Arranca la campaña de RENTA, modelos de retenciones de IRPF, IVA...

Estos son todos los impuestos y obligaciones fiscales que tendrán los autónomos al comenzar abril

En una semana comenzará abril, uno de los meses más cargados de obligaciones fiscales para los autónomos. Éstas son las fechas clave en las que deberán presentar los principales impuestos.
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Estos son todos los impuestos y obligaciones fiscales que tendrán los autónomos al comenzar abril
Estos son todos los impuestos y obligaciones fiscales que tendrán los autónomos al comenzar abril

Falta apenas una semana para que comience abril, uno de los meses más importantes del año a nivel fiscal para los autónomos. Este mes es, junto a enero, el periodo en el que se concentran la mayor parte de las obligaciones tributarias para el colectivo de trabajadores por cuenta propia, y también para sus gestores. 

En abril, algunos autónomos deberán presentar ante la Agencia Tributaria hasta cinco modelos diferentes en los que declararán distintos impuestos como IVA, retenciones de IRPF o pagos fraccionados de este mismo tributo. Además, en abril también dará comienzo la campaña de la RENTA 2023, en la que casi todos los trabajadores por cuenta propia deberán declarar los ingresos y gastos correspondientes al ejercicio 2022. En ese momento se abrirá el plazo que durará hasta junio.

En base al calendario aportado por la Agencia Tributaria para el año 2023, en abril existen varias obligaciones fiscales para los autónomos que deberán tener en cuenta antes de que venza el plazo de presentación. A continuación, se resumen las principales. 

Calendario de impuestos de los autónomos en abril: IVA, retenciones, comienzo de la RENTA...

Desde el 11 de abril y hasta el 30 de junio

  • Este día comienza el plazo para presentar por internet las declaraciones de la renta y patrimonio. El plazo se cierra el 30 de junio. En caso de que el resultado sea a ingresar con domiciliación en cuenta, la fecha límite está fijada para el día 27 de junio.

Hasta el 20 de abril

  • Modelo 111 y modelo 115: es la fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a marzo de 2023. El modelo 111 es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.

  • Modelos 130 y 131: primeros pagos fraccionados de la Renta del primer trimestre de 2022. A través de modelo 131 para estimación directa y del 131 para estimación objetiva.

  • Modelo 349: declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. En este caso, se deberán presentar dos: uno referente a marzo de 2023 y otro para el primer trimestre de 2023. El plazo termina el mismo día.
  • Modelo 303: autoliquidación de IVA del primer trimestre de 2023.
  • Modelo 309: está dirigido a todos aquellos empresarios minoristas que no están obligados a presentar la declaración periódica del IVA a través de los modelos 303.
  • Modelo 592: Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Declaración mensual correspondiente a marzo de 2023 y declaración trimestral correspondiente al primer trimestre del año

Otras fechas clave de la campaña de la RENTA

La Agencia Tributaria publicó recientemente un apartado en su web donde repasa todas las fechas clave que habrá en esta campaña. No sólo el momento en el que arrancará, que ya se sabe que será el 11 de abril, sino también cuándo los autónomos podrán pedir cita previa para realizar su declaración de IRPF por teléfono o presencialmente, y el momento en el que terminará el plazo para presentar la RENTA en cada una de sus modalidades

  • 5 de mayo hasta el 30 de junio de 2023: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2022 por teléfono (solicitud de cita desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio).

    1 a 30 de junio de 2023: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2022 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 25 de mayo hasta el 29 de junio).

  • Para ser atendido por la Agencia Tributaria tanto por teléfono como presencialmente, concierte previamente cita, por Internet o llamado a los siguientes números de teléfono: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44 .

Cuanto antes se declare el IRPF, antes se recibirán las devoluciones

Aunque el plazo para presentar la declaración anual de IRPF se extiende hasta el 30 de junio, los expertos recomiendan rendir cuentas con Hacienda cuanto antes para recibir las devoluciones en el menor plazo posible, en el caso de que las hubiera.

Recibir o tener que pagar dinero a Hacienda, depende fundamentalmente de tres aspectos: que los pagos a cuenta del IRPF sean superiores o inferiores al impuesto liquidado; que se puedan aplicar ventajas fiscales que disminuyan el impuesto a liquidar; o que se hayan obtenido ingresos no sujetos a retención que lo aumenten. Y es muy probable que, dada la mala situación del colectivo durante el pasado año, que es el que se va a declarar ahora, muchos contribuyentes tengan derecho a devolución.

Aunque no es habitual que Hacienda se retrase en las devoluciones, a veces, sucede. De hecho, la propia ley de IRPF prevé dicha demora. En su artículo 103 explica que el ingreso "se realizará en los seis meses siguientes al término del plazo establecido para la presentación de la declaración. Y en el caso de que haya sido presentada fuera de plazo, los seis meses se computarán desde la fecha de su presentación".

Uno de los motivos más frecuentes de retraso de la Agencia Tributaria en la devolución del dinero al contribuyente es precisamente haber esperado a los últimos días para presentar la RENTA. Como es lógico, la Administración tardará más en hacer la devolución ya que la declaración se pondrá a la cola de todas las presentadas con anterioridad.