Según el análisis de los expertos consultados

En la lista de morosos de Hacienda aparecen por primera vez negocios afectados por la crisis de la pandemia

Hacienda ya ha hecho público el nombre de las personas y entidades que tienen impagos con la Administración. Como novedad, este año hay un nuevo perfil de morosos: autónomos y pequeños negocios afectados por la pandemia, aseguran varios expertos.

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Hay 7.277 deudores en la lista de morosos de Hacienda de 2021.
En la lista de morosos de Hacienda aparecen por primera vez negocios afectados por la crisis de la pandemia

La Agencia Tributaria ha publicado esta semana el listado de las personas físicas y entidades que tienen impagos con la Administración. Como novedad este año, se incluyen a todos aquellos contribuyentes que tengan deudas por encima de los 600.000 euros -hasta ahora el límite para entrar era de 1 millón de euros-. Y aparecen no sólo los deudores principales, sino también, y como segunda novedad, los responsables solidarios de un sociedad. Todos estos cambios han hecho, según los expertos consultados, que aparezca un nuevo perfil de moroso y son los autónomos y pequeños negocios afectados económicamente por la pandemia.

En total, y en base a la octava lista de morosos publicada por la Agencia Tributaria, el número de deudores con Hacienda en 2021 es 7.277 y el importe que deben es de 18.200 millones de euros. Según publicaba la agencia de noticias Europa Press, “si se compara con la anterior lista publicada en junio de 2021, el número de deudores se ha disparado un 88%, mientras que el importe global de la deuda lo ha hecho un 29,4%, si bien hay que tener en cuenta que 3.000 millones del importe total (18.200 millones) aparecen duplicados como consecuencia de la inclusión de las derivaciones de responsabilidad solidaria”.

Es un incremento de 3.720 deudores más entre la lista publicada en junio y la distribuida en diciembre y que se debe principalmente a la reducción del límite de 1 millón a 600.000 euros para tener la obligación de ser incluido.  “Del total de 7.277 deudores que figuran en este último listado, 1.367 son personas físicas por importe de 2.081 millones de euros (en la lista anterior eran 312 por importe de 673 millones de euros) y 5.910 son personas jurídicas por importe de 16.150 millones” puntualiza la información. 

Son negocios afectados por la pandemia

Para los expertos consultados, el incremento en el número de deudores a Hacienda se debe principalmente a la inclusión de autónomos y negocios que se han visto perjudicados por la situación epidemilógica y que no han podido recuperase económicamente en estos dos años de pandemia. El director general de Incofisa -empresa especializada en la localización de deudores y cobros -, Manuel Urquizar, afirmó que “es muy significativo que en este año en el listado de morosos de Hacienda aparezcan más autónomos y micropymes que en otros ejercicios”.

Urquizar comentó que se trata de un hecho especialmente visible, ya que recorriendo el extenso listado de nombres de entidades y personas, se observa cómo “a menudo aparecen las siglas SLU (Sociedad Limitada Unipersonal), que es un tipo de entidad jurídica por la que suelen apostar muchos autónomos -societarios – y micropymes”.

A su juicio se trata de una situación que es consecuencia de los dos años en las cuales estas empresas no han podido hacer frente a todos los requisitos de alquileres y obligaciones de pago con Hacienda y Seguridad Social. Urquizar considera que se trata de una situación injusta: “sí que es verdad que  hay empresas y empresarios que no pagan impuestos y merecen salir en esta lista. Pero hay pequeños negocios que están luchando con su dinero, inversión y tiempo para salir adelante. Y que a cambio de ese esfuerzo son incluidos dentro de la lista de morosos”. “Creo que Hacienda se ha excedido, con muchos, en la publicación de esta lista” aseguró.

Se incrementa el número de afectados por un concurso de acreedores

Aunque con menos incidencia, es también frecuente observar, a lo largo de listado de 7.277 deudores, la aclaración: ‘en proceso concursal’. Esto significa que son o bien personas físicas o bien entidades jurídicas que se han declarado en concurso y que hasta que no finalice el mismo, no se le puede reclamar la deuda. Para el director general de Incofisa, Manuel Urquizar, son actividades que van acabar, por desgracia, en cierre.

Según los datos distribuidos por Europa Prees, el 30% de los deudores están afectados por un concurso de acreedores. Estos son 2.176 de 7.277 y aglutinan una deuda de más de 7.200 millones de euros. En este sentido, Urquizar alertó de que el número de afectados por un concurso de acreedores podría elevarse en las próximas listas debido a la finalización, por un lado, de la moratoria concursal aprobado por el Gobierno y que elimina la obligación a los autónomos y administradores de una sociedad a declarar el concurso cuando tengan un elevado número de impagos. Y también cuando termine el plazo de carencia de los créditos solicitados al ICO (Instituto de Crédito Oficial) que fueron avalados por el estado para proporcionar liquidez a los pequeños negocios).

“Es evidente que en los próximos meses se va a un producir un incremento en el número de impagados. No quiero llamarles morosos, porque no es que no quieran pagar, es que no pueden. Estamos hablando especialmente de micropymes, que no llegan a diez empleados; y trabajadores por cuenta propia” dijo Urquizar.

Los sectores que más aparecen en el listado de morosos

Por último, Urzquizar comentó los sectores de actividad que más se repiten en el listado de morosos de Hacienda. Esto sería: “la construcción y todas aquellas actividades relaciones con esta actividad”. También hostelería y transporte. “Son principalmente aquellos negocios que se han visto afectados muy de cerca por la pandemia y que aún no han podido recuperarse” aseguró.

¿Cómo salir de la lista de morosos de Hacienda si han sido incluido?

Si has sido incluido en la lista de morosos, debes saber que hay cuatro formas de poder salir de ella. La OCU reunió las cuatro maneras que existen para salir de una lista de morosos. "Hay muchas inclusiones por error y, hasta el más honorable de los pagadores puede un día ver su nombre en un fichero. Muchas de las inclusiones se realizan sin que haya una deuda de por medio o sin cumplir los requisitos mencionados", advirtió el organismo. 

  1. Pagar cuando la deuda es "cierta, vencida y exigible". Según el artículo 29 de la Ley Orgánica 15/1999, para que proceda la  aparición de un nombre en una lista de morosos es condición sine qua non que exista previamente "una deuda cierta, vencida y exigible, que haya resultado impagada". Si es así, no existe otra solución que pagar. Pero ojo, no basta con liquidar la deuda. Desde la OCU recordaron que es casi tan importante que, tras haber pago,  el autónomo se asegure "de que eliminan sus datos del fichero y no confíe en que lo hará la empresa acreedora. Para ello, solicita tu baja al titular de la lista adjuntando tu DNI y copia del pago".
  2. ¿Estás inconforme? Reclamar. Ésta es una buena opción para la retirada temporal de un nombre de la lista de morosos -siempre y cuando, de verdad haya inconformidad. Sino, sólo se alargará lo inevitable-. Si de verdad no estás de acuerdo, reclamar es la mejor opción. Desde la OCU recordaron que "actualmente, la ley impide registrar la deuda en el fichero si aquella está siendo reclamada vía administrativa, judicial o mediante un procedimiento alternativo vinculante, como el arbitraje de consumo".
  3. ¿Estás seguro de que no hay deuda? Solicita la baja directamente. No es ni mucho menos raro que pueda haber confusiones con la vinculación de un autónomo a una deuda que, en realidad, no existe. En este caso, antes de denunciar, lo más recomendable es ponerse en contacto directamente con el registro y explicar la situación. 
  4. Ninguna empresa tiene derecho a dañar el honor de una persona física o negocio sin motivo alguno. Tal y como recordaron desde la OCU, "si la inclusión es incorrecta, puedes reclamar judicialmente una indemnización por los daños causados. Existen diferentes sentencias en las cuales, como consecuencia de la intromisión del Derecho al Honor del afectado por la inclusión en el fichero y en concepto de daño moral, se indemnizó al afectado".