Hacienda deja la puerta abierta a que la Administración siga incumpliendo los plazos de pago

Si bien el borrador del Real Decreto Ley que el Gobierno enviará a Bruselas mejora el periodo inicial de cálculo en 30 días se deja a criterio de las AAPP la aplicación de un procedimiento de aceptación o comprobación previo de las facturas que emitan los proveedores.

Hacienda deja la puerta abierta a que la Administración siga incumpliendo los plazos de pago

Hacienda tendrá que echar un último vistazo al borrador del Real Decreto Ley que modifica el cálculo de los periodos medios de pago a proveedores (PMP) por parte de la Administración, si no quiere que Bruselas le propine otro tirón de orejas.

Dicho borrador, al que ha tenido acceso AyE, mejora el cálculo del periodo de pago con respecto al actual, que empieza a contarse a partir de los 30 días siguientes al de la fecha de entrada de la factura en el registro administrativo. Sin embargo y pese a ello, deja la puerta abierta a que las administraciones establezcan un “procedimiento de aceptación o comprobación de los bienes o servicios prestados”. Es decir, que deja a la discrecionalidad de las AAPP establecer trámites de aceptación de la factura, lo que podría retrasar su pago más allá de lo que dicta la Ley de Morosidad.

En definitiva, si bien el Periodo Medio de Pago empezará a contarse a partir del momento en que llegue la factura al registro de entrada, la administración que contrata -Estado, comunidades autónomas o ayuntamientos- podrá aplicar un periodo indeterminado de tiempo para validar la factura, independientemente de la comprobación del correcto funcionamiento de los bienes o de los servicios proporcionados por los autónomos o pequeñas empresas.

 

La administración que contrate podrá determinar un plazo para validar la factura

 

Por tanto, de no modificarse la coletilla, cualquier administración podría ampliar los plazos máximos de 30 días de pago para el sector público que se establecen la directiva europea contra la morosidad, y por la que España ha sido advertida en sendas ocasiones. La última el pasado mes de febrero.

Fisuras y dudas

 

Otra de las cuestiones que suscitan dudas a los expertos consultados por AyE, viene dada en el caso de aquellas facturas que se abonen con cargo al FLA (Fondo de Liquidez Autonómica). Aquí se tendrá en cuenta la fecha propuesta por la administración correspondiente. Esto significa que si los planes de pago que los gobiernos regionales y municipales fijan periodos que superiores, los proveedores estarán atados de pies y manos y no cobrarán a 30 días vista.

El apartado b del Real Decreto, que afecta a la prestación de bienes y servicios, también da lugar a cierta contoversia ya que el pago dependerá del momento en el que se acredite documentalmente la conformidad con los mismos.

Más claro queda el que se referido a la obra pública. Aquí los plazos se contarán desde la fecha de aprobación de las certificaciones de obra hasta la fecha de pago material.

A pesar de que, desde el 21 de abril y hasta el día 11 de mayo, está abierto el trámite de información pública, según ha podido saber AyE, ni ATA (Federación Nacional de Asociaciones de Autónomos) ni la PMcM (Plataforma Multisectorial contra la Morosidad Empresarial) ni han recibido por parte de Hacienda el borrador del Real Decreto ni han sido informados de su publicación. Algo que sorprende dado que son éstas las dos principales asociaciones que han defendido los intereses de autónomos y pymes frente a la lacra de la morosidad.

Mejora en los PMP

 

Aunque a la vista queda que hay camino por recorrer, lo cierto es que desde que se puso en marcha el Plan de Pago a Proveedores en 2013 éstos se han reducido considerablemente. Antes de que Cristóbal Montoro tomase las riendas del Ministerio de Hacienda y Función Pública, los autónomos llegaron a cobrar por encima incluso de los 300 días. Es por ejemplo el caso de las farmacias, que en el caso de comunidades como Castilla la Mancha, Comunidad Valenciana o Cataluña tuvieron que soportar impagos de hasta siete meses.

Sin embargo, y pese a que el 80% de la Administración sigue incumpliendo con la Ley de Morosidad, los autónomos y microempresas que trabajan para la administración cobran ahora a 72 días de media, según se extrae del último informe sobre morosidad de ATA. O lo que es lo mismo casi 230 días antes de lo que hace cuatro años.