El Congreso ratifica la Ley Crea y Crece, con medidas contra la morosidad

Aprobada la ley que impide a las empresas firmar contratos públicos si no pagan en 60 días a los autónomos

El Congreso aprobó este jueves la Ley Crea y Crece que incluye varias medidas de lucha contra la morosidad. Por primera vez, no se permitirá acceder a ayudas o contratos públicos a las empresas que no paguen en plazo a sus proveedores, que son habitualmente autónomos y pequeños negocios.

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Queda aprobada la ley que prohibirá cobrar ayudas a las empresas si pagan tarde a sus proveedores autónomos
Aprobada la ley que impide a las empresas firmar contratos públicos si no pagan en 60 días a los autónomos

El Congreso aprobó este jueves de forma definitiva la Ley de Creación y Crecimiento de Empresas, bautizada como "Ley Crea y Crece", que incluye una batería de medidas para facilitar la creación de negocios en nuestro país y también varias medidas para luchar contra la morosidad. Una de las principales novedades que traerá esta nueva normativa es que prohibirá a cualquier empresa acceder a una ayuda o contrato público si tiene deudas pendientes, no sólo con Hacienda o Seguridad Social como hasta ahora, sino también con un proveedor.

Hasta la fecha, una de las condiciones presentes en cualquier convocatoria de subvenciones o licitación pública era estar al corriente de pago con la Administración. Sin embargo, una empresa podía estar al día con sus cotizaciones e impuestos pero tener deudas con sus proveedores, la mayoría de ellos autónomos, y acceder sin ningún problema a cualquier subvención estatal, autonómica o local. La Ley Crea y Crece pondría fin a este agravio comparativo y situaría las deudas que afectan a los autónomos y pequeños negocios al mismo nivel que las de Hacienda o Seguridad Social.

Una medida que afectará a miles de empresas, tanto las deudoras como las que sufren los impagos. Basta con decir que sólo el 27,27% de las pymes  y menos del 14% de las grandes empresas cumplieron el plazo legal de 60 días con sus pagos a proveedores, según el Estudio sobre Comportamientos de Pago de las Empresas Españolas, de Informa DyB.

A expensas de que se publique la Ley Crea y Crece en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y se fijen los detalles y plazos para la entrada en vigor de esta medida, se espera que la nueva condición de estar al corriente con los proveedores para acceder a ayudas y licitaciones públicas permanezca muy similar a como quedó recogida en el Anteproyecto de Ley. De momento, el Gobierno avanzó tras la aprobación de la norma en el Congreso que  "las empresas que no cumplan los plazos de pago establecidos en la Ley de Morosidad no podrán acceder a una subvención pública o ser entidad colaboradora en su gestión". Esto también sería causa de exclusión a la hora de acceder a un contrato público.

Los negocios no podrán cobrar ayudas ni acceder a contratos públicos si tardan más de 60 días en pagar sus facturas

Desde el momento en el que entre en vigor esta medida -previsiblemente a principios de 2023- ninguna empresa, sea del tamaño que sea, podrá cobrar una subvención pública ni acceder a un concurso o licitación si tarda en pagar por encima del plazo que permite la ley. Esta normativa, la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad, fija un máximo de 60 días para abonar las facturas en el sector privado.

Según exponía el Gobierno en el anteproyecto de ley que ahora ya ha sido aprobado por el Congreso, esta medida es "un incentivo" para el cumplimiento de los plazos de pago a proveedores. Pero, como las demás medidas contra la morosidad incluidas en esta ley,  podría no aplicarse de igual manera a las grandes empresas que a los autónomos y negocios de menor tamaño ya que son "las empresas más pequeñas las que sufren en mayor medida el incumplimiento de los plazos de pago".

Tal y como reconoce el propio texto del anteproyecto,  "las grandes empresas cuentan con una posición de fortaleza frente al proveedor especialmente si se trata de pequeñas empresas y son éstas las que presentan índices de morosidad y plazos de pago más elevados. Así, las empresas de menor tamaño tienen que compensar el coste financiero y la incertidumbre generada por estas malas prácticas sacrificando sus proyectos y capacidades de inversión o recurriendo a la contratación temporal". 

Se distinguirá entre grandes y pequeñas empresas

Por ello, previsiblemente, la nueva ley diferencie la aplicación de estas medidas contra la morosidad dependiendo de si se trata de una gran empresa o de un mediano o pequeño negocio. Según el dictamen que aprobó el Congreso a principios de julio 

Los negocios que quieran cobrar una ayuda de más de 30.000 euros no podrán tener ninguna factura pendiente de pago con un proveedor desde hace más de dos meses. Para acreditarlo, el nuevo artículo que se introduciría en la Ley General de Subvenciones distingue entre dos tipos de beneficiarios: los negocios que pueden presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas, y los que no.

Los negocios que pueden presentar cuentas de pérdidas y ganancias abreviadas tienen que cumplir las siguientes condiciones: 

  1. Que el total de las partidas de activo no supere los 11.400.000 mil euros.
  2. Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los 22.850.000 euros.
  3. Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a 250.

Los beneficiarios que puedan presentar estas cuentas abreviadas, que son todas las pequeñas y medianas empresas y los autónomos societarios, "tendrán que presentar una declaración responsable de que no tienen pendiente ningún pago que supere el plazo establecido por contrato o el plazo máximo de 60 días que marca la Ley. Esta declaración, que supone una traba más para los negocios más pequeños, seguramente será verificada más adelante para ver si realmente se cumplía con esta exigencia. De lo contrario, tendrán que devolver las ayudas", explicó José Carlos Piñero, director del Área Jurídica de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA).

Por otro lado, para las grandes empresas, esta circunstancia -es decir, no sobrepasar el plazo legal de pago de 60 días- "se acreditará mediante certificación, emitida por un auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, que atenderá al plazo efectivo de los pagos de la empresa cliente con independencia de cualquier financiación para el cobro anticipado de la empresa proveedora".  

No queda claro cómo deberán acreditar los autónomos que están al día con sus pagos para acceder a las ayudas

El nuevo compromiso que introduce el proyecto de Ley Crea y Crece distingue claramente entre pymes y grandes empresas a la hora de acreditar que están al día en los pagos con sus proveedores y pueden acceder a las ayudas. "Sin embargo, de momento, no se ha especificado en la ley cómo tendrán que demostrar los autónomos persona física que cumplen con sus plazos de pago, porque en el proceso para acreditar esta circunstancia se habla sólo de sociedades", explicó el director del Área Jurídica de ATA.

Según Piñero, "la ley deja claro que los autónomos persona física también están dentro del ámbito de aplicación de este requisito y que, por lo tanto, tendrán que estar al día con sus proveedores para cobrar ayudas al igual que las sociedades. Lo que no queda claro es cómo deberán acreditarlo. Esto podría desarrollarse más adelante en el proyecto de Ley o incluso matizarse en las condiciones de cada una de las futuras convocatorias de subvenciones".