Les exigen datos imposibles de presentar

Los autónomos que emprendieron en 2020 se quejan de no poder acceder a la prestación por cese de actividad

Sorpresa entre algunos emprendedores que han intentado solicitar la prestación extraordinaria por cese de actividad. Según dicen, no pueden acceder a ella porque se les exigen datos imposibles de presentar. ATA ya ha solicitado “una solución” al Gobierno.

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Los autónomos que emprendieron en 2020 se quejan de no poder acceder a la prestación por cese de actividad

Los autónomos que iniciaron su actividad entre enero, febrero y marzo de 2020 no están pudiendo acceder a la prestación extraordinaria por cese de actividad. La redacción de la ayuda, que ha sido recientemente ampliada por el Gobierno hasta febrero de 2022, exige presentar una caída del 75% de facturación con respecto al cuarto trimestre de 2019, cuando estos profesionales ni siquiera estaban dados de alta. La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), al conocer la situación de estos profesionales por cuenta propia, ha solicitado al Gobierno una solución para estos autónomos que como dijeron se encuentran en un “limbo”.

Hace tan sólo una semana, el Gobierno daba luz verde en el Consejo de Ministros a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, para extender tanto la prestación por cese de actividad, como los ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo), hasta el próximo 28 de febrero. La norma recoge un total de cinco modalidades diferentes de la prestación para proteger al colectivo. Sin embargo, una buena parta de ellos se estaría aparentemente quedando fuera: los nuevos emprendedores. O, lo que es lo mismo, todos aquellos que se dieron de alta entre enero, febrero y marzo, ya que no podrían cumplir los requisitos que exige la ley para poder acceder a la modalidad extraordinaria.

Se trata de una situación que han sacado a la luz ellos mismos a través de diversas publicaciones en redes sociales, que han hecho llegar tanto a Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, como a ATA, en las que denuncian su situación y solicitan algún tipo de solución. Uno de los autónomos que se ha manifestado públicamente es Marixús Capitán, una Guía Oficial de Andalucía, que trabaja por cuenta propia y que se acaba de quedar sin la ayuda en uno de los momentos de menor demanda para su actividad debido a la emergencia sanitaria.. 

Tienen problemas para acceder a la modalidad extraordinaria 

Según contó esta profesional por cuenta propia, lo que está ocurriendo a ella y al resto de personas afectadas, es “básicamente, que todos los autónomos que nos dimos de alta el 1 de enero de 2020 no podemos acceder a la prestación extraordinaria, puesto que como requisito nos piden una comparativa de caída de facturación con respecto al cuarto trimestre de 2019”.

Capitán se quejó de que se trata de una situación que le afecta económicamente debido a su actividad: “me dedico al turismo y soy Guía Oficial de Andalucía. Hasta que los viajes culturales no se restablezcan mi actividad está muy mermada. Los turistas nacionales que viajan por España, visitan monumentos, pero no demandan la figura de guía. Y si lo hacen el número es muy escaso. Y los extranjeros que han venido durante el verano demandaban turismo de sol y playa” relató. Esta autónoma explicó que precisamente por la inestabilidad de su sector le perjudica esta decisión, especialmente cuando “ahora viene una temporada bajísima” e iba, seguramente, a necesitar la ayuda.

Una redacción que les exige facturación en 2019

Entre las cinco diferentes modalidades en vigor del cese de actividad, hay una recogida en el artículo 11 del Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, cuya redacción sería la que estaría dando problemas a los emprendedores. Se trata de la prestación extraordinaria de cese de actividad para aquellos trabajadores autónomos que ejercen actividad y a 30 de septiembre de 2021 vinieran percibiendo alguna de las prestaciones de cese de actividad previstas en los artículos 7 y 8 del Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo y no puedan causar derecho a la prestación ordinaria de cese de actividad prevista en el artículo 10 de este real decreto-ley, que viene recogida en el artículo 11 de la norma y que sería la cual.

 Uno de los requisitos para acceder a esta modalidad es haber estado de alta antes del 1 de abril de 2020; también hallarse al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social; no tener rendimientos netos fiscalmente computables procedentes de la actividad por cuenta propia en el tercer y cuarto trimestre de 2021 superiores al 75% del SMI en dicho periodo; y acreditar en el cuarto trimestre de 2021 unos ingresos fiscalmente computables de la actividad por cuenta propia inferiores en un 75% a los habidos el cuarto trimestre de 2019.

Sería precisamente este último requisito lo que estaría dejando fuera a muchos autónomos. El abogado laboralista de la Gestoría Barcons, Jaume Barcons, explicó que los nuevo emprendedores deberían poder acogerse a esta modalidad, dado que cumplen los requisitos de haberse dado de alta antes del 1 de abril de 2020. Es decir, entre enero, febrero y marzo de ese año. "Sin embargo, no pueden hacerlo porque se les exige una fuerte caída de facturación con respecto a 2019. Ejercicio económico con el que no se pueden comparar por no haber estado dados de alta".

De hecho, esto es lo que denunciaban los trabajadores por cuenta propia a través de sus cuentas de Twitter:  

Desde ATA "ya" han exigido una solución

Esta situación ha llegado, mediante múltiples tweets, comentarios y quejas, a conocimiento de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA). Su presidente Lorenzo Amor aseguró que son “autónomos que se han quedado en un limbo y que estamos tratando de despejar”.

Amor aseguró que “ya” han solicitado al Gobierno que les de una solución, “porque no se puede dejar atrás a aquellos que acababan de invertir todas sus ilusiones y su capital en un negocio, y a los que sorprendió la pandemia en sus inicios". Según adelantó, ATA le habría propuesto como solución poder, “por ejemplo, permitirles realizar la comparativa con su primer trimestre de facturación”. Pero por el momento, no habían obtenido una respuesta del Ejecutivo.