Cuidado con las rectificaciones anteriores

Por primera vez los autónomos sabrán los datos que Hacienda tiene sobre ellos

Los autónomos persona física y pymes podrán acceder por primera vez a los datos fiscales que Hacienda tiene sobre ellos antes de hacer la declaración del Impuesto sobre Sociedades. Pero cuidado, en estos datos no se incluyen las posibles rectificaciones de declaraciones anteriores.

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Por primera vez los autónomos sabrán los datos que Hacienda tiene sobre ellos

Por primera vez y a partir del miércoles 1 de julio, la Agencia Española de Administración Tributaria (AEAT), pondrá a disposición de los contribuyentes sujetos a Impuesto sobre Sociedades, la información de sus datos fiscales a efectos de cumplimentación de la declaración correspondiente al ejercicio del pasado año 2019.

El Impuesto de Sociedades es un tributo directo que grava la renta de las sociedades y otras entidades jurídicas como asociaciones o fundaciones. A diferencia del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el impuesto de sociedades se calcula en relación con los resultados contables de las sociedades.

“Hasta ahora, el servicio de entregar al contribuyente información sobre sus datos fiscales solo existía en el IRPF. En el ámbito del impuesto de sociedades es bastante más complicado establecer la información que puede suministrar la Agencia Tributaria. Esta declaración depende de la contabilidad y la vida social de la entidad”, explicó Arturo Jiménez, director del Gabinete de Estudios en Asociación Española de Asesores Fiscales, (AEDAF).

Sin embargo, a partir de este año todos los autónomos y pymes que desarrollen su actividad a través de alguna sociedad mercantil, podrán disponer de esa información en la sede electrónica. Los datos permitirán un chequeo preliminar de contraste, puesto que no se trasladan directamente al modelo de declaración, como ocurría hace unos años con la declaración del (IRPF).

Con la implementación de esta medida, la AEAT busca una mayor seguridad por parte de los contribuyentes a la hora de declarar y una mejora en la calidad de las declaraciones presentadas. La Administración Tributaria aseguró que de esta forma se agilizaran los trámites de las devoluciones, al tener que reducir los procedimientos de control. Pretenden reducir al máximo el nivel de incumplimiento tributario por errores o por falta de información a la hora de confeccionar la declaración del Impuesto de Sociedades.

Atención a las rectificaciones anteriores

La facilitación de estos datos supone sin duda, un beneficio para los autónomos que tengan que declarar ese impuesto, ya que les sirve para saber qué información tiene Hacienda sobre su sociedad. “La principal ventaja es a modo de recordatorio. La Administración les está diciendo que tengan especial cuidado al declarar, porque poseen información sobre ellos”, señaló el abogado fiscalista.

Sin embargo, hay algo que tiene que tenerse muy en cuenta a la hora de hacer uso de los datos que ofrece la administración: no incluyen las posibles rectificaciones que se hayan hecho de declaraciones anteriores. Es decir, si se ha presentado una declaración del Impuesto de Sociedades en julio del año pasado, y fuera de plazo se ha presentado una rectificación –por no haber incluido algo-, esos cambios en la declaración o en la declaración complementaria que se haya presentado, no van a aparecer en los datos fiscales de sociedades.

“En teoría, la persona que haya hecho la rectificación se acordará a la hora de mirar sus datos. Pero por si acaso, hay que tener muy en cuenta que esas modificaciones no van a aparecer en los datos fiscales que ponen a tu disposición. No puedes fiarte de los datos que van a aparecerte en caso de que haya hecho una rectificación”, aseguró Jiménez.

Además, cabe destacar que Administración Tributaria no va a facilitar los datos fiscales a cualquier tipo sociedad. Únicamente tendrán acceso a ellos aquellas sociedades mercantiles que su ejercicio fiscal coincida con el año natural –del 1 de enero al 31 de diciembre-. En caso de las sociedades que tienen ejercicio partido, no podrán disponer de esa información.

Datos que pone a disposición la AEAT

La AEAT pone a disposición de los contribuyentes datos fiscales sobre más de 70 conceptos distintos. A pesar de que el principio de suministrar estos datos es igual que en el del IRPF, no es una información tan exhaustiva porque la declaración del Impuesto de Sociedades “es muy peculiar y depende de la vida de la sociedad, información de la que no siempre dispone la Administración”, señaló el director de AEDAF.

La información incluirá dos tipos de datos. Por un lado, los que forman parte de la mecánica de autoliquidación del impuesto (los pagos fraccionados realizados, las retenciones soportadas, los importes pendientes de aplicar procedentes de ejercicios anteriores, etc) y, por otro, los relacionados con información con posible trascendencia a efectos del cálculo del resultado contable (por ejemplo, gastos contables que no son fiscalmente deducibles), incluyendo otra información y avisos que puedan resultar relevantes para la correcta cumplimentación del modelo de declaración.

Los datos suministrados se pueden agrupar en las siguientes categorías:

  • Datos disponibles en la Agencia Tributaria procedentes de declaraciones informativas u otras fuentes de información procedentes de terceros.
  • Datos de autoliquidaciones y declaraciones informativas del propio contribuyente.
  • Datos declarados en el modelo 200 del ejercicio 2018 correspondientes a importes pendientes de aplicar en ejercicios futuros, indicando la casilla del modelo 200 del ejercicio 2019 en la que deberían consignarse. Asimismo, se suministrará la información, también del año previo, incluida en las páginas 1 y 2 (datos censales e identificativos).
  • Información a tener en cuenta en la declaración, como puede ser la relativa a sanciones y recargos emitidos y notificados por la AEAT durante el ejercicio 2019, intereses de demora abonados por la AEAT y por otras Administraciones durante 2019.
  • Epígrafes del IAE en los que consta dado de alta el contribuyente, incluyendo el Código Nacional de Actividad Económica (CNAE) equivalente.

Ampliación de plazos para las declaraciones

Los asesores fiscales siguen pidiendo al Gobierno que atrase la presentación de la RENTA y del Impuesto de Sociedades. Estos trabajadores, en su gran mayoría autónomos, se están viendo obligados, incluso, a trabajar durante los fines de semana. De su labor depende que más de 600.000 empresas cumplan sus obligaciones fiscales.

Los asesores denuncian la presión y el nivel de exigencia al que se han visto sometidos durante toda la crisis del COVID-19, y que continua ahora en la nueva normalidad. Necesitan que se amplíen los plazos de la presentación de la RENTA hasta el 30 de septiembre, y del Impuesto de Sociedades hasta el 30 de noviembre, porque las condiciones y el nivel de trabajo que van a tener que soportar para cumplir con los plazos va a ser muy alto.

“Sé que vamos a llegar. Pero a base de trabajar más de 12 horas, incluyendo también los sábados y domingos” denunció Joan Torres, presidente de la Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales (Fettaf). “Hasta el momento, sólo nos han hecho caso en el aplazamiento de impuestos del primer trimestre. Pero hay que decir que se aprobó el día 14 de abril, cuando el último día de presentación era el 15 y ya mucha gente lo había presentado”, recordó Torres.