Comparativa de los distintos sistemas de cotización en Europa y su escasa cobertura

¿Cuánto pagan los autónomos de cuota en otros países europeos y a qué prestaciones les da derecho?

La cuota que pagan los autónomos españoles a la Seguridad Social es distinta a la de los franceses, alemanes, holandeses o portugueses. Pero también los impuestos y las prestaciones que reciben a cambio de su cotización.
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¿Cuánto pagan los autónomos de cuota en otros países europeos y a qué prestaciones les da derecho?
¿Cuánto pagan los autónomos de cuota en otros países europeos y a qué prestaciones les da derecho?

La futura reforma del sistema de cotización de los autónomos, que parece encontrarse ya en la recta final de la negociación aunque todavía sin acuerdo, ha vuelto a avivar antiguos debates sobre la cuota que tienen que abonar los trabajadores por cuenta propia en España a la Seguridad Social y las diferencias respecto a otros países de nuestro entorno.  

Tras varias propuestas presentadas por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones a las organizaciones de autónomos, donde los tramos de cotización eran más elevados, la última tabla trasladada a las asociaciones representativas del colectivo lograría, según los agentes sociales, que los trabajadores por cuenta propia adecúen sus cuotas a sus ingresos de una manera más equilibrada.

De salir adelante esta propuesta acordada entre las organizaciones de autónomos y la Seguridad Social, los autónomos españoles pagarían en 2023 entre 245 euros al mes -cuando sus rendimientos netos fueran de menos de 600 euros mensuales y 500 euros al mes -cuando fueran superiores a 6.000 euros mensuales, pudiendo, lógicamente, aumentar voluntariamente sus cotizaciones para incrementar sus prestaciones si lo desean. 

Desde distintos ámbitos se ha intentado comparar la cuota que tendrían que pagar en los próximos años los autónomos a la Seguridad Social con la de los diferentes países de nuestro entorno, como pueden ser Alemania, Francia, Italia, Portugal o Reino Unido. Sin embargo, desde la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) llevan advirtiendo desde 2018 -cuando se publicó el primer informe comparativo sobre las cotizaciones y protección del colectivo en Europa- de la dificultad de comparar los diferentes sistemas de Seguridad Social y los pagos que realizan los trabajadores por cuenta propia en cada uno de ellos.

En la mayoría de países de nuestro entorno, aseguran los expertos consultados, no hay que fijarse sólo en la cuota que pagan los autónomos a la Seguridad Social, ya que muchas veces pagan mucho menos que en España pero después abonan mucho más por la vía de impuestos como el IRPF para cubrir los gastos sociales. Además, también hay que analizar las prestaciones a las que da derecho el pago de estas cotizaciones, ya que en muchos países como Alemania, Holanda o Italia hay que hacer un pago adicional para acceder a coberturas tan básicas como la Incapacidad Temporal.

En España, todos los autónomos tienen derecho a la asistencia sanitaria, a una prestación por baja o incapacidad temporal, también por incapacidad parcial o total, por accidente laboral, por maternidad y paternidad, por el cese de su actividad, por jubilación, por viudedad y orfandad y otras prestaciones. 

Teniendo todo esto en cuenta, a continuación, este diario ha resumido los distintos sistemas de cotización de los países de nuestro entorno en base a la información proporcionada por los ministerios de Trabajo y de Seguridad Social correspondientes en cada país. En la mayoría de los casos, si sólo se comparara la cuota a abonar cada mes a la Seguridad Social, los autónomos pagarían más en España que en casi cualquier otro país europeo. Pero en cambio, tienen las mismas prestaciones que los asalariados y no se ven obligados a contratar seguros privados para coberturas tan básicas como la asistencia sanitaria o la jubilación que es lo que sucede en muchos países. Es la famosa máxima: nadie da nada por nada.

¿Cuánto pagan de cuota los autónomos en los distintos países de Europa?

  • Reino unido 

Reino Unido tiene un sistema de Seguridad Social que se basa en niveles de ingresos. Las personas que trabajan por cuenta propia y generen menos de 6.475 libras al año  -7657,17 euros- no tienen obligación de cotizar, aunque tampoco tendrán derecho a la mayoría de coberturas básicas.

Los autónomos británicos cuyos ingresos sean superiores a 7.657 euros estarán sujetos a dos posibles tipos de cotización, según los beneficios obtenidos en el año:

Cotizaciones a la Clase 2. Cuota única de 3,55 euros a la semana: Cotizarán aquí los autónomos cuyos beneficios sean iguales o superiores a 7.657 euros  pero inferiores a  11.235 euros. 

 • Cotizaciones a la Clase 4. Un 9 % de los beneficios obtenidos: Aquí cotizarán los autónomos que ingresen entre 11.235 euros y 59.500 euros. A partir de los 59.500 euros hay un 2% adicional de cotización sobre los beneficios que superen este importe. 

Si bien es cierto que en Reino Unido, los autónomos que ingresan menos de 11.200 euros apenas pagarían 12 euros al mes de cuota, no hay que olvidar que no tendrán derecho a apenas coberturas y sus prestaciones, serán las más básicas: 

-Pensión básica del Estado y la Nueva Pensión estatal; subsidio por Maternidad (Maternity Allowances): prestación por Incapacidad; prestaciones por muerte y supervivencia.

Sin embargo, no tienen cobertura por pensión adicional del Estado (la jubilación contributiva española) o desempleo (cese de actividad)  

  • Francia 

En Francia, los autónomos tienen derecho a una bonificación durante el primer año de actividad -similar a nuestra tarifa plana- aunque en este caso no pagan nada durante esos doce primeros meses. 

A partir de ese primer año, las cuotas en el país galo se calculan en función de los ingresos obtenidos y el tipo aplicable varía en función del sector de actividad.  Las tasas que se aplican y que conforman la cuota son, en líneas generales:

  • 12% de los ingresos para actividades comerciales 
  • 22% de los ingresos para servicios y para profesiones liberales no reguladas
  • 22% para profesiones liberales reguladas (como pueden ser psicólogos o abogados)

Hay que tener en cuenta que algunas prestaciones como el cese de actividad se tienen que pagar aparte. Por lo general, los tipos aplicables dan derecho a:

  • Asistencia sanitaria.
  • Jubilación.
  • Pensión de viudedad.
  • Pensión de invalidez.

 

Las demás coberturas, habitualmente, se tienen que contratar bajo seguros privados o complementarios.

  • Alemania

El sistema alemán es uno de los más complicados de analizar, ya que en él se entremezclan muchas veces impuestos y cotización. Normalmente, la cuota es de 140 euros a partir de 1.700 euros de los ingresos mensuales, y por debajo de esa cantidad no se paga. Hay que pagar aparte un seguro médico obligatorio de alrededor de 200 euros al mes.

Tampoco hay que olvidar la Incapacidad Temporal, la pensión o el cese de actividad no están cubiertas por la cuota básica y requieren muchas veces de cotización adicional.

  • Portugal: 

Al igual que en Francia, en Portugal durante el primer año los autónomos están exentos de pagar cuota. Después el tipo de cotización se fija entre un 21,4% sobre la base de cotización del trabajador por cuenta propia. La mínima es de 664,8 euros y la máxima de 5.318 euros al mes.

Esto último, exceptuando algunos casos como los autónomos sin ingresos que sólo tendrían que aportar 20 euros de cuota. 

En este caso, el país luso ofrece a cambio de esta cuota unas protecciones muy similares a España para los autónomos, como pueden ser cese de actividad, Incapacidad Temporal -denominado subsidio de enfermedad-; paternidad y maternidad; pensión de jubilación; incapacidades permanentes...


  • Países Bajos:

En Países bajos se exige a los autónomos pagar tan sólo una cuota fija de unos 50 euros anuales, que se abona a través de la Cámara de Comercio. Ahora bien, esta cuota no da prácticamente ninguna protección al trabajador por cuenta propia y, por lo tanto, se le obliga a contratar una cobertura médica privada que cuesta entorno a 100 euros al mes. Además, es recomendable contratar otros seguros accesorios.

Sin embargo, sí existen seguros nacionales  de jubilación, viudedad, gastos especiales de asistencia sanitaria, etcétera. La diferencia en este caso es que las cuotas de estas coberturas las cobra la Agencia Tributaria holandesa y no la Seguridad Social.

España sigue siendo el países con más protección para los autónomos

A pesar de las lagunas que quedan por solucionar en nuestro sistema, desde 2019, cuando se universalizaron las prestaciones, los trabajadores por cuenta propia españoles se encuentran entre los más protegidos de toda Europa . Posiblemente los más protegidos del continente. 

Así lo puso de manifiesto en su momento un informe de la la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) que compara la protección social que tienen los trabajadores por cuenta propia en España con el resto de la Unión Europea. El informe, elaborado por José Antonio Herce, doctor en Economía, analiza la situación en materia de protección social de los trabajadores autónomos españoles frente a los asalariados españoles, y frente a sus homólogos europeos.

Destaca, por ejemplo, que no exista diferencia entre la cobertura para los autónomos y asalariados españoles en cuanto a asistencia sanitaria, mientras que los trabajadores por cuenta propia europeos tienen que pagar un copago (como en Croacia). O que en caso de incapacidad temporal, la Seguridad Social cubra el cargo de los autónomos antes que el de los asalariados (desde el cuarto día frente al decimosexto día).

En las tablas a continuación se comparan las diferentes coberturas de los autónomos españoles frente a sus homólogos europeos:

informe 1-atainforme 2 -ATA

informe 3-ATA