En la modalidad anticipada

Éstos son los supuestos en los que haber hecho la mili permite al autónomo jubilarse antes

Los autónomos que hayan hecho la mili pueden tener hasta un año más de cotización que les sirve en algunos supuestos para jubilarse antes de tiempo.

autonomos-jubilacion-anticipada-servicio-militar
Éstos son los supuestos en los que haber hecho la mili permite al autónomo jubilarse antes

Haber hecho la 'mili' puede hacer que muchos autónomos acedan a la jubilación anticipada o les sume un año más cotizado. El Servicio Militar Obligatorio suma tiempo de cotización y, por tanto, afecta acálculo del tiempo cotizado en determinadas circunstancias. Así lo recoge la web de la Seguridad Social, en la que además especifica los requisitos y circunstancias en las que se puede hacer uso de ésta. Hasta el pasado 2001, 'ir a la mili' era obligatorio para todos los jóvenes mayores de 18 años.

Una posibilidad que ayuda a todos aquellos profesionales que quieren retirarse antes de la edad establecida o sumar un año más en su vida laboral. Hay que recordar que el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, tiene previsto añadir cambios al actual sistema de desincentivos a las jubilaciones anticipadas: quiere que el coeficiente reductor se aplique sobre el importe de la pensión, y no sobre la base reguladora, y que los coeficientes reductores dejen de ser anuales y trimestrales, para pasar a ser mensuales. Por ejemplo, si un autónomo quisiera acceder a la jubilación anticipada 24 meses antes de la edad legal y hubiera cotizado menos de 38 años y seis meses se le restaría un 21% a su pensión en vez del 16% actual

Los autónomo que quieran jubilarse anticipadamente en el próximo año tienen que tener, al menos, 64 años y acreditar un periodo mínimo de cotización de 35 años. Para abandonar su actividad y cobrar la jubilación antes de tiempo, el trabajador por cuenta propia debe tener al menos:

  • Un mínimo de 35 años cotizados.
  • Tener, como máximo, dos años menos que la edad legal para jubilarse. Este año es de 66 años, así que el mínimo para la jubilación anticipada será de 64 años. 
  • Demostrar que, como mínimo, dos años se cotizaron durante los 15 años anteriores al momento de pedir la jubilación anticipada. 
  • Que el importe de la pensión a percibir resulte superior a la cuantía de la pensión mínima que correspondería al interesado al cumplimiento de los 66 años de edad. 

Dadas estas condiciones, un autónomo que tuviera 34 años cotizados pero hubiera hecho el servicio militar podría acceder a la jubilación anticipada a pesar de que, a priori, no cumpliera los requisitos, ya que la 'mili' computa hasta un año más de periodo contributivo, y por lo tanto, sí alcanzaría el tiempo mínimo cotizado exigible para 2021.  

Sólo para la jubilación anticipada

No obstante, tal y como aclara la Seguridad Social en su página web, el tiempo dedicado al servicio militar no se puede computar para el cálculo de la jubilación ordinaria, sólo está disponible para la jubilación anticipada, ya sea voluntaria o forzosa.

"Los períodos de servicio militar o prestación social sustitutoria sólo se computan para alcanzar el período de cotización específico en el caso de jubilación anticipada, voluntaria o involuntaria y con el límite máximo de un año. Por este motivo, sólo en el caso de que esta cotización sea necesaria, se abrirá una pantalla solicitando que se cumplimente el período de dicho servicio militar. Si no es necesario, no hay que indicar nada”, explica la Tesorería General.

Es decir, el tiempo de la 'mili' puede sumar en el cómputo global de cotizaciones exclusivamente en caso de que sea necesario para alcanzar un periodo de cotización concreto. Asimismo, la Administración recalca que da igual qué tipo de servicio militar se realizara o cuánto durara, pero hay que tener en cuenta que sólo podrá utilizarse este recurso si al menos fueron nueve meses de servicio y, como máximo, servirá para sumar un año al historial de cotizaciones.

¿Qué hay que hacer para que la mili cotice?

Para que el servicio militar compute en la vida laboral de los autónomos de cara al cálculo de su jubilación, es necesario realizar una seria de trámites ante la Administración pública: 

Primero, según explica la Seguridad Social, el autónomo tiene que acreditar ante el organismo el tiempo que pasó realizando el Servicio Militar Obligatorio. Para ello tendrá que dirigir una instancia a la subdelegación del Ministerio de Defensa de la provincia donde residía el profesional cuando comenzó el servicio. De esta forma, se generará un documento que demuestre el tiempo que pasó en el ejército.

A continuación, debe completar una instancia con sus datos personales y aportar al trámite una fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) y otra de la cartilla militar. Además, tendrá que aportar documentación acreditativa de los reenganches en el ejército o períodos voluntarios que haya realizado. Cuando haya recopilado todos los documentos necesarios para acreditar la mili como periodo de cotización, entre ellos el certificado de las instancias militares, deberá aportarlo en la Seguridad Social indicando que desea que se incluya en su vida laboral.

Una herramienta de Seguridad Social calcula la pensión

Los autónomos que estén planteándose la jubilación cuentan con una herramienta digital para simular el escenario de su retirada. La Seguridad Social ofrece, a través de su web o Sede Electrónica, la posibilidad de conocer qué fechas para acceder a la prestación y cuantías a cobrar corresponden a cada trabajador por cuenta propia para su jubilación.

Esta herramienta, denominada 'Tu Seguridad Social', da la posibilidad de conocer las fechas en las que se puede acceder a la jubilación de cualquier trabajador -por cuenta propia o ajena-. Asimismo, la Seguridad Social tiene en cuenta la información real de solicitante, partiendo de la fecha en la que se efectúa la consulta. Sin embargo, cabe destacar que esta herramienta hace un cálculo aproximado de la jubilación del autónomo que quiera conocer la fecha y cuantía de su jubilación, pero no es un dato que tenga validez legal o refleje la realidad de la pensión del solicitante.

En el caso de que los profesionales quieran introducir suposiciones más allá de esta fecha, pueden contemplar distintos escenarios como el cambio de su base de cotización. Es decir, este simulador permite visualizar los días que el solicitante ha cotizado hasta el momento, los días que le quedan por cotizar, así como la fecha y el resultado aproximado de la pensión bruta. Puede llegar a ser muy útil para realizar previsiones de cotización.