Hay incongruencias técnicas

Los jueces dudan de que la reforma concursal favorezca a los autónomos

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha dado luz verde al Anteproyecto de ley de la Reforma Concursal. Pero considera que el texto tiene fallos, precisamente en lo que se refiere a los autónomos.

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Mesa del Pleno del Consejo General del Poder Judicial. | Foto: CGPJ.
Los jueces dudan de que la reforma concursal favorezca a los autónomos

El Anteproyecto de Ley de la Reforma Concursal ha pasado por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Y aunque el órgano de gobierno de los jueces ha dado su visto bueno (con 20 votos a favor y uno en blanco) al texto que propone el Gobierno llevar hasta el Congreso de los Diputados dudan que éste sea beneficioso para los autónomos.

En su mayoría, estas dudas tienen que ver con el procedimiento específico de insolvencia que contempla la normativa para que los autónomos y microempresas de menos de diez trabajadores puedan acceder al concurso de acreedores. Según recoge un comunicado emitido por el CGPJ, “el informe aprobado por el órgano de gobierno de los jueces hace algunas consideraciones, en especial en lo que respecta al establecimiento que se hace en el anteproyecto de un procedimiento específico y especial para las microempresas, que no es exigido por la Directiva”.

Tal y como lo ven los jueces, el anteproyecto, y más concretamente este nuevo procedimiento concursal específico para autónomos, presenta una serie de incongruencias técnicas. La fórmula planteada pretende “articular una estructura procesal más flexible, que reduzca costes, fomentando el uso de la tecnología, aspecto este último que justifica la eliminación o limitación de la participación de abogados, procuradores y administradores concursales en el proceso” como apunta el comunicado. Sin embargo requiere de unas herramientas que podrían no estar listas cuando entre en vigor la normativa; algo que el Gobierno quiere que ocurra el próximo julio de 2022. 

No existen los medios técnicos para los concursos de autónomos

Una de las novedades del Anteproyecto de Ley de la Reforma Concursal es la creación de un procedimiento específico para que los autónomos y pequeños negocios puedan acceder al concurso de acreedores. Se quiere que éste nuevo mecanismo sea un procedimiento ágil, fácil, digital y con un coste más reducido que el actual, para permitir la continuidad de las actividades tras su apertura. El Objetivo que persigue el Gobierno es que los autónomos solucionen antes, de lo que lo están haciendo ahora, sus problemas de insolvencia. 

Un nuevo procedimiento que al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) le parece bien, pero considera que no estará listo para aplicarse en el momento que prevé el Gobierno. En el comunicado emitido por el Consejo, los jueces "advierten" de unas incongruencias técnicas en el texto de la futura norma. "El anteproyecto establece que este procedimiento se aplicará desde el mismo momento de entrada en vigor de la ley, al tiempo que dispone que los artículos relativos a vistas virtuales y medios electrónicos solo entrarán en vigor cuando se disponga de los medios técnicos”.

Esto quiere decir, que podría darse la posibilidad de que el procedimiento concursal para autónomos entrase en vigor, sin que se hubieran habilitado antes los mecanismos para que los trabajadores por cuenta propia puedan hacer un verdadero uso del mismo. "En opinión del CGPJ, no debería ponerse en marcha este nuevo modelo sin que toda la estructura de medios tecnológicos sobre los que se asienta su aplicación práctica esté en correcto funcionamiento en todos sus aspectos".

Más problemas del procedimiento concursal para autónomos

El órgano de control de los jueces también conjetura otro problema del procedimiento concursal específico para los pequeños negocios. Éste tiene que ver con la posibilidad de que el deudor (en muchos casos, éste será el autónomo) esté a cargo de "la gestión de la situación de insolvencia en que se encuentra y la práctica de comunicaciones y de relevantes actuaciones en el seno del procedimiento, así como la gestión de la tramitación documental del concurso, sin que esté contemplada la asistencia jurídica y la representación procesal más que de manera voluntaria y con una intervención limitada del administrador concursal" señala el CGPJ. 

Todo es consecuencia de que en este nuevo mecanismo concursal, se elimina la actuación de los administradores concursales dejando en manos de los dueños de pequeños negocios todo el procedimiento a través de formularios que deberían responder. Se trata de un punto muy polémico del Anteproyecto y que ha sido cuestionado muy duramente, por la Asociación Profesional de Administradores Concursales (ASPAC). Su presidente, Diego Comendador, ha defendido en varias ocasiones que la eliminación de estos profesionales supone trasladarle "una responsabilidad al empresario para la que no está preparado. Ya que si el si el letrado le admite el concurso, el empresario tendrá que hacer la lista de acreedores, también deberá presentar una propuesta de continuidad. Y en el caso de que no haya acuerdo, será el autónomo quien tenga que hacer la propia liquidación de su actividad". 

Ahora, el Consejo General del Poder Judicial coincide, en buena parte con la postura de ASPAC, que se producirá una falta de asesoramiento en el proceso en detrimento de los autónomos. Según defienden, "la escasa envergadura empresarial no siempre se traducirá en una mínima complejidad de los procedimientos, de modo que en algunos casos sería necesaria la concurrencia de expertos, tanto para evitar comportamientos fraudulentos como aquellos derivados del desconocimiento o la impericia. El proceso basa la adopción de medidas concretas o el acceso a determinada información en la 'proactividad de las partes', que el desconocimiento del procedimiento y la falta de asesoramiento podrían reducir considerablemente".

Una mayor carga de trabajo para la Oficina Judicial

Por último, el CPGJ alerta de que es nuevo procedimiento para autónomos, junto con la falta un profesional que se encargue correctamente de los trámites, tendrá una consecuencia negativa para la estructura jurídica y una mayor carga de trabajo para la Oficina Judicial. Los magistrados mostraron sus dudas en cuento a "la eficiencia" del procedimiento. Según defienden, "esta intervención restringida y el carácter voluntario de la asistencia letrada y de la representación procesal, pueden desplazar hacia el órgano judicial, y en particular hacia el letrado de la Administración de Justicia (LAJ), una mayor carga de trabajo y provocar, en consecuencia, una menor eficiencia junto con una mayor duración del procedimiento". 

Si el Anteproyecto de la Reforma Concursal sale adelante, tal y como está planteado, los letrados de la LAJ se encargarán con este nuevo procedimiento "de recibir copia de todas las comunicaciones entre deudor y acreedores, dar traslado de la solicitud de homologación judicial, realizar múltiples notificaciones al Registro público concursal o recibir los informes mensuales de liquidación" enumera el CPGJ. Son tareas que ahora corresponden al administrador concursal y que recaerán sobre estos profesionales si se elimina su figura del nuevo procedimiento concursal para autónomos.