Todos los modelos y los plazos para entregarlos mes a mes

La Agencia Tributaria publica el calendario fiscal de 2023 para que los autónomos presenten sus tributos

Los trabajadores por cuenta propia ya pueden consultar todas las obligaciones fiscales que deberán cumplir a lo largo de 2023. Este es el calendario oficial publicado por la Agencia Tributaria. 
La Agencia Tributaria publica el calendario fiscal del 2023 para autónomos y emprendedores
La Agencia Tributaria publica el calendario fiscal del 2023 para autónomos y emprendedores
La Agencia Tributaria publica el calendario fiscal de 2023 para que los autónomos presenten sus tributos

Con la llegada del nuevo año, las obligaciones fiscales que deben cumplir los autónomos se actualizan. A pocos días de que dé comienzo 2023, la Agencia Tributaria ha publicado el calendario fiscal oficial que los trabajadores por cuenta propia deben cumplir para rendir cuentas con el Fisco. 

A lo largo de este calendario, se detallan los diferentes modelos tributarios que deberán presentar los autónomos y los plazos límites para hacerlo a lo largo de los próximos doce meses. Es muy importante conocer y apuntar las fechas para preparar los modelos, ya que retrasarse en su presentación es motivo de sanción. 

Una de las grandes novedades para este nuevo año es el impuesto sobre los plásticos no reutilizables. Cada mes, los autónomos que se vean afectados por este impuesto deberán presentar el modelo 592.

Enero de 2023

Hasta el 2 de enero

  • Modelos 036 y 037: para  renuncia o revocación de los regímenes de estimación directa simplificada y estimación objetiva para 2023 y sucesivos.

Hasta el 20 de enero

  • Modelo 111: este modelo es el que tanto autónomos como negocios utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado durante el trimestre -en este caso, el último de 2022- a trabajadores, a otros profesionales o a empresarios. 
  • Modelo 115: es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos. Deberán declarar el 115 del último trimestre de 2022, todos aquellos trabajadores por cuenta propia o empresarios que paguen alquileres por locales comerciales u oficinas, donde desarrollan su actividad. Los autónomos que presenten el modelo 115, están obligados a presentar también el 180.
  • Modelo 039: comunicación de incorporaciones en el mes de diciembre, régimen especial del grupo de entidades de IVA.

Hasta el 30 de enero

  • Modelos 130 y 131: aquellos que tengan la Renta fraccionada, deberán presentar antes del 30 de enero uno de estos dos modelos para abonar lo correspondiente al cuarto trimestre de 2022. En caso de estar en estimación directa, se deberá cumplimentar el modelo 130. Para aquellos que estén en estimación objetiva, se deberá presentar el modelo 131.
  • Modelo 303: a través de este modelo, los autónomos y empresarios tendrán que realizar la autoliquidación del IVA del cuarto y último trimestre de 2022. Cabe recordar que desde el 1 de enero este modelo ya no puede presentarse en papel.
  • Modelo 309: está dirigido a todos aquellos empresarios minoristas que no están obligados a presentar la declaración periódica del IVA a través de los modelos 303 y 390 cada trimestre. En este caso, hace referencia al cuarto trimestre de 2022.
  • Modelo 349: a través este modelo, los autónomos que realizan operaciones intracomunitarias dan detalles de las mismas a la Agencia Tributaria. Es un modelo informativo, por lo que su presentación es obligatoria pero no está asociada a ningún pago.
  • Modelo 390: con el que se hace la declaración recapitulativa de todo el año anterior en materia de IVA.

Hasta el 31 de enero

  • Modelo 179: declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos
  • Modelo 490: impuesto sobre determinados Servicios Digitales
  • Modelo: 165: declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación
  • Modelo 182: donativos, donaciones y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas
  • Modelo 184: declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas
  • Modelo 345: los autónomos que tengan planes, fondos de pensiones, sistemas alternativos, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes individuales de ahorro sistemático, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia, deberán presentar la declaración anual 2021 a través de este modelo
  • Modelo 180: Rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos. Resumen anual
  • Modelo 188: Rentas o rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez
  • Modelo 190: Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de rentas. Resumen anual

Febrero de 2023

Hasta el 20 de febrero

  • Modelo 349: todos aquellos que realizaron operaciones intracomunitarias en enero, deberán volver a presentar la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias
  • Modelo 346: subvenciones, indemnizaciones o ayudas de actividades agrícolas, ganaderas o forestales
  • Modelo 592: impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Primera vez en la historia que se presenta este impuesto. En este caso, corresponde a enero de 2023.
  • Modelo 111 y modelo 115: es la fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a enero de 2023. El modelo 111 es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.

Hasta el 28 de febrero

  • Modelo 303: los autónomos deberán presentar el modelo de autoliquidación de IVA referente a enero de 2022.
  • Modelo 036: este será selo obligatorio, como indica la Agencia Tributaria, para sociedades, pequeñas o grandes, cuyo ejercicio coincida con el año natural. Tendrán hasta este día para optar o renunciar a los pagos fraccionados sobre la parte de base imponible del período de los tres, nueve u once meses de cada año natural.
  • Modelo 280: declaración informativa anual de planes de ahorro a largo plazo.
  • Modelo 347: declaración anual de operaciones con terceros. este será el último para que los pequeños negocios presenten el modelo 347 de operaciones con terceros referente al ejercicio 2022. Es un modelo informativo anual, por lo que no implica la realización de ningún pago. Se debe presentar solamente cuando se hayan realizado operaciones con proveedores o clientes que superen, en total, los 3.005,06 euros, independientemente del importe de cada factura. 

Marzo de 2023

Hasta el 20 de marzo

  • Modelo 349: todos aquellos que realizaron operaciones intracomunitarias en febrero deberán volver a presentar la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
  • Modelo 592: Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Correspondiente a febrero de 2023.
  • Modelo 111 y modelo 115: es la fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a febrero de 2023. El modelo 111 es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.

Hasta el 30 de marzo

  • Modelo 303: los trabajadores por cuenta propia deberán presentar el modelo de autoliquidación de IVA referente a febrero de 2023.

Hasta el 31 de marzo

  • Modelo 189: declaración informativa de valores, seguros y rentas. Correspondiente al ejercicio 2022
  • Modelo 720: declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero

Abril de 2023

Abril es un mes muy importante en el calendario fiscal de los autónomos, ya que, además de estar repleto de obligaciones tributarias, con él se inicia la campaña de la Renta de 2022.

Desde el 11 de abril y hasta el 30 de junio

  • Este día comienza el plazo para presentar por internet las declaraciones de la renta y patrimonio. El plazo se cierra el 30 de junio. En caso de que el resultado sea a ingresar con domiciliación en cuenta, la fecha límite está fijada para el día 27 de junio.

Hasta el 20 de abril

  • Modelo 111 y modelo 115: es la fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a marzo de 2023. El modelo 111 es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.
  • Modelos 130 y 131: primeros pagos fraccionados de la Renta del primer trimestre de 2022. A través de modelo 131 para estimación directa y del 131 para estimación objetiva.
  • Modelo 349: declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. En este caso, se deberán presentar dos: uno referente a marzo de 2023 y otro para el primer trimestre de 2023. El plazo termina el mismo día.
  • Modelo 303: autoliquidación de IVA del primer trimestre de 2023.
  • Modelo 309: está dirigido a todos aquellos empresarios minoristas que no están obligados a presentar la declaración periódica del IVA a través de los modelos 303.
  • Modelo 592: Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Declaración mensual correspondiente a marzo de 2023 y declaración trimestral correspondiente al primer trimestre del año

Mayo de 2023

Hasta el 2 de mayo

  • Modelo 303: los autónomos deberán presentar el modelo de autoliquidación de IVA referente a marzo de 2023
  • Modelo 179: declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos. Corresponde al primer trimestre de 2023.
  • Modelo 235: declaración informativa de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables. Corresponde al primer trimestre de 2023.

Desde el 5 de mayo y hasta el 30 de junio

  • Este día la Agencia Tributaria habilita el plazo para presentar la declaración de Renta 2022 por vía telefónica. Esta opción terminará el 30 de junio.

Hasta el 22 de mayo

  • Modelo 111 y modelo 115: es la fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a abril de 2023. El modelo 111 es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.
  • Modelo 349: declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias correspondiente a abril de 2023
  • Modelo 592: Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Corresponde a abril de 2023.

Hasta el 30 de mayo

  • Modelo 303: los autónomos deberán presentar el modelo de autoliquidación de IVA referente a abril de 2023

Junio de 2023

Junio es un mes fundamental para los autónomos y contribuyentes, ya que es el último en el que se puede presentar la declaración de la Renta.

Desde el 1 de junio y hasta el 30 de junio

  • El próximo 1 de junio de 2023 la Agencia Tributaria abrirá sus puertas para todos los contribuyentes que deseen presentar la Renta en sus oficinas. Es una opción que estará disponible hasta el 30 de junio.

Hasta el 20 de junio

  • Modelo 111 y modelo 115: es la fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a mayo de 2023. El modelo 111 es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.
  • Modelo 349: declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, correspondiente a mayo de 2023
  • Modelo 592: Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Corresponde a mayo de 2023.

Hasta el 27 de junio

  • Fecha límite para presentar la declaración anual de la Renta y Patrimonio 2022 con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta

Hasta el 30 de junio

  • Finalización del plazo para presentar la declaración de la Renta del ejercicio 2022, con resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativo y a ingresar sin domiciliación del primer plazo.
  • Modelo 303: los autónomos deberán presentar el modelo de autoliquidación de IVA referente a mayo de 2023
  • Modelo 282: declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del régimen económico y fiscal de Canarias y otras ayudas de estado por contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o el Impuesto sobre la Renta de no Residentes sin establecimiento permanente

Julio de 2023

Hasta el 20 de julio

  • Modelo 111 y modelo 115: es la fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a junio de 2023. El modelo 111 es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.
  • Modelos 130 y 131: para efectuar los pagos fraccionados de Renta a través del modelo 130 (estimación directa) y 131 (módulos).
  • Modelo 349: declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Hay que presentar el modelo 349 referente a junio de 2023 y al segundo trimestre de 2023.
  • Modelo 303: autoliquidación del IVA del segundo trimestre de 2023.
  • Modelo 309: de Declaración-liquidación no periódica sobre el segundo trimestre de 2023.
  • Modelo 592: Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Declaración mensual correspondiente a junio de 2023 y declaración trimestral correspondiente al segundo trimestre del año.

Hasta el 25 de julio

  • Modelos 200, 206 o 220: será obligatorio entregar estos modelos para todas las sociedades cuyo periodo impositivo coincida con el año natural. “ Resto de entidades: en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo” recoge el calendario de la Agencia Tributaria.

Hasta el 31 de julio

  • Modelo 303: los autónomos deberán presentar el modelo de autoliquidación de IVA referente a junio de 2023.
  • Modelo 179: declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos. Segundo trimestre de 2023.
  • Modelo 235: declaración informativa de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables.

Agosto de 2023

Hasta el 21 de agosto

  • Modelo 111 y modelo 115: es la fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a julio de 2023. El modelo 111 es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.
  • Modelo 592: impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Corresponde a julio de 2023.

Hasta el 30 de agosto

  • Modelo 303: los autónomos deberán presentar el modelo de autoliquidación de IVA referente a julio de 2023

Septiembre de 2023

Hasta el 20 de septiembre

  • Modelo 111 y modelo 115: es la fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a agosto de 2023. El modelo 111 es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.
  • Modelo 349: declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Correspondiente a los meses de julio y agosto de 2023
  • Modelo 592: Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Correspondiente a agosto de 2023

Octubre de 2023

Hasta el 2 de octubre

  • Modelo 360 y 361: solicitud de devolución del IVA soportado. Correspondiente al ejercicio 2022.
  • Modelo 303: los autónomos deberán presentar el modelo de autoliquidación de IVA referente a agosto de 2023.

Hasta el 20 de octubre

  • Modelo 111 y modelo 115: es la fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a septiembre de 2023. El modelo 111 es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.
  • Modelos 130 y 131: para efectuar los pagos fraccionados de Renta a través del modelo 130 (estimación directa) y 131 (módulos).
  • Modelo 349: declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Hay que presentar el modelo 349 referente a septiembre de 2023 y al tercer trimestre de 2023.
  • Modelo 303: autoliquidación del IVA del tercer trimestre de 2023.
  • Modelo 309: de Declaración-liquidación no periódica sobre el tercer trimestre de 2023.
  • Modelo 592: Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Declaración mensual correspondiente a septiembre de 2023 y declaración trimestral correspondiente al tercer trimestre del año.

Hasta el 30 de octubre

  • Modelo 303: los autónomos deberán presentar el modelo de autoliquidación de IVA referente a septiembre de 2023

Hasta el 31 de octubre

  • Modelo 179: declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos. Tercer trimestre de 2023.
  • Modelo 235: declaración informativa de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables.
  • Solicitud de inclusión para el año 2024: CCT (Cuenta Corriente Tributaria): la renuncia se deberá formular en el modelo de “Solicitud de inclusión/comunicación de renuncia al sistema de cuenta corriente en materia tributaria”

Noviembre de 2023

Hasta el 6 de noviembre

  • Los autónomos que hayan fraccionado el pago de la declaración de la Renta, deberán abonar la segunda y última cuota el próximo 6 de noviembre de 2023.

Hasta el 20 de noviembre

  • Modelo 111 y modelo 115: es la fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a octubre de 2023. El modelo 111 es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.
  • Modelo 349: declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, correspondiente a octubre de 2023.
  • Modelo 592: Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Corresponde a octubre de 2023.

Hasta el 30 de noviembre

  • Modelo 303: los autónomos deberán presentar el modelo de autoliquidación de IVA referente a octubre de 2023.
  • Modelo 232: declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales.

Diciembre de 2023

Hasta el 20 de diciembre

  • Modelo 111 y modelo 115: es la fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a noviembre de 2023. El modelo 111 es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.
  • Modelo 349: declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, correspondiente a noviembre de 2023
  • Modelo 592: Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Corresponde a noviembre de 2023.

Enero de 2024

Hasta el 2 de enero de 2024

  • Modelo 303: los autónomos deberán presentar el modelo de autoliquidación de IVA referente a noviembre de 2023.
  • Modelos 036/037: renuncia al régimen especial del criterio de caja para 2024, 2025 y 2026