Se debatirá en el Consejo Rector del organismo

Inspección de Trabajo tendrá en cuenta el tamaño de la empresa para el control del registro horario

El Consejo Rector del Organismo Estatal de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social revisará los criterios para el control del registro de jornada atendiendo a las recomendaciones de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que insta a tomar en consideración las “especificidades” de los negocios, entre ellas el tamaño.

Las Comunidades Autónomas se plantean nuevas restricciones contra la actividad no esencial.
Inspección de Trabajo tendrá en cuenta el tamaño de la empresa para el control del registro horario

El culebrón del registro horario todavía no ha grabado su último capítulo. Siguiendo las recomendaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su próxima reunión, el Consejo Rector del Organismo Estatal de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se ha avenido a tener en cuenta el tamaño de la empresa o negocio así como las particularidades propias de cada sector de actividad de cara a la aplicación de la norma. “Se tendrán en cuenta con seguridad”, afirmó ayer Gabriel Álvarez del Egido, inspector de Trabajo y Seguridad Social, durante el IV Encuentro sobre Economía Laboral organizado por el Consejo General de Economistas de España (CGE). Se entiende que podría haber un tratamiento especial para autónomos y microempresas en cuanto a la exigencia de llevar un control diario del horario de sus trabajadores 

Álvarez, aludió a que aunque desde el ministerio que dirige Magdalena Valerio se han emitido instrucciones y se ha desarrollado un criterio técnico sobre la actuación inspectora “no hay desarrollo reglamentario del Real Decreto”. Así será en el citado Consejo Rector “cuando se determinarán los criterios” y “se planifiquen, programen y acuerden las actuaciones”.

A este respecto es previsible que en la reunión, para la que por el momento el Ministerio no ha fijado fecha, se valoren las aportaciones realizadas por la patronal de los empresarios, CEOE, y las alegaciones enviadas a Trabajo por la mayor organización de autónomos, ATA. Ambas organizaciones trabajan intensamente con el Ministerio para mejorar la guía de aplicación del registro horario.

En relación a las actuaciones inspectoras que ya se están produciendo y que han sido denunciadas por varias empresas y entre las que se encuentran muchos pequeños negocios de autónomos, Álvarez explicó que si bien “no hay una campaña ordenada ni acordada con las comunidades autónomas, la actuación está guiada por la actividad rogada”. Es decir, en caso de que se produzca alguna denuncia ex profeso. Asimismo, tal y como confirmaron la semana pasada a Autónomos y Emprendedores fuentes del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, el control de registro de jornada “se ha incorporado dentro de las actuaciones ordinarias de la inspección”.

Flexibilidad en los criterios

Tanto para las actuaciones que ya están en marcha como para las futuras, Álvarez insistió en la “flexibilidad” de los criterios de la inspección a la hora de evaluar que las empresas están aplicando la norma que entró en vigor el pasado 12 de mayo. Así, antes de aplicar las sanciones se valorará “si se está en proceso de negociación con los representantes de los trabajadores y se tiene la certeza de que no hay incumplimiento”.

En estos casos y con el propósito de ofrecer seguridad jurídica, la inspección actuará como asesor durante el proceso de implantación, “el objetivo es ser parte de la solución”, afirmó.

Ruptura del modelo de confianza y aumento de costes

A pesar de que el debate todavía está abierto, lo cierto es que desde la perspectiva empresarial y, especialmente de los negocios más pequeños, cada vez son más las dudas que suscita la medida. “Aunque es sencilla en su redacción es muy compleja en su aplicación”, constató Teresa Díaz de Terán, directora del área sociolaboral de Cepyme (Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa) que también participó en el encuentro. Sin embargo y pese a todo “la norma sí se está aplicando”, insistió.

Asimismo criticó que el registro horario rompe con el “modelo de confianza en las relaciones laborales”, un principio con el que las empresas españolas llevan “largo tiempo comprometidas”. Y también supone  una “injerencia” en los acuerdos adoptados entre trabajadores y empresas.

Tanto Díaz de Terán como Javier Hervás, presidente de la sección de laboral del Colegio de Abogados de Madrid, otro de los ponentes, coincidieron en el aumento de costes que supondrá para las empresas. “Tal y como se ha planteado, va a influir de manera muy determinante”, aseveró Hervás. Para el abogado la realidad del registro de jornada “lleva a algo distinto al mero fichaje” y afectará al ámbito de la organización interna, impactando en la rentabilidad de los negocios.

Economía Laboral_CGE

Del lado de los sindicatos la visión se centró en los abusos que se han cometido por parte de algunas compañías. “Sorprendida por el revuelo” que ha generado la implantación de la medida, María Higinia Ruíz, abogada del servicio de Estudios de UGT (Unión General de Trabajadores), explicó que en 2018 se registraron 6,45 millones de horas extraordinarias a la semana (330 millones de horas al año), lo que representaría un déficit de 180.000 empleos a tiempo completo. “Es una obligación limitada y fundamentada en los derechos de los empleados cuya finalidad es dar seguridad jurídica, posibilitar el control de la inspección, que corrige la precariedad y mejora la situación de trabajadores poco cualificados”.

Respecto a los costes de implementación Ruíz los redujo a la parte práctica, “depende del sistema que se implante”, aseguró. Asimismo lanzó un mensaje a Trabajo por la relajación en la redacción final de la norma. “Se echa en falta un régimen de sanciones”.  

Trabajo efectivo y pausas para ‘el bocata’

Entre las lagunas que deja la redacción de la norma está la de aclarar qué es el tiempo de trabajo efectivo. “Hay que regular y definir qué es a través de la negociación colectiva”, destacó Hervás.

Esto incluye determinar si los descansos para fumar o tomarse un tentenpié a media mañana deben ser objeto de registro o no. A este respecto Díaz de Terán fue tajante, “no se puede obligar a estar constantemente registrando las pausas. El registro horario debe integrarse con normalidad en la organización de la empresa”.

El punto en el que sí hubo consenso entre todos los ponentes es en que el sistema no debe ser intrusivo y cumplir con el principio de proporcionalidad. Es decir, deben garantizar la desconexión digital y evitar que la geolocalización se convierta en una herramienta de presión.