Deben ser tenidos en cuenta a efectos de cómputos de plazo para todas las gestiones

Calendario para que los autónomos sepan los días inhábiles en el Estado y en las CCAA durante 2024

El Boletín Oficial del Estado (BOE) acaba de publicar el calendario de días inhábiles en la Administración General del Estado (AGE) para el año 2024. Es importante para cualquier autónomo, aunque más aún para gestores, abogados, graduados sociales, etc. Se deben tener en cuenta en todo tipo de trámites.
Business executive working in the office and piles of paperwork, he is connecting with a laptop and typing
Es importante tanto para gestores, abogados, etc. como para los autónomos, por los plazos para los cumplimientos administrativos.
Calendario para que los autónomos sepan los días inhábiles en el Estado y en las CCAA durante 2024

El Boletín Oficial del Estado (BOE) acaba de publicar el calendario de días inhábiles en la Administración General del Estado (AGE) y sus organismos públicos a efectos de cómputos de plazos para el año 2024. Este calendario es importante tanto para gestores, abogados, graduados sociales, etc. como para los autónomos, pues en base a sus fechas se tienen en cuenta los plazos para todo tipo de cumplimientos administrativos.

¿Qué es un día inhábil?

Un día inhábil es aquel que no computa a la hora de establecer la fecha de cumplimiento de un plazo administrativo y deben ser tenidos en cuenta tanto a la hora de establecer un plazo para la Administración y para el ciudadano.

El registro electrónico de la Sede Electrónica funciona los 365 días del año durante las 24 horas del día, pero hay que tener en cuenta que, a efectos de cómputo de plazo, se considerarán inhábiles los días marcados como tal en el calendario anual de días inhábiles. Por lo tanto, la recepción de cualquier documento en un día inhábil se considerará que queda realizada el primer día hábil siguiente a las 00:00:01.

El año que viene serán días inhábiles en todo el territorio nacional los sábados, los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las comunidades autónomas no han ejercido la facultad de sustitución. Tampoco serán días hábiles en el ámbito de las comunidades autónomas aquellos días determinados por cada una de ellas como festivos, así como las fiestas locales.

El artículo 30.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, señala que la Administración General del Estado, con sujeción al calendario laboral oficial, fijará, en su respectivo ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos. El artículo 31.2 indica que el registro electrónico de cada administración u organismo se regirá a efectos de cómputo de los plazos, por la fecha y hora oficial de la sede electrónica de acceso, que deberá contar con las medidas de seguridad necesarias para garantizar su integridad y figurar de modo accesible y visible.

Y como punto curioso, añadir que según el artículo 15 del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica, la sincronización de la fecha y de la hora se realizará con el Real Instituto y Observatorio de la Armada.

Los días inhábiles en la AGE a tener en cuenta para todo tipo de cumplimientos administrativos en 2024

El calendario de días inhábiles para el próximo año ha quedado de la siguiente forma:

Enero

  • Todos los sábados y domingos del mes.
  • Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.

Febrero

  • Todos los sábados y domingos del mes.
  • Día 13: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Día 28: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Marzo

  • Todos los sábados y domingos del mes.
  • Día 1: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Islas Baleares.
  • Día 19: Inhábil en la Región de Murcia, así como en la Comunidad Valenciana.
  • Día 28: Inhábil en las comunidades autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de las Islas Baleares, de Canarias, de Cantabria, de Castilla-La Mancha, de Extremadura, de Galicia, de la Región de Murcia, del País Vasco, de La Rioja, de la Comunidad de Castilla y León, de la Comunidad de Madrid, de la Comunidad Foral de Navarra, de la Ciudad de Ceuta y de la Ciudad de Melilla.
  • Día 29: Inhábil en todo el territorio nacional.

Abril

  • Todos los sábados y domingos del mes.
  • Día 1: Inhábil en las Comunidades Autónomas de las Illes Balears, de Cantabria, de Cataluña, del País Vasco, de La Rioja, así como de la Comunidad Foral de Navarra y de la Comunitat Valenciana.
  • Día 23: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Aragón, así como en la Comunidad de Castilla y León.

Mayo

  • Todos los sábados y domingos del mes.
  • Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
  • Día 2: Inhábil en la Comunidad de Madrid.
  • Día 17: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Galicia.
  • Día 30: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Canarias y de Castilla-La Mancha.
  • Día 31: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Junio

  • Todos los sábados y domingos del mes.
  • Día 10: Inhábil en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
  • Día 17: Inhábil en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
  • Día 24: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña, así como en la Comunidad Valenciana.

Julio

  • Todos los sábados y domingos del mes.
  • Día 25: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Cantabria, de Galicia y del País Vasco, así como en la Comunidad de Madrid y en la Comunidad Foral de Navarra.

Agosto

  • Todos los sábados y domingos del mes.
  • Día 5: Inhábil en la Ciudad de Ceuta.
  • Día 15: Inhábil en todo el territorio nacional.

Septiembre

  • Todos los sábados y domingos del mes.
  • Día 9: Inhábil en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.
  • Día 11: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña.

Octubre

  • Todos los sábados y domingos del mes.
  • Día 9: Inhábil en la Comunidad Valenciana

Noviembre

  • Todos los sábados y domingos del mes.
  • Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.

Diciembre

  • Todos los sábados y domingos del mes.
  • Día 6: Inhábil en todo el territorio nacional.
  • Día 9: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de Extremadura, de la Región de Murcia, así como en la Comunidad de Castilla y León y en la Ciudad de Melilla.
  • Día 25: Inhábil en todo el territorio nacional.
  • Día 26: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña.

A tener en cuenta que para la Comunidad Autónoma de Canarias, en las islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, La Palma, Lanzarote, La Graciosa y Tenerife, las fiestas laborales serán, además, las siguientes:

  • En El Hierro: el 24 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Reyes.
  • En Fuerteventura: el 20 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la Peña.
  • En Gran Canaria: el 9 de septiembre, lunes posterior a la festividad de Nuestra Señora del Pino.
  • En La Gomera: el 7 de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe.
  • En La Palma: el 5 de agosto, festividad de Nuestra Señora de Las Nieves.
  • En Lanzarote y La Graciosa: el 16 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Volcanes.
  • En Tenerife: el 2 de febrero, festividad de la Virgen de la Candelaria.

Para la Comunidad Autónoma de Cataluña, en el territorio de Arán, la fiesta del día 26 de diciembre (San Esteban) queda sustituida por la de 17 de junio (Fiesta de Arán), lunes.

Y, finalmente, para la Comunidad Valenciana será también día inhábil el 24 de junio, San Juan.