Tenía que asumir la deuda por ser la administradora

Una jueza libera a una autónoma de pagar un millón de euros a Hacienda gracias a la Ley de Segunda Oportunidad

La sentencia de un juzgado ha exonerado a una autónoma de pagar un millón de euros a Hacienda por ser administradora de una empresa que cerró con deudas sin presentar un concurso de acreedores, aplicando la Ley de Segunda Oportunidad.
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Una jueza libera a una autónoma de pagar un millón de euros a Hacienda gracias a la Ley de Segunda Oportunidad

La justicia española ha dado un paso más en la resolución de deudas de los pequeños negocios con Hacienda y Seguridad Social. Este martes, el Juzgado Mercantil número tres de Palma de Mallorca exoneró a una autónoma de pagar el millón de euros que le reclamaba la Administración pública. Se trata de otra sentencia más que aplica la Ley de Segunda Oportunidad aludiendo al fallo que dictó en 2019 el Tribunal Supremo de Justicia, donde consideró que el crédito público, al igual que los impagos a entidades privadas, debe incluirse en el sistema de exoneración.

Esta interpretación se debe a una modificación en el Texto Refundido de la Ley Concursal aprobado en septiembre del 2020. Tras su aprobación, curiosamente se modificó uno de los apartados donde se decía que las deudas públicas no podían exonerarse. Algo que muchos jueces entienden como un "exceso en el mandato", por lo que se limitan a ejecutar el primer texto y exonerar los impagos a la Administración.

Siguiendo esta misma línea, la magistrada que tenía que de dictar sentencia para la autónoma dueña de un pequeño negocio a la que Hacienda reclamó un millón de euros, decidió condonar su deuda. El abogado del despacho Debify encargado de defender a la profesional, Carlos Guerrero, valoró la "importancia que la sentencia del Supremo tiene para los trabajadores por cuenta propia", y explicó que, en concreto, esta autónoma ha conseguido exonerarse de 988.000 euros. "Hemos conseguido una exoneración diferida, es decir, tendrá que abonar 200 euros mensuales durante 5 años. Al final pagará 12.000 euros del millón que se le reclamaba, el resto de la deuda se elimina automáticamente", señaló.

La envergadura de la deuda pública que se ha exonerado refuerza el objetivo de la Ley de Segunda Oportunidad, y aumenta las posibilidades que tienen los autónomos insolventes para dejar de lastrar sus futuros negocios con las deudas que arrastran con la Administración y así poder volver a emprender un negocio.

Hacienda derivó a la administradora la responsabilidad de la deuda

Una de las peculiaridades de esta sentencia es que la autónoma se vio obligada a asumir esa deuda ante Hacienda porque sufrió una derivación de responsabilidad. Tal y como explicó este diario, distintos expertos fiscalistas están constatando como, en estos momentos de crisis, la Agencia Tributaria ha intensificado la figura legal de 'derivación de responsabilidad', por la cual puede obligar a los administradores de las empresas en quiebra a rendir cuentas con el Fisco.

Es decir, que la Administración hace recaer sobre el administrador de una sociedad, que en un principio tienen responsabilidad limitada, las deudas que contrajo el negocio con Hacienda y que no se subsanaron antes de cerrarla. Este mecanismo hace que los administradores de un negocio, muchos de ellos autónomos societarios, pasen a tener responsabilidad ilimitada -igual que si fueran autónomos persona física- respondan con todo su patrimonio a la deuda contraída. En este caso, esta autónoma, según contó su abogado, cerró su negocio sin presentar un concurso de acreedores. Lo que quiere decir que no saldó correctamente sus deudas antes del cierre, y ahora, la Administración se lo ha reclamado.

"Es muy importante que los administradores se aseguren de que cada paso que se de en la sociedad se haga de forma correcta y legal, porque en el momento que algo no se haga así, Hacienda entenderá que son ellos los que lo han permitido y, por tanto, derivan sobre ellos la responsabilidad", señaló Joan Torres, presidente de la Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales (FETAFF). “En España hay miles de negocios que bajan la persiana sin más. El cierre sin hacer frente a las deudas, sin pasar por un concurso de acreedores y generando una serie de irregularidades es lo que luego les acarrea problemas judiciales”, añadió por su parte Diego Comendador, presidente de la Asociación Profesional de Administradores Concursales (ASPAC).

Los administradores "suelen desconocer" esta responsabilidad

Por su parte, el presidente de FETTAF, Joan Torres, considera que la figura de responsabilidad debe reformularse para evitar una avalancha de derivaciones de responsabilidades a raíz de la crisis generada por la Covid-19. “Mucha gente, por desconocimiento puro, habrá cerrado la empresa aún con deudas y éstos se pueden encontrar con que años después la Agencia Tributaria se las reclame. Y aunque el desconocimiento de la Ley no exime de su cumplimiento, hay que ser un poco más flexibles a la hora de determinar cuándo derivar la responsabilidad en cierres ocasionados por la Covid-19” apuntó.

Aunque hay muchas casuísticas de derivación de responsabilidad, algunas más específicas y otras más generales, lo habitual es que ese traspaso recaiga sobre la persona que haya gestionado la empresa. Esa persona es el administrador de la sociedad, que normalmente es un autónomo societario. “Suele ser una persona que invierte un capital para montar una sociedad, que se decanta por una forma jurídica para limitar la responsabilidad y luego se encuentra con que por ser el administrador, tiene que afrontar los pagos”, explicó el fiscalista.

Para evitar esta circunstancias, Torres apuntó que la única solución es cerrar bien la actividad acudiendo a un concurso de acreedores. Asimismo, el asesor fiscal Eneko Rufino coincidió con el presidente de FETTAF en que existe un desconocimiento generalizado en cuanto a lo que significa aceptar ser administrador de una sociedad. “Hay cierta ligereza en España a aceptar el cargo de administrador de una sociedad, sin saber consecuentemente lo que ello significa”.

Urge la trasposición europea que condona la deuda pública 

Esta sentencia pone de nuevo sobre la mesa la necesidad de trasponer Directiva Europea sobre insolvencia. Una norma que permite la condonación de las deudas de un autónomo con la Seguridad Social o con Hacienda, lo que supone un salvavidas para muchos profesionales que, aún habiendo cerrado su negocio por quiebra, siguen soportando como un lastre sus deudas con la Administración, lo que les impide rehacerse como autónomos.

No obstante, tal y como puso saber este diario digital, el Gobierno ha decidido solicitar una prórroga de un año para su trasposición. Lo que supone que hasta julio de 2022, no estarán vigentes las diferentes reformas que recoge la normativa comunitaria y que afectan especialmente a los trabajadores autónomos. El documento recoge que los Estados tienen hasta dos años para adoptarla y publicarla en su ordenamiento jurídico desde la fecha de publicación de la directiva, es decir, el 17 de julio de 2021. Sin embargo, también da la posibilidad de que aquellos países que “experimenten especiales dificultades para aplicar la presente Directiva podrán disfrutar de una prórroga máxima de un año".

Y esto es precisamente lo que ha hecho Moncloa. Fuentes del Ministerio de Justicia confirmaron a este digital que ya se ha solicitado la prórroga de un año de la transposición europea, lo que amplia el margen del Gobierno hasta julio de 2022 para adaptarse a esta directiva europea y que los autónomos puedan exonerarse de sus deudas con Hacienda y Seguridad Social en caso de ser insolventes.