Los requerimientos, si son necesarios, se harán "más adelante", asegura el Fisco

Hacienda desmiente que esté enviando las llamadas 'cartas del miedo' a los autónomos por la RENTA

Recientemente han aparecido ciertas informaciones acerca del envío de una supuesta "carta del miedo" a miles de autónomos y otros contribuyentes por si no presentan y pagan la RENTA en plazo.
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Hacienda desmiente que esté enviando las llamadas 'cartas del miedo' a los autónomos por la RENTA
Hacienda desmiente que esté enviando las llamadas 'cartas del miedo' a los autónomos por la RENTA

La Agencia Tributaria ha querido desmentir la oleada de informaciones que llevan sucediéndose durante los últimos días sobre una supuesta campaña de cartas a los autónomos y demás contribuyentes donde se les requiere por no haber presentado y abonado la RENTA en plazo. No son pocos los medios, -este diario ha contabilizado más de una decena de periódicos digitales diferentes, algunos de mucha relevancia- que han informado de forma muy similar sobre el envío de requerimientos masivos a partir del 27 de junio a contribuyentes que no han presentado y/o domiciliado el IRPF en el plazo exigido.

El nombre de esta supuesta misiva, con la que han titulado al menos quince diarios parece más cercano a la ciencia ficción que al día a día de la Administración:  'la carta del miedo'. "No hay ninguna campaña de cartas con ese nombre. No existe ese concepto ni esa campaña. Obviamente, si no presentas la RENTA, te enfrentas a sanciones. Pero no es cierto que haya cartas avisando de esto, ni que se envíen a partir del 27 de junio, cuando ni si quiera ha terminado el plazo para presentar la declaración de la RENTA", explicaron fuentes de la Agencia Tributaria a este diario.

La información, según apuntan otras fuentes consultadas por este diario digital, "se cae por si sola". Los medios que han publicado esta noticia, todos ellos utilizando como fuente a una conocida marca de asesoría fiscal que podría estar detrás de la noticia, afirman que esta misiva se envía el 27 de junio y es relativa a la declaración de IRPF a presentar este año. Todos los asesores fiscales, técnicos de Hacienda y fuentes de la Administración consultados por este diario coinciden en que es "técnicamente imposible empezar a requerir a los contribuyentes por no haber presentado la RENTA cuando ni tan si quiera ha terminado el plazo de presentación". "¿Cómo se va a avisar o sancionar a contribuyentes por estar fuera de plazo de presentación y pago cuando todavía no ha terminado el plazo?", se preguntaba Pablo G. Vázquez, asesor fiscal especializado en deducciones de la asesoría. Eso sin contar que "nunca he tramitado ninguna carta de un cliente con tal denominación ni había escuchado ese nombre", añadió el asesor fiscal.

La Agencia Tributaria desmiente que esté enviando cartas sobre esta RENTA: "los requerimientos se hacen más adelante"

Según explicaron asesores, técnicos de Hacienda y fuentes de la Administración a este diario, todos los años se envían requerimientos por no haber presentado la RENTA. Lo que no es cierto es que se haga tan pronto -mucho menos antes del final del plazo para presentar el IRPF- o que exista una campaña específica bajo el nombre de "carta del miedo" o cualquier otro para enviar específicamente requerimientos acerca de declaraciones extemporáneas.

Por supuesto, "se enviarán requerimientos, pero no ahora. Todavía no ha finalizado el plazo para declarar la RENTA. Si se lee bien la información, más allá del calificativo, lo único que se dice es que si no has presentado la RENTA y luego te comprueban, te enfrentas a sanciones. Habrá comprobaciones, pero se harán más adelante", explicaron desde la Agencia Tributaria.

En la misma línea, el secretario general de los técnicos de Hacienda (Gestha), José María Mollinedo aseguró  que "la información está muy desenfocada y con errores, más allá de lo llamativo del calificativo".

Plazos en los que realmente se comprueba la RENTA, según los técnicos de Hacienda

Según explicó José María Mollinedo, "Hacienda cuando requiere es mediante una comunicación de comprobación limitada notificada. Normalmente a partir de septiembre".  Por lo que, las primeras comprobaciones de cada RENTA que presentan los autónomos no suelen ser relativas a estas declaraciones y pagos extemporáneos, ni se realizan tan pronto.

Y si nos referimos a las comprobaciones propias de la campaña, "habría que distinguir entre las declaraciones que salen a devolver y a ingresar. El primer filtro dentro de esta etapa de revisión se hace sobre las declaraciones con resultado a devolver -es decir, en las que Hacienda debe pagar al contribuyente-. Aquí lo que se verifica es que el total de las retenciones de los adelantos a cuenta -los que hacen los clientes empresarios de los autónomos- coinciden con lo declarado por el trabajador por cuenta propia", explicó el secretario general de Gestha.

A lo largo de estas distintas etapas se puede ir revisando que los autónomos no han pagado la RENTA en plazo y requerir. "Pero siempre después del final de la campaña, a partir del 1 de julio y normalmente desde septiembre", apuntó el secretario general de Gestha.

¿Qué suele comprobar Hacienda en la RENTA de los autónomos y demás contribuyentes?

Las comprobaciones más tempranas, normalmente, son las relativas a una solicitud de devolución. Lo primero que comprueba Hacienda es que las retenciones que el autónomo dice que ha realizado a sus clientes y que estén obligados a declarar también por su parte.

Según el secretario general de Gestha, cuando hay una diferencia entre lo que ha declarado el autónomo como retenciones pagadas durante 2022 y lo que ha declarado el cliente empresario como retenciones recibidas ese mismo año, "se paraliza la devolución y se solicita justificación".

Del mismo modo que se analizan en un primer momento las retenciones que declara el autónomo y no su cliente, después, la Agencia Tributaria hace un segundo barrido. Y en este caso se comprueba lo contrario: las ventas del autónomo que sí han declarado sus clientes pero que él no ha incluido en la declaración de IRPF como ingresos.

Según explicó José María Mollinedo, en esta siguiente fase se "analizan declaraciones a ingresar. Y aquí lo habitual es que se compruebe que los importes que declaran los terceros sobre las operaciones que han tenido con el autónomo concuerdan con las operaciones que ha declarado el trabajador por cuenta propia.  En este caso, la Agencia Tributaria cuenta con varias bases de datos, como por el ejemplo lo declarado por algunas empresas en el Suministro Inmediato de Información (SII)".

En resumidas cuentas: las operaciones que declaran estas empresas a la Agencia Tributaria tienen que concordar con los ingresos que ha declarado el profesional en su RENTA, porque sino querría decir que ha incluido menos ingresos de los que debería en su declaración de IRPF. Estas comprobaciones pueden acabar en una paralela en la que se solicite al autónomo ingresar más dinero del que liquidó en un primer momento.

Cuatro años para comprobar cada RENTA

A pesar de que la Agencia Tributaria haya podido dar por válida una declaración de IRPF en un primer momento, durante el mismo año de la campaña, e incluso abonar una devolución al autónomo, las comprobaciones no siempre terminan ahí. No hay que olvidar que la Agencia Tributaria cuenta con hasta cuatro años para comprobar las declaraciones de impuestos.

De hecho, "los gastos fiscalmente deducibles -como puede ser el vehículo, la factura telefónica o los gastos de promoción- no se suelen revisar en esta primera etapa, sino en la campaña de verificación de la RENTA ya presentada, que inicia en enero del año siguiente -2024, en este caso- y dura hasta que inicia la campaña del año siguiente- abril de 2024-,

En este otra etapa de comprobación se revisan muchos más aspectos con cruces informáticos de distinta naturaleza. Por ejemplo, se utilizan los conocidos ratios de facturación del sector -si un autónomo ha declarado menos ingresos que la media de su sector en función de sus empleados o gastos- o si casi todo su dinero declarado es poco y por datáfono -podría no estar declarando dinero en metálico