El Gobierno amplía la moratoria al 30 de junio

Los autónomos logran siete meses más de plazo para tener que presentar concurso de acreedores si les va mal el negocio

El Gobierno ha ampliado siete meses más la moratoria concursal y los autónomos tienen de plazo hasta el 30 de junio para solventar su situación de insolvencia y evitar la presentación de un concurso de acreedores utilizando otras fórmulas menos duras.
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El Gobierno amplía la moratoria concursal hasta e 30 de junio
Los autónomos logran siete meses más de plazo para tener que presentar concurso de acreedores si les va mal el negocio

Los autónomos con deudas pueden respirar desde este miércoles un poco más tranquilos. El Gobierno ha decidido ampliar siete meses más, hasta el próximo 30 de junio, la moratoria concursal que tenía previsto finalizar en un mes. Así, los dueños de negocios en situación de insolvencia quedan exentos de solicitar la presentación de un concurso de acreedores hasta el verano que viene, y no se admitirán los requerimientos de concurso que presenten sus acreedores. Con la nueva prórroga de esta medida, el Ejecutivo pretende que las empresas viables encuentren otros instrumentos legales que les permitan mantener tanto la actividad como el empleo, y dispongan de un margen adicional para restablecer su equilibrio patrimonial.

Los expertos señalaron también que esta ampliación de la moratoria concursal va a "paralizar" la avalancha de autónomos acudiendo a concurso que se preveía para finales de 2021. Una avalancha que se uniría a la falta de un mecanismo que agilice este tipo de procedimientos recogido en el Anteproyecto de la Ley Concursal que aún no ha sido aprobado por el Ministerio de Justicia, "lo que generaría un caos en los Tribunales". Y es que precisamente el plazo que Europa le ha dado a nuestro país para poner en marcha esta nueva normativa finaliza el 17 de julio, tan sólo medio mes después de que termine esta nueva moratoria concursal: "que ambas fechas coincidan no es casual. El Gobierno quiere que a partir de julio todos los concursos que se presenten se rijan por la nueva legislación para evitar confusiones", explicó el socio del área Mercantil del bufete AGM Abogados y encargado de gestionar concursos de acreedores, Julio Rocafull.

Algo que ya vaticinó la vicepresidenta de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), Celia Ferrero, quien explicó que "para evitar la oleada de concursos de acreedores, lo que creo que hará el Gobierno es mantener la moratoria concursal para los trabajadores por cuenta propia hasta que entre en vigor la nueva norma”. De hecho, ya durante este último trimestre las presentaciones de concursos por parte de pequeños negocios se han incrementado considerablemente, lo que "indudablemente es un síntoma de que se estaba agotando la moratoria", señaló el abogado.

Los autónomos deben hacer un "buen uso" de la moratoria

Si bien hasta el próximo 30 de junio, los autónomos que acarreen deudas no tienen realmente la obligación de abrir un concurso de acreedores si no quieren, el abogado del área concursal explicó que es "importante que los dueños de negocio hagan un buen uso de la moratoria". Con esto, Rocafull se refirió a que "los profesionales no deben aumentar sus deudas o incrementar su situación de insolvencia durante estos meses que están exentos de acudir a concurso. Si ven que su situación es insostenible, lo que deberían hacer por responsabilidad es presentarlo, aún sin tener la obligación", explicó el abogado.

"Es cierto que la moratoria concursal es una buen medida que puede ayudar a sobrevivir a muchos negocios, sin embargo, no todos utilizan este tiempo de forma eficaz, y eso puede llevarles a una situación peor de la que ahora tienen", señaló Rocafull. El problema está en que algunos negocios puedan entender la moratoria concursal como una especie de "amnistía", y engorden aún más su deuda, "algo que cuando tengan que acudir al procedimiento puede ponerles más difíciles las cosas. Para saber si la moratoria ha sido efectiva o no, habrá que esperar a la decisión de los jueces de lo mercantil cuando los autónomos empiecen a presentar los concursos". 

Es por ello que los expertos insistieron en que los profesionales se tomen estos siete meses como un periodo en el que buscar alternativas de crecimiento para sus negocios que no les deriven a una situación de insolvencia mayor. "El espíritu emprendedor de los autónomos debe focalizarse en tener expectativas de salir adelante evitando crear más deudas con terceros de las que ya tienen". Además, esta medida es favorable no sólo en el ámbito concursal, si no también para evitar la posible disolución de un negocio con pérdidas, "en estos siete meses tienen la posibilidad de seguir luchando para tratar de sacar adelante sus actividades. Es un mecanismo de defensa del que pueden y deben hacer uso, pero con responsabilidad, especialmente de cara a los administradores, que son los que terminarán absorbiendo las deudas", apuntó el abogado.

Puede coincidir con la aprobación de la Ley Concursal

Lo que al parecer tiene planeado el Gobierno es hacer coincidir el fin de la moratoria concursal con la aprobación de la nueva Ley Concursal. Para el abogado experto en concursos de acreedores el motivo es que "todos los procesos  que se inicien cuanto termine la moratoria se rijan por la misma normativa, que en este caso será la nueva Ley que está preparando el Ministerio de Justicia". Se trata de una Ley que ya tendría que estar vigente en España, sin embargo, el Gobierno solicitó la prórroga de un año y ahora la fecha límite se ha fijado para el 17 de julio.

Por tanto, parece que todos los concursos de acreedores que se irán presentado a medida que se vaya acercando el 30 de junio se regirán por la nueva Ley Concursal que, según las indicaciones que ha dado la Unión Europea para su elaboración, contendrá varios mecanismos que agilizarán en gran medida los tiempos y el dinero en los concursos de acreedores. "Es bastante lógico que se alineen estas dos fechas para que no se cree un caos entre legislaciones. Lo que no podría ser es que se estuviesen legislando varios concursos con normativas distintas, porque al final ni los autónomos, ni los abogados ni los propios jueces tendrían claro en basé a qué sentenciar. Es importante que cuando se prevea que se va a producir el grueso de los concursos haya una norma unificada", puntualizó Rocafull.

Alternativas a la presentación de un concurso

Existen otras variantes jurídicas, denominadas herramientas pre-concursales, a las que los autónomos en situación de insolvencia pueden acudir antes de solicitar un concurso de acreedores. En concreto, el abogado de AGM mencionó tres: acuerdo extrajudicial de pagos, un acuerdo de refinanciación o una propuesta anticipada de convenio. Estas herramientas tienen además el valor añadido de la confidencialidad. Se trata de acciones que se llevan a cabo entre el deudor y sus acreedores, sin necesidad de exponerlas ante nadie. Con lo cual si el trabajador por cuenta propia puede acceder a una de estas herramientas podrá mantener la imagen de su negocio y evitar que se conozca su situación financiera, la cual se haría pública si solicitase un concurso de acreedores.

  • Acuerdo Extrajudicial de Pagos: es un mecanismo con el que se intenta solucionar las deudas contraídas por una persona física o jurídica con sus acreedores sin tener que llegar a los tribunales. Esta conectado a la Ley de Segunda Oportunidad pero no son lo mismo, "lo que se consigue con este tipo de acuerdo es acordar extrajudicialmente el pago de deudas previamente contraídas con los acreedores. No solo constituye por sí mismo un mecanismo viable para solucionar la insolvencia sin necesidad de acudir a juicio sino que deviene en imperativo para obtener la exoneración del pasivo insatisfecho", explicó Julio Rocafull.
  • Acuerdos de Refinanciación: es un instrumento pre-concursal que se activa en aquellas situaciones de insolvencia empresarial en las cuales no se podrá atender de forma inmediata a las obligaciones de pago corrientes en un futuro, lo cual no impide la continuidad de la actividad económica y empresarial a medio plazo. "El insolvente plantea a sus acreedores la adopción de un acuerdo de refinanciación de cara a ampliar el crédito y financiación dispuesta, o en su caso modificar las condiciones pactadas, con el fin de superar la situación de insolvencia y evitar el concurso de acreedores". A fin de cuentas, la refinanciación trata de "reemplazar una obligación de deuda existente por otra obligación de deuda bajo diferentes términos", señalaron.
  • Propuesta anticipada de convenio: se da cuando la propuesta del deudor y la aceptación por los acreedores se realiza sin necesidad de proceder a la apertura de la fase de convenio, con la consiguiente celeridad a la hora de finalizar el procedimiento.