La mayoría podrán seguir subiendo su base cuando entre en vigor la reforma

Cuántos años de cotización se tendrán en cuenta en 2023 para calcular la pensión de los autónomos

El número de años que se utilizan para calcular la pensión de jubilación de los autónomos ha venido aumentado desde 2013.  De cara a 2023, muchos se preguntan cuánto tiempo se tendrá en cuenta para calcular su prestación y si afectará el nuevo sistema de cotización por ingresos reales.
Nuevos cambios en la solicitud de la jubilación que afectan a los autónomos
Cuántos años de cotización se tendrán en cuenta en 2023 para calcular la pensión de los autónomos
Cuántos años de cotización se tendrán en cuenta en 2023 para calcular la pensión de los autónomos

A partir de enero llegarán grandes cambios que afectarán a la cotización de los autónomos. En 2023 entrará en vigor la reforma del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y no son pocos los que se preguntan si las modificaciones afectarán también a la pensión que recibirán más adelante cuando se jubilen. Y, si así fuera, si esto aumentaría o reduciría su futura prestación.

Actualmente, para calcular la pensión de los autónomos, la Seguridad Social contabiliza todas las bases de cotización de los últimos 25 años. Precisamente fue en 2022 cuando se cumplió uno de los hitos más importantes marcado en las anteriores reformas de las pensiones que pusieron en marcha los distintos gobiernos entre 2011 y 2013.

Desde aquel momento se empezó a aumentar progresivamente el periodo que tiene en cuenta la Seguridad Social para calcular la pensión de la que disfrutarán los autónomos -y asalariados- al llegar a la jubilación, es decir, el número de años en los que las bases de cotización influyen en la pensión que se va a cobrar. En el momento en el que arrancó la reforma se tenían en cuenta tan sólo las cotizaciones realizadas en los 16 años anteriores a la jubilación para calcular la pensión.

Sin embargo y desde 2022, el periodo de cómputo alcanzó por primera vez en la historia los 25 años que se habían marcado como objetivo. En principio y a expensas de nuevas reformas que afecten a este periodo, en 2023 se mantendría el mismo plazo de tiempo. Esto significa, que la Seguridad Social calculará la pensión de los autónomos que se jubilen en función de lo que hayan cotizado cada mes en los últimos 25 años de su vida laboral. Es por eso que, desde distintos ámbitos, se venga aconsejando que los autónomos hagan un esfuerzo de cotización, al menos, desde los 40 años. No obstante, tampoco habría que descartar que, en un futuro, la Seguridad Social decida calcular las pensiones teniendo en cuenta toda la vida laboral del autónomo con lo que contarían también las bases cotizadas con anterioridad a esa edad.

Autónomos que se jubilen en 2023: se tendrá en cuenta para la pensión todo lo que hayan cotizado desde 1.998

Los autónomos que se jubilen a partir de 2023 obtendrán una pensión en base a lo que hayan cotizado desde 1.998, es decir en los últimos 25 años. Si se jubilaran con la edad legal de 66 años y cuatro mes, se tendrían en cuenta todas sus cuotas desde los 41 años, mientras que si se retiraran con 65 años - por haber cotizado más de 37 años y ocho meses-, se contabilizarían todas sus contribuciones desde los 40 años.

Así pues, tomando como referencia el año 2023,  los autónomos que quieran percibir la pensión de jubilación al completo, sin ningún recorte,  deberán retirarse una vez cumplidos los 65 años y acreditar un periodo de cotización de 37 años y ocho meses. En el caso de que su periodo cotizado sea inferior, el trabajador por cuenta propia deberá esperar hasta los 66 años y cuatro meses.  

Si se cumplen una de esas dos circunstancias en cuanto a edad y cotización, el autónomo tiene derecho a retirarse con el 100% de la pensión que le corresponda. Ahora bien, habrá que ver cuánto ha aportado durante los últimos años a la Seguridad Social a través de su cuota. Y, ahí es dónde entra en juego el periodo de cómputo.

Se contarán los 300 meses anteriores a la fecha de jubilación

Para calcular la pensión de aquellos que accedan con la edad legal en 2023 a la jubilación, la Seguridad Social contará todas y cada una de las bases de cotización que tuvo el autónomo desde el año 1998. Es decir, el periodo de cómputo que se va a tener como referencia serán los 300 meses anteriores al momento de acceso a la prestación.

 El método para hallar el importe de esta prestación se basa en la suma de todas las bases de los 300 meses anteriores a la jubilación  (25 años). Ese resultado, que representa la cantidad que tiene cotizada el autónomo a sus espaldas, hay que dividirlo entre 350, resultado de incluir las dos pagas extraordinarias anuales que recibirá el pensionista.

Así, haciendo la media a partir de la base por la que cotizó el autónomo durante los 300 meses anteriores al momento de jubilarse se obtendrá una cifra que, dividida por 350, dará como resultado la base reguladora de la pensión. Esa base reguladora será exactamente la cifra que le corresponda de pensión en cada una de las 14 pagas que cobrará cada año. Podrá disminuir si se jubila anticipadamente o no tiene los 37 años cotizados.

Si los expertos y las diferentes asociaciones representativas del colectivo llevan tantos años insistiendo en la importancia de aumentar la base de cotización cuanto antes es precisamente porque cada vez se están tomando más años para calcular la pensión. Por eso es desaconsejable lo que algunos venían haciendo: cotizar por la mínima durante muchos años e intentar subir las bases al final. 

¿Cómo afectará la reforma de las cotizaciones a la jubilación de los autónomos?

A partir de enero del año que viene, los autónomos tendrán que empezar a cotizar por sus ingresos reales. No son pocos los trabajadores por cuenta propia que se preguntan cómo podría afectar la nueva reforma de las cotizaciones a su futura pensión, ya que sus aportaciones a la Seguridad Social se fijarán según sus ingresos.

En 2023, cada profesional deberá hacer una previsión de los beneficios que tendrá durante el año y, en función de ellos, se situará en uno u otro tramo. Dependiendo de este tramo, las cuotas que pagará el trabajador por cuenta propia serán mayores o menores y, por lo tanto, también cambiará su base de cotización, que es la que determina la pensión que cobrará en un futuro.

Desde que se aprobó la reforma, una de las dudas más frecuentes de muchos autónomos es qué ocurrirá con los actuales topes que les impiden cotizar por una base superior a 2.077 euros al mes, en el caso de que no vinieran de bases anteriores más altas. Otra pregunta recurrente es qué pasará con los trabajadores por cuenta propia que ahora mismo están sobrecotizando, es decir, que tienen una base superior a la que realmente les corresponderá a partir de 2023 en función de sus rendimientos netos: ¿tendrían que bajar su cotización y adaptarla a su tramo de ingresos?.

La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) ya avanzó antes de la aprobación del texto normativo que se había logrado el destope de las bases de cotización de los autónomos mayores de 48 años que, independiente de lo que ingresen, suelen querer cotizar más para asegurarse una buena pensión de jubilación. Además, la organización aseguró que los trabajadores por cuenta propia que vinieran cotizando este año por encima de sus ingresos podrán seguir manteniendo esta base, a pesar de que luego se determine que es superior a los rendimientos netos que tienen.

Así lo recogió finalmente la disposición  transitoria sexta del Real Decreto Ley 26/2022. Según dice el texto, " los autónomos que a 31 de diciembre de 2022 vinieren cotizando por una base de cotización superior a la que les correspondería por razón de sus rendimientos podrán mantener dicha base de cotización, o una inferior a esta, aunque sus rendimientos determinen la aplicación de una base de cotización inferior a cualquiera de ellas".

Esta disposición da respuesta a la duda de miles de autónomos que no saben si el nuevo sistema les obligaría a bajar su base de cotización en el caso de que sus rendimientos netos fuera inferiores. La respuesta, según afirman distintos expertos a este diario es no. Con la entrada en vigor de esta reforma en 2023 podrían darse sólo tres escenarios:

  • Que el autónomo estuviera cotizando en 2022 por una base superior a la que le correspondería en sus rendimientos netos. En este caso, aunque la base estuviera por encima de sus ingresos, podría seguir pagando como medida excepcional la misma cuota y, de este modo, no reducir las aportaciones que está haciendo para su pensión de jubilación
  • Que el autónomo cotizara en 2022 por una base inferior a la que le correspondería por sus rendimientos netos. Su base subiría y tendrían que pagar la cuota que les corresponda según el tramo fijado para sus ingresos.  Cosa que, en todo caso, les supondrá a largo plazo una mejora de su pensión.
  • En el caso de los mayores de 48 años, los que a partir de 2023 tengan ingresos suficientes podrán optar por subirse las bases. Ya no hay tope por lo que podrían cotizar incluso por la base máxima