Armando Teixeiro, subdirector General de Consumo del Ayuntamiento de Madrid

Así actúa la inspección municipal de los comercios en Madrid y estos serán sus objetivos para el 2024

El Ayuntamiento de Madrid afronta esta Navidad la recta final de la campaña de inspección de consumo de 2023 con el objetivo de garantizar la calidad y la seguridad en las compras. Y ya está puesto el foco en las nuevas actuaciones de 2024.

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Trabajarán 12 inspectores técnicos, más aquellos de las unidades de consumo de los 21 distritos de la capital.
Así actúa la inspección municipal de los comercios en Madrid y estos serán sus objetivos para el 2024

El Ayuntamiento de Madrid cuenta con 12 inspectores técnicos adscritos a la Dirección General de Comercio, Hostelería y Consumo, más aquellos que trabajan en las unidades de consumo de los 21 distritos de la capital: en total entre 50 y 60 personas encargadas en este momento de garantizar la calidad y la seguridad en las compras en estas fechas navideñas, aunque las campañas de inspección se desarrollan durante todo el año. Y es que algunos de los productos que se venden pueden no cumplir la normativa exigida. Una vez que se termine el año, se dará inicio a las nuevas directrices para la inspección de comercios en 2024.

En este mes de diciembre, desde la Subdirección General, tal y como ha explicado Armando Teixeiro, subdirector General de Consumo, van a seguir con una serie de campañas de control ya abiertas. Así, se van a controlar los productos navideños en materia de seguridad, especial atención a los juguetes, la seguridad en los bazares, la venta por Internet y los muebles.

Desde las unidades de consumo de los distritos, continuarán con la inspección de los establecimientos, de las actividades de promoción de ventas y el control de los aspectos de consumo en establecimientos de alimentación. También vigilarán que la publicidad sea correcta y que tengan disponibles las hojas de reclamaciones. Junto a todo ello, el ayuntamiento va a trabajar con la venta ambulante de los mercadillos autorizados.

Hay inspectores que están a pie de calle permanentemente y otros de manera puntual. No toda la actividad deriva del trabajo de calle, hay mucha inspección que surge a raíz de denuncias o de reclamaciones de particulares y se resuelve en los despachos.

Campañas de inspección del Ayuntamiento de Madrid previstas para 2024

Anualmente se desarrollan campañas de seguridad de los productos con carácter continuado, tanto de control como de denuncias. La planificación se hace desde la Subdirección General de Consumo, se traslada a los distritos las directrices y se coordina con la Comunidad de Madrid.

Tienen como objetivo principal controlar que se cumpla en el municipio de Madrid los siguiente:

  • El derecho a una correcta información de las personas consumidoras.
  • El respeto de sus derechos económicos.
  • La garantía de calidad de los productos.
  • El cumplimiento de la normativa relativa a la presentación, publicidad y etiquetado de los productos.
  • Verificar el cumplimiento de las normas de seguridad de los productos

Para 2024 hay previstas una serie de campañas de sectores o ámbitos concretos, según avanza el subdirector General de Consumo, Armando Teixeiro:

  • Campaña de seguridad en los productos: todo lo que no sea alimentario y que puedan causar daño al usuario.
  • Campaña de etiquetado de los juguetes: que esté todo especificado en la etiqueta, componentes, sello de calidad de la Unión Europea.
  • Campaña de etiquetado de material eléctrico y pequeños electrodomésticos: que sean productos seguros y están correctamente etiquetados; el consumidor tiene que saber que es lo que realmente está comprando.
  • Control de venta por Internet: que se ofrezca la información correcta al consumidor, ver si hay cláusulas abusivas.
  • Control de las agencias inmobiliarias de venta y alquiler de pisos, que están presentes en cada barrio de Madrid y que se desarrolla desde los distritos: comprobar, igualmente, las cláusulas por su fueran abusivas.
  • Control de las promociones: cómo se está informando al consumidor y si se hace correctamente.
  • Control de la venta ambulante autorizada, pilotada desde los distritos.
  • Toma de muestras para controlar la seguridad: prendas, productos de papelería, de ferretería, etc.

Así actúan los inspectores técnicos del Ayuntamiento de Madrid

“Nuestro ámbito de sanción tiene sus limitaciones. Realizamos la inspección a pie de calle en los comercios de Madrid, pero a la hora de tramitar expedientes sancionadores, sólo se puede sancionar a empresas domiciliadas en el municipio de Madrid. Si el comercio no está domiciliado en Madrid, entonces tenemos que colaborar con la Comunidad de Madrid para que los expedientes se tramiten desde allí para que no queden infracciones impunes o sin perseguir”, explica Teixeiro.

Cuando los inspectores acuden a un local se tienen que identificar como tales y especifican cuál es el motivo de la visita, si es porque haya habido alguna denuncia, bien porque se enmarca en alguna campaña o porque se haya difundido a nivel estatal una alerta sobre un producto determinado. Y una vez que acuden a un establecimiento, no sólo analizan un producto determinado, sino que pueden hacer una inspección más en profundidad del propio comercio.

Tras la visita levanta un acta que refleja datos y hechos, productos o circunstancias que puedan ser irregulares. El comerciante, por su parte, también puede reflejar en esa misma acta una primera alegación o aportar su versión, se deja copia al interesado y se da entrada a dicha acta en la Subdirección General de Consumo para valorar lo ocurrido.

“Generalmente, el comercio suele “colaborar”, pero en caso de que no quieran colaborar -que algún caso hay- con la inspección, pues el inspector levanta acta por obstrucción, que es otra infracción en la que se puede incurrir. No es muy habitual, pero sí se da en alguna ocasión”, asegura Armando Teixeiro.

Hay que tener en cuenta que la Policía Municipal también lleva a cabo sus inspecciones y esas actas luego llegan también a la Subdirección o bien a la Comunidad de Madrid.

Qué se inspecciona en el Control de Establecimientos Permanentes

Hay una serie de puntos que los inspectores analizan cuando se se presentan en un establecimiento, y que son los siguientes:

En cuanto a la documentación:

  • Debe exhibir el cartel con el NDP del establecimiento.
  • debe disponer de documento acreditativo que autorice el ejercicio de la actividad.

En cuanto a la publicidad:

  • La publicidad y las cláusulas que exhibe deben respetar los derechos de las personas consumidoras y no inducir a error.
  • Debe admitir tarjetas de crédito o débito, estando anunciadas.
  • En el caso de disponer de folletos publicitarios, debe disponer de existencias de los productos ofertados.

En cuanto a la exhibición de precios:

  • Debe exponer de forma visible el precio de los artículos expuestos en el escaparate.
  • Igualmente, el de los artículos expuestos en el interior del establecimiento.
  • En el caso de disponer de folletos publicitarios, debe haber coincidencia entre los precios cobrados y los publicitados en el folleto.

En cuanto al documento justificativo de la compra:

  • Debe entregar factura o recibo del pago efectuado.
  • Debe constar en los documentos anteriores: la identidad personal o social y fiscal del proveedor, la dirección del proveedor, la cantidad abonada, el concepto por el que se satisface, la fecha.

En cuanto a las hojas de reclamaciones:

  •  Debe tener a disposición de los clientes hojas de reclamaciones.
  • Debe anunciar, mediante cartel ajustado al modelo oficial, la existencia de las hojas de reclamaciones de modo permanente y perfectamente visible al público.

Qué se inspecciona en el Control de Puestos de Venta Ambulante

Al respecto de la venta ambulante en mercadillos autorizados, los inspectores recaban y solicitan la siguiente información:

En cuanto a la documentación:

  • Debe presentar la autorización municipal.
  • La autorización (original o copia compulsada) se debe exhibir en lugar perfectamente visible.
  • Hay que acreditar la procedencia de la mercancía

En cuanto al documento justificativo de la compra:

  • Debe entregar factura o recibo del pago efectuado.
  • En los documentos anteriores debe constar: identidad del proveedor, cantidad abonada y concepto por el que se satisface, fecha.
  • Debe haber ausencia de cláusulas abusivas en este documento.

En cuanto a la exhibición de precios:

  • El precio debe figurar en los artículos expuestos.
  • El precio de los artículos debe incluir el IVA.
  • Los precios deben estar adecuadamente expuestos (caracteres claros y etiquetas fijas claramente diferenciadas).

En cuanto a los derechos de los consumidores:

  • Los carteles y las cláusulas que se exhiben deben respetar los derechos de los consumidores.

En cuanto a las hojas de reclamaciones:

  • Deben tener a disposición de los consumidoras hojas de reclamaciones.
  • Deben anunciar mediante cartel, ajustado al modelo oficial, la existencia de las hojas de reclamaciones de modo permanente y perfectamente visible al público.