cobrado (o repercutido) en la cuenta de la Agencia Tributaria. “Si ya has cobrado, lo tienes, ingrésamelo, no te lo guardes y utilices el dinero de ese impuesto durante el tiempo que dure el aplazamiento porque eso es cómo si yo te lo prestara y yo no soy un banco”, es la traducción -y la intención- del farragoso párrafo antes citado. La única excepción se da cuando se ha realizado la operación y no se ha cobrado IVA en la misma, algo que, por otra parte, habrá que demostrar sobradamente.

Impuestos especiales

 

Lo mismo se aplica a los Impuestos Especiales, que al ser indirectos, como el IVA, se repercuten al realizar transacciones de los productos gravados por ellos. En la venta de hidrocarburos, tabaco y alcohol participan muchos autónomos.

Asimismo, la prórroga puede afectar al ingreso de las retenciones e ingresos a cuenta. Desde ahora, en virtud del nuevo Decreto-Ley, completamente inaplazables, pues se han eliminado las casuísticas.

Una práctica habitual

 

El aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias es una práctica habitual entre autónomos y pymes, provocada por la falta de liquidez y la morosidad en la mayoría de los casos. Desde el inicio de la crisis económica, se han disparado.

De acuerdo con los datos de la Agencia Tributaria, actualmente el aplazamiento o fraccionamiento alcanza la cantidad de 50.000 millones de euros. De éstos, más del 60% (unos 30.800 millones de euros) corresponden a autónomos y microempresas, lo que indica el grado de implicación de este colectivo en los casos de aplazamientos fiscales.

Hay que resaltar que el pagar a plazos los impuestos no tiene lugar en otros países de nuestro entorno. En España es casi una necesidad, ya que muchos de los aplazamientos son producto de una cadena de retrasos que impiden disponer de liquidez para cumplir con Hacienda como testifica cualquier trabajador autónomo.