Y para dar de baja aquellas a las que ya no se dedican

Seguridad Social actualiza el trámite que deben seguir los autónomos para informar sobre su actividad

A partir de ahora, los autónomos podrán informar a la Seguridad Social sobre sus nuevas actividades, así como dar de baja las que ya no realicen, a través de Importass. La Tesorería también ha actualizado el simulador de cuotas.
Seguridad Social actualiza el simulador para calcular la cuota de los autónomos según sus rendimientos netos.
Seguridad Social actualiza el simulador para calcular la cuota de los autónomos según sus rendimientos netos.
Seguridad Social actualiza el trámite que deben seguir los autónomos para informar sobre su actividad

La Seguridad Social ha lanzado tres nuevas actualizaciones en Importass destinadas a los autónomos. A partir de ahora, éstos tendrán acceso a una nueva herramienta para calcular su cuota de manera personalizada, así como a un nuevo sistema para comunicar nuevas actividades o el fin de las mismas de una manera más sencilla que antes. 

Tal y como explicaron desde la Tesorería, las novedades añadidas a Importass para los trabajadores por cuenta propia tienen por objetivo “facilitar a este colectivo todos los trámites con la Seguridad Social”, así como “la transición al nuevo sistema de cotización que ha entrado en vigor en 2023.” 

Con la incorporación de estas tres novedades, la Seguridad Social sigue añadiendo herramientas a su portal Importass, lanzado hace menos de un año para que los autónomos realicen prácticamente todas sus gestiones y trámites con la Tesorería de forma telemática. Para acceder a la plataforma, los trabajadores por cuenta propia deben identificarse mediante SMS, Cl@ve permanente, Cl@ve pin o certificado digital

La Seguridad Social añade un nuevo sistema para comunicar nuevas actividades o la finalización de éstas 

Así, la Tesorería ha incluido dos nuevas tarjetas de acceso en la sección de trabajo autónomo de Importass, a través de las cuales los trabajadores por cuenta propia pueden comunicar nuevas actividades si ya están dados de alta en el RETA; o, por el contrario, comunicar a la Seguridad Social la finalización de alguna de ellas.  

“Este enlace redirige al área personal, desde donde el usuario puede acceder a su ficha de autónomo y podrá comunicar la nueva actividad”, explicaron desde la Seguridad Social. Este nuevo procedimiento cuenta con dos fases que todos los trabajadores por cuenta propia en esta situación deben seguir, con excepción de las actividades agrarias: 

  • El primer paso será la confirmación del domicilio de actividad actual, en los casos en los que el autónomo no tenga asociado domicilio a su actividad principal.  
  • A continuación, bastará con indicar la fecha de inicio de la nueva actividad. Desde la Seguridad Social recordaron que ésta “debe estar dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) correspondiente, debiendo coincidir el día de inicio de actividad en ambas administraciones y debe comunicarse dentro de los tres días siguientes a su inicio.” 

De la misma manera ocurre en el caso de que los autónomos deban comunicar el fin de alguna de sus actividades. A partir de ahora, Importass cuenta con una tarjeta de acceso directo al trámite “Comunicar fin de alguna de tus actividades”, que redirige al área personal del autónomo para poder realizar la gestión.

A partir de ahora, los autónomos pueden simular su cuota de manera personalizada a través de Importass 

En paralelo, la Seguridad Social ha lanzado una nueva herramienta que permitirá a los autónomos calcular la cuota que deben abonar al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en función de sus ingresos reales de forma personalizada. Se trata de una cuestión novedosa ya que, hasta ahora, la calculadora disponible no tenía en cuenta determinados datos de los trabajadores por cuenta propia.  

Así, el nuevo simulador tendrá en cuenta, además de los rendimientos netos estimados, las cotizaciones que los autónomos ya han abonado al RETA durante 2023, así como su última cuota. “De esta forma, los trabajadores por cuenta propia evitarán que al finalizar el año tengan que regularizar su situación y proceder a devoluciones y reclamaciones”, afirmaron desde la Seguridad Social.  

Para acceder al simulador, basta con identificarse en Importass y pulsar el enlace “Revisa tu cuota”. A partir de aquí, debe seguir una serie de pasos para calcular la cuota según sus rendimientos netos que debería estar abonando al RETA para no tener que regularizar su situación a final de año:  

  • Rendimientos netos estimados: el primer paso consiste en indicar en el simulador los rendimientos netos mensuales que espera obtener. “Para ello, elegirá entre uno de los 15 tramos de rendimientos netos mensuales establecidos”, explicaron desde la Tesorería. 
  • Cuota y base de cotización: una vez indicados los rendimientos, el simulador mostrará la cuota y base de cotización ajustada “que debería tener el autónomo desde la siguiente fecha de efectos del cambio de base hasta final de año para no tener que regularizar”, explicaron. 

¿Qué gestiones pueden realizar los autónomos a través de Importass? 

Dentro de su sección dedicada a los autónomos, Importass permite a éstos la gestión de prácticamente todos los trámites que deben realizar en durante su actividad con la Seguridad Social. Además de las tres novedades, los trabajadores por cuenta propia podrán:

  • Gestionar su baja y su alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). 
  • Modificar su base de cotización en función de sus rendimientos netos, tras el cambio de sistema que entró en vigor el 1 de enero. Este trámite podrá realizarse cada dos meses, con el objetivo de adaptar más fielmente el pago de sus cuotas a sus ingresos reales. 
  • Modificar sus datos como trabajador autónomo. 
  • Obtener un informe de vida laboral. 
  • Renunciar a la Tarifa Plana, en el caso de los nuevos autónomos. 
  • Adjuntar documentación complementaria del alta. 
  • Consultar los recibos de las cuotas aportadas al RETA. 
  • Obtener copia de los documentos de alta, baja o modificaciones que haya realizado en el RETA. 
  • Obtener un informe de los datos de cotización como trabajador por cuenta propia. 
  • Acreditar una actividad agraria por cuenta propia, en el caso de los autónomos agricultores o ganaderos.